viernes, 30 de marzo de 2012

Orígenes del Federalismo Argentino

Otto Klappenbach

REPRODUCCION DE LA CLASE SOBRE LOS ORÍGENES DEL FEDERALISMO ARGENTINO DICTADA EL MARTES 7 DE FEBRERO EN LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOMAS DE ZAMORA POR EL DR. FERNANDO KLAPPENBACH INVITADO POR LA CÁTEDRA DE DERECHO PÚBLICO PROVINCIAL DEL DR. JORGE VILLAVERDE
En primer lugar quiero agradecer al Dr. Jorge Villaverde el haberme dado la oportunidad de volver, después de muchos años, a dar una clase antes futuros colegas en una universidad pública. Yo doy clase pero en la facultad de ciencias políticas y relaciones internacionales de la Universidad Católica de La Plata.Hace varios años que el Dr. Villaverde me integró a esta cátedra, pero esta es la primera oportunidad de dar una clase en Lomas de Zamora.
El tema es los orígenes del federalismo en la Argentina y la formación de las provincias signatarias de la Constitución Nacional de 1853/ 60; o, como verán, también puede titularse ¡ VIVA LA PEPA!
Don Juan Díaz de Solís partió de San Lúcar el 8 de octubre de 1515 en tres pequeñas naves.
Quizá para medir las longitudes, el 20 de enero de 1516, costeó la orilla oriental del Río de la Plata y entró al estuario que denominó “mar dulce”.
Al decir de Ernesto Palacios “A Juan Díaz de Solís le tocó la gloria (y la desventura) del descubrimiento” de nuestro litoral. Al ver Solís en la orilla oriental un puerto adecuado que parecía señalado por un promontorio, bajaron y tomaron posesión plantando una cruz, y al tañer de las trompetas lo bautizaron Puerto de la Candelaria. Era el sitio que años después sería fundado Montevideo. Volvieron a embarcar y fondearon en una isla par dar sepultura al despensero Marín García que acababa de morir. Al seguir navegando observaron “gente que con mucha atención estaba mirando pasar el navío, y con señas ofrecía lo que tenía poniéndolo en el suelo”. Al ver estas demostraciones de amistad, Solís bajó a tierra, acompañado de algunos tripulantes. Los indios, presuntamente guaraníes, lo mataron y despezaron los cadáveres y se los comieron en la idea que se apropiaban de sus propias fuerzas e inteligencia. La tripulación desde los barcos vio la escena y espantados resolvieron el regreso.
La fama de lo que entonces se conocía como tierras del Río de la Plata no era por cierto para tentar la nadie. La tragedia de su descubridor, la geografía desolada, los indios hostiles. Hacia otros rumbos volaba la ilusión hispánica: Nueva España, conquistada por Cortés. El Perú dominado por Pizarro.
El territorio que actualmente comprende la República Argentina se fue descubriendo y poblando al impulso de dos espejismos: La Leyenda del Rey Blanco y la Ciudad de los Césares:
La leyenda del Rey Blanco:
Era una transposición austral de la leyenda del Dorado, en la cual el monarca legendario estaría revestido de oro. Según José M. Rosa ambas parecen originadas en los Incas. La sierra o montaña de plata era el cerro plata de Potosí descubierto estando ya los españoles en posesión del alto Perú. Es de destacar que los indígenas americanos no sabían trabajar la plata.
La leyenda de “la ciudad de los césares”
En 1526, de vuelta por el río Paraná después de buscar infructuosamente al Rey Blanco, Sebastián Gaboto, envió en tarea de reconocimiento al capitán Francisco César. Éste, presumiblemente, se internó en el actual territorio de Córdoba. Conocieron indios pacíficos, presumiblemente diaguitas, y tuvieron por ellos noticias de un fabuloso imperio lleno de tesoros en un lugar no determinado de la cordillera, cuyo monarca se vestía de plata y oro.
El viaje de Francisco César fue magnificado y deformado por la tradición y daría lugar a la leyenda de ciudad de los Césares, según la cual el capitán había llegado a un lugar de riquezas donde nadie moría, sin querer regresar más con los españoles.
De las catorce ciudades argentinas que constituyeron las catorce provincias que fundaron la República Argentina, la más antigua, Santiago del Estero, se fundó en1552, y en 1593, la más joven: Jujuy. En el medio se fundó, en 1580, Buenos Aires. Es decir que en cuarenta años se establecieron las cabeceras de las futuras provincias nacionales.
Sarmiento decía, con razón, que las ciudades argentinas fueron arbitrariamente establecidas. Lo fueron por la irracionalidad de las leyendas que impulsaron a sus fundadores.
Muchos autores opinan que Mendoza buscaba la ciudad del Rey Blanco. José María Rosa conjetura que el motivo principal que llevó al primer adelantado don Pedro de Mendoza a América no fue el enriquecerse, ya que era un hombre muy acaudalado, sino buscar el guayacán o “palo santo” cuya resina Frascator en su libro Syphilo sostenía curaba la sífilis que padecía el adelantado.
Alrededor de 1200 expedicionarios embarcan en once navíos el 24 de agosto de 1535 en San Lúcar de Barrameda. Nunca había salido para América una expedición más numerosa.
Aproximadamente el 2 de febrero del año siguiente funda a “las orillas del riachuelo de los Navíos e real de Santa María del Buen Aire”.
José María Rosa sostiene que Mendoza no fundó una ciudad pues no tenía atribuciones para ello, atribuyendo ese mérito a Juan de Garay que cuarenta años más tarde fundaría la ciudad de “La Santísima Trinidad”, en el mismo lugar elegido por Mendoza para erigir su poblamiento.
Mendoza sintiéndose sin ánimos y próximo a la muerte, decidió volver a España. Le deja las últimas instrucciones a Ayolas: “cualquier novedad o alguna perla o joya si hubiéredes habido para mí que ya sabéis que no tengo nada que comer en España si no es hacienda que tengo que vender”. Falleció en alta mar.
El grueso de la expedición que permaneció en Buenos Aires se trasladó a Asunción convertida en la cabecera del adelantazgo.
Al abandonar los españoles el real de Buenos Aires el ganado que había traído Mendoza se dispersó por la pampa. Ocurrió entonces un hecho sorprendente: el ganado encontró en nuestras tierras un hábitat mejor que el originario europeo. Se multiplicó con rapidez y mejoró su calidad. A cabo de cincuenta años, la pampa era rica en ganado principalmente vacuno y caballar. La ganadería tendrá una gran gravitación en la historia argentina en general y en nuestra provincia en particular.
A mediados del siglo XVII, con epicentro en Inglaterra, comienza en Europa la Revolución Industrial. Surge el genio militar de Napoleón que moverá ejércitos multitudinarios. Todo este proceso tenía un material maleable único: el cuero. De cuero eran las poleas que movían las máquinas, los uniformes de los soldados, los entramados de las jarcias, crucetas aparejos y cabos de los veleros y de los carruajes. Europa carecía de cantidad suficiente de ganado para abastecer la demanda de cueros. Las potencias miraron codiciosas las lejanas llanuras del Río de la Plata repletas de ganado bagual. Particularmente Portugal que necesitaba de las llanuras meridionales rioplatense para criar ganado.
Carlos III se convirtió en el ejemplo del llamado "despotismo ilustrado" en la España del siglo XVIII. El lema que algunas veces se aplica a su gobierno: "Todo para el pueblo, nada por el pueblo".Sobresalían en su gabinete Roda ministro de Justicia; Floridablanca: procurador del Consejo de Castilla y luego ministro de Relaciones Exteriores; Aranda, presidente del Consejo de Castilla Campomanes, procurador del Consejo de Castilla, Gálvez, ministro de Indias.
Impulsados por un afán de innovaciones que como dice Zorraquín Becú "es propio de los que creen en el poder decisivo de las leyes" implantaron en España, pero fundamentalmente en América, el sistema intendencial que en Francia haba dado excelentes resultados en la lucha secular que trataba de afianzar en las provincias el poder del Monarca.
Los dos aspectos fundamentales de la reforma colonial española bajo Carlos III fueron: el económico, que se manifestó en las reglamentaciones para un comercio más liberal y el estratégico que se tradujo en varias medidas defensivas. La creación del Virreinato del Río de La Plata se adscribe a estas últimas razones. La Real Pragmática del Libre Comercio en la primera.
El enorme flanco de toda la América hispana, virtualmente indefenso en ausencia de un poderío naval español, era una tentación constante para cualquier rival que tuviera intención de atacarlo.
Estaba comprobado que el Río de la Plata era "el verdadero y único antemural de esta América a cuyo fomento se ha de orientar todo el empeño" por ser "el único punto donde subsistir o por donde deber perderse la América meridional", como Cevallos, que le tocó la misión de expulsar a los portugueses de nuestros territorios, lo había señalado a Gálvez en noviembre de 1777.
El 28 de enero de 1782 Carlos III promulga la Real Ordenanza para el Establecimiento e Instrucción de Intendentes de Ejército y Provincia en el Virreinato del Buenos Aires.
Consciente el gabinete ilustrado de que la defensa militar dependía de una economía sana le dio al nuevo virreinato una protección económica que ninguna colonia hispanoamericana recibió jamás.
El nuevo virreinato era el más extenso de todos los dominios españoles en América. Estaba articulado sobre la cuenca fluvial del Río de la Plata, una de las mayores del mundo. Tenía casi todos los climas, desde el subtropical al antártico. Se dio salida a los dos océanos. El cerro de plata de Potosí, la mayor riqueza española, fue separado del Perú para dárselo al rioplatense. Aquí está mi hermano, con quien hace dos años visitamos Potosí. Le siguen extrayendo plata. Nos dijeron que quizá no lo volvamos a ver al cerro pues en cualquier momento se desploma pues está casi vaciado por dentro.
Se le adjudicaron al nuevo virreinato dos universidades: Charcas y Córdoba y dos audiencias: Charcas y Buenos Aires.
En definitiva el Virreinato quedó organizado de la siguiente manera:
Intendencias:
Intendencia de Buenos Aires. Regida por un "Superintendente General" (asumió este cargo el .virrey en 1788). Comprendía las .actuales provincias (entonces municipios)de Buenos Aires, Santa Fe, Entre Ríos, Corrien¬tes, Misiones y, nominalmente, la Patagonia y la Pampa. Intendencia de Paraguay. Actual República del mismo nombre. Cabecera en Asunción.
Intendencia de Córdoba del Tucumán. Las actuales provincias (entonces ciudades) de Córdoba, La Rioja, Mendoza, San Juan y San Luis. Cabecera en Córdoba.
Intendencia de Salta del Tucumán: municipios de Salta, San Miguel, Santiago del Estero, Jüjuy y Catamarca. Capital: Salta.
Intendencia de La Paz, con la provincia del mismo nombre. Ca¬pital: La Paz.
Intendencia de Charcas, que abarcába su arquidiócesis, menos la villa de Potosí, que formaba otra Intendencia. Capital: Chuquisaca.
Intendencia de Potosí: comprendía los distritos de Potosí, Cha- yanta, Tarija (discutida con Salta), la puna de Atacama y zona de Antofagasta en el Pacífico. Capital: Potosí.
Intendencia de Cochabamba. Provincias de Cochabamba, Santa Cruz de la Sierra. Capital: Oropesa (más cono¬cida por Cochabamba).
Intendencia de Puno con los distritos de este nombre al norte del lago Titicaca. Capital: Puno. Al crearse en .1787 la Audiencia de Cuzco, se le dio jurisdicción sobre estos distritos que se encontraron en la curiosa situación de depender en lo político de Buenos Aires y en lo judicial de una Audiencia del virreinato de Lima. En 1796 se resolvió incorporarla definitivamente al virreinato de Lima.
Y cuatro gobernaciones militares: Montevideo, Misiones, Moxos y Chiquitos., anexas a las intendencias vecinas.



El constitucionalismo moderno se inicia, en mi opinión con la sanción de la Real Ordenanza de Intendentes para el Río de la Plata.
Se adelantaba en cinco años a la constitución de los Estados Unidos del 17 de septiembre de 1787.
Si bien la norteamericana es de carácter republicano con división de poderes, no por ello le resta la primacía a la firmada en el Pardo de carácter monárquico
Como bien señala María Laura San Martino de Dromi la Real Ordenanza de Intendentes para el Río de la Plata. contiene un preámbulo que explica las razones que determina al Rey su consagración. Sus doscientos setenta y seis artículos consagran derechos y garantías características del proceso político institucional del Estado de Derecho contemporáneo.
En efecto señalo, a modo de ejemplo, el artículo 16 establece la igualdad ante la ley. La libertad de comercio en el art. 63. El derecho a ejercer toda industria lícita. Transitar libremente en el art. 63. El derecho a peticionar ante las autoridades está establecido en el art. 111. La garantía del Juez natural, el del debido proceso y la doble instancia está ampliamente resguardado a lo largo de la normativa intendencial. Como, así mismo, la inamovilidad de los jueces y la independencia jurisdiccional de los mismos en el art. 13.
La exigencia de la idoneidad en el cargo público está prescripta en el art.12. El derecho a la propiedad y la expropiación con justo precio (arts.64, 235, 238, 239 y 242). La protección contra el abuso judicial está consagrada en el artículo 17 y contra el impuesto confiscatorio en el art. 107.La igualdad tributaria está establecida en el art. 120.La previsión social está prevista en el art. 181.
Dos grandes batallas tuvieron lugar en el año 1805 que signaron el destino de Europa por largo tiempo: la de Trafalgar, el 21 de octubre de 1805, donde Nelson venció a la escuadra combinada franco- española, quedando Inglaterra dueña del mar y la de Austerlitz, el 2 de diciembre del mismo año, en que Napoleón venció a los austriacos y rusos, quedando el continente a merced de Francia, esfumándose la posibilidad de una alianza anglo-rusa.
Consecuencia de estos combates Napoleón dictó los edictos de Berlín y Milán prohibiendo a sus aliados continentales introducir en sus territorios mercaderías y bienes provenientes de Gran Bretaña. Los ingleses contestaron con el bloqueo de mapa: cualquier barco con bandera de países aliados de Francia podía ser incautado y destruido.
Portugal era aliada de Londres por lo cual Napoleón, sin posibilidad de atacarla por mar, solicitó permiso al rey español Carlos IV para atravesar con sus tropas la península rumbo a Portugal. El tratado de autorización lo firmó en Fontanebleau el favorito del Rey Godoy.
El 29 de noviembre de 1807, el príncipe regente y futuro rey Juan VI de Portugal, don Juan de Braganza, y la familia real acompañados de unos 15.000 integrantes de la nobleza, parten apresuradamente, en naves inglesas, rumbo al Brasil huyendo de las avanzadas napoleónicas que, al día siguiente, entrarán a Lisboa.
El cruce de España le permitieron a los franceses ocupar militarmente la misma estableciéndose en lugares estratégicos. Humillada por la ocupación francesa los oficiales y nobles de España lo obligaron a Carlos IV a abdicar a favor de su hijo mayor Fernando que pasó a ser Fernando VII.
Bajo pretexto de reconciliar a Fernando con su padre, Napoleón los reunió en la ciudad francesa de Bayona. Allí obligaron a Fernando a devolver sus derechos a la corona de España a Carlos IV quien ya los había cedido a Napoleón que, a su vez, los transmite a su hermano que es consagrado como José I Bonaparte rey de España. Fernando quedó cautivo de los franceses. Se consolidaba, de esta forma, políticamente la dominación militar de Napoleón en la península ibérica.
El 2 de mayo de 1808 el pueblo de Madrid estalló en una inmensa revolución en contra de la dominación francesa y este día es considerado por Carr como “eje simbólico del nacionalismo revolucionario”. Es el símbolo de la reacción popular contra la política de apaciguamiento seguida por las autoridades del Antiguo Régimen, frente aun pueblo ansioso de guerrear.
Después de los madrileños fueron los asturianos los que manifestaron la indignación antinapoleónica.
La reunión ordinaria trienal de la Junta General de Asturias se había reunido a principios de mayo de 1808 y sus cargos renovados. Estaban por ello presentes en Oviedo todos los diputados que la componía cuando el procurador general presentó a Toubes, en funciones entonces de regente-gobernador una solicitud de convocatoria extraordinaria al conocerse los hechos de Bayona.
La tarde 9 de mayo se reunió la Junta General del Principado. Y ante la gravedad de las circunstancias se amplió la convocatoria a gremios, claustro universitario, cabildo, miembros del clero y del gobierno.
Objetaron los militares asistentes las consecuencias desastrosas que para el Principado podría acarrear el inicio de una guerra contra los ejércitos de Napoleón, dado el desequilibrio de fuerzas, lo que hizo dudar a algunos de los reunidos. Entonces surgió la figura del marqués de Santa Cruz de Marcenado, cuya intervención fue decisiva.
Al día siguiente se vuelve a reunir la Junta que resolvió aceptar el plan de poner un ejército de veinte mil hombres al mando del marqués Santa Cruz.
Las autoridades del Principado, fieles al Gobierno de Madrid y funcional a los franceses, se decidieron a obstaculizar el desarrollo de lo que iba tomando el carácter inequívoco de una rebelión, concertaron toda su fuerza sobre al asamblea y el día 13 de mayo, amenazando, con la presencia de las fuerzas francesas y con la represión de los agitadores, consiguieron dividir la junta y la Audiencia ordenó la confiscación de las armas ya entregadas, el cierre de la Universidad, y la suspensión de las sesiones de la Junta.
Al anochecer del día 24 de mayo, un ejército popular asaltó en Oviedo la Fábrica de Armas y el domicilio del general Juan Crisóstomo de La Llave, designado por Madrid para restablecer el orden en el Principado, y lo obligaron convocar una nueva Junta. Los nombres de cuyos miembros se contenía en una Nota de las demandas expresivas de la voluntad del pueblo de esta capital. Esta nómina incluía solo aquellos que se habían resistido la presión de la Audiencia.
Como se ha dicho “El abismo abierto entre la Real Audiencia y la Junta ilustra el perfil subversivo inicial de aquellos sucesos que quebrantarán de modo inexorable las instituciones del Antiguo Régimen”
Desde el momento que la Junta General del Principado negó obediencia a quien desempeñaba la autoridad del regente-gobernador, constituyéndose de hecho en una asamblea popular- capaz de dirigir las primeras operaciones de separación frente a los poderes de la Corte y expresar su voluntad de incorporar a la insurrección los territorios limítrofes, quedó libre el camino para una nueva formulación de orden político. El primer paso para esta senda se produce precisamente en las últimas horas del día 24. El pueblo recobra un papel que había perdido e impone las autoridades que le merecen confianza.
La Suprema Junta de Gobierno de Asturias" que ser organizó en 1808 sobre la base de la "Junta general de Asturias" que aún existía al decir del Conde de Toreno "como una reliquia dichosamente preservada del casi universal naufragio de nuestros antiguos fueros" fue el modelo político institucional que fueron imitando las distintos reinos de España y América para dirigir la lucha por la independencia de los franceses.
Como ha señalado Don Miguel Artola, la nueva Junta:
"al atribuirse al soberanía y declarar la guerra a Napoleón se constituía a si misma por mucha que fuese su fidelidad dinástica, en poder revolucionario, cuyas atribuciones se referían a una nueva legitimidad; la producida por la elección popular".

Dice Héctor Tanzi:
“El sistema juntista de gobierno había advertido a los pueblos de América, de la posibilidad y oportunidad de darse un gobierno propio”.

En las primeras horas del día 25 de mayo se celebró en el Salón Regencia la reunión de las personas convocadas de acuerdo con la relación que incluía la nota
Se declaraba la voluntad de los pueblos del Principado de sacrificar sus vidas en aras de la religión, la patria y el rey, y exigía a sus presentantes, por juramento, la declaración solemne de guerra a los franceses, a tiempo que establecía los medios para llevar a ésta adelante. Entre ellos, destacaban la creación de una suprema Junta de Gobierno con todos los atributos del poder soberano, que ejercía en nombre de Fernando VII, "mientras no fuese restituido al trono"; el envío a Londres para conseguir una alianza contra el emperador, la creación de un ejercito popular, financiado con las aportaciones de los ciudadanos más ricos; y el compromiso de convencer a las restantes provincias, para que se sumaran a la rebelión. Cuando hubo de procederse a la toma de juramento de los presentes, el general La Llave resignó el mando, con lo que la Junta allí constituía se convirtió automáticamente en la autoridad suprema el territorio del Principado y en la primera que, en el marco de la crisis de 1808, tomaba su legitimidad del pronunciamiento popular y, con ella, el poder.

La importancia de este hecho en la historia general de España es indudable. Por primera vez los cauces de designación de las autoridades cambian de signo y escogen la vida democrática de la elección, mecanismo innovador de la selección de los magistrados del país que rompe de modo decisivo el sistema tradicional. Estamos ante un poder cuya afirmación se produce sobre las cenizas de los autoritarios pilares del antiguo Régimen, que se asigna a sí mismo la titularidad de la soberanía, y encierra la raíz de aquella suerte especial de "gobierno federativo" donde situaba el conde de Toreno la inexpugnabilidad de la revolución española de 1808. Buena prueba de todo ellos son: 1) el nombramiento de general en jefe del ejército asturiano, recaído en el persona del marqués de San Cruz de Marcenado, a quien el pueblo había entregado días antes el mandado; 2) ese temprano empuje, al que ya hemos aludido, hacia una acción militar común a los territorios limítrofes de Santader, León y Galicia, que seguirán los pasos rebeldes asturianos: 3) el inmediato cumplimiento del mandato de situar una delegación en la corte del rey de Inglaterra, integrada por el entonces vizconde de Matarrosa, José María Queipo de Llano, el catedrático Andrés Ángel de la Vega Infanzón y el profesor sustituto de la Facultad de Derecho Fernando Álvarez de Miranda, en funciones de secretario, con el propósito de conseguir una alianza para hacer frente a la guerra; 4) y, sobre todo, la forma de ejercer el poder por la Junta Suprema, en los días siguientes, donde la dinámica política y el concurso ideológico de Flérez Estrada impulsaron a sus miembros a un radicalismo reformista que fue imponiendo sus condiciones a medida que se desarrollaban los acontecimientos.
Una de las primeras medidas tomadas, a instancia de Flérez Estrada, en la temprana fecha del 27 de mayo, fue el establecimiento de la libertad de expresión y petición.
La extraordinaria significación revolucionaria de las juntas populares en España tuvo en el gabinete inglés una gran preocupación en cuanto a la aceptación de las mismas.
Jorge Canning. Ministro de Relaciones Exteriores, percibe que la lucha efectiva contra Napoleón la mantienen las juntas populares españolas. Que la intromisión de las casas borbónicas complicaría la guerra en disputas que podían llevar al fracaso de la misma. Si como están las cosas van bien, para que cambiar. Es posible que su condición plebeya lo ayude a un pragmatismo que considera necesario. Por el contrario el ministro de guerra Lord Castlereagh, perteneciente a la nobleza, tiene una instintiva desconfianza a los “presidentes periódicos elegidos popularmente”. El primer ministro inglés el duque de Portland le da la razón a Cannig. Le preocupaba menos la suerte de la nobleza española que vencer a Napoleón, el enemigo de Inglaterra. Debe renunciar Castlereagh y, despechado, reta a Canning a un duelo, donde éste último sale gravemente herido.
El proceso liberal y democrático que se inicia en Oviedo el 25 de mayo de 1808 va a culminar con la sanción de la primera constitución liberal de España sancionada en Cádiz el 19 de marzo de 1812, día de San José. A esto último se debe que popularmente se la llamó “La Pepa”. En 1815 Fernando VII en su trasnochada decisión de volver al absolutismo, derogó “La Pepa” y mató a la mayoría de quienes la sancionaron. Ahogó en un mar de sangre la resistencia de los españoles al despotismo borbónico.
“La Pepa” tuvo influencia en toda la legislación argentina y americana. Entre nosotros influenció en el dictado del reglamento de libertad de imprenta del Primer Triunvirato. También en las disposiciones adoptadas en la Soberana Asamblea del Año XIII, particularmente al abolición de los títulos de nobleza, de la Inquisición, y de los tormentos. Fue la fuente del proyecto constitucional presentado a la Soberana Asamblea por la Sociedad Patriótica. Este proyecto fue fuentes de los reglamentos de 1815 y 1817. Estos reglamentos fueron inspiración de las constituciones de 1819 y 1826. Y éstas últimas gravitaron, conjuntamente con la de Filadelfia, en la Constitución Nacional 1853-1860. Es decir que nuestra constitución guarda influencias de “La Pepa”.
Quiero hacer un recuerdo a uno de los constitucionalistas más importantes de nuestro país recientemente desaparecido, el Dr. José Luis Lazarini, quien además fue un gran amigo y asesor del Dr. Villaverde en los muchos períodos legislativos que le tocó desempeñar. Lazarini sostenía que la primera Constitución Argentina era la de 1853 con las reforma de 1860.
El próximo 19 de mayo se reunirá en Cádiz la cumbre iberoamericana. Los primeros mandatarios de Latinoamérica conjuntamente con el gobierno de España y el Rey Juan Carlos rendirán el merecido homenaje a “La Pepa” al cumplirse el bicentenario de su consagración.
Quizá se vuelva a escuchar el eco del grito libertario que atravesó a España en 1815 en las gargantas del pueblo que luchaba por sus derechos originales: ¡ VIVA LA PEPA!
Quiero volver a Asturias para recalcar la importancia que tiene que el modelo institucional que lideraría el proceso democrático y liberal en España y democrático, liberal y autonómico en América, es decir, las Juntas Populares, fue originado en base a la Junta General del Principado cuyo origen provenía del medioevo español, rico en libertades forales.
El Dr. Villaverde, con razón, les estuvo hablando de los orígenes del Habeas Corpus en los fueros del Aragón medieval.
Las noticias traídas de España a Montevideo y Buenos Aires, por navíos Ingleses, a mediados de mayo de 1810, daban cuenta que los franceses se habían apoderado de la ciudad de Sevilla y la consecuente caída de la Junta Central allí erigida, que gobernaba los dominios de España en nombre del rey Fernando VII cautivo de Napoleón. Ello significaba la inexistencia de autoridad alguna en la península.
Estas circunstancias y ante la falta de apoyo militar obligó al Virrey Cisneros a aceptar la convocatoria a un cabildo abierto para considerar la situación producida por la acefalía del poder central.
En el debate del cabildo abierto del 22 de mayo de 1810 el fiscal de la Audiencia Dr. Villota sostuvo que:

“aceptando hipotéticamente el punto de partida de que perdida la España la soberanía del monarca retrovertía a los pueblos de hecho o de derecho... no podía ejercerse por una sola provincia sino por todas las provincias representadas por sus diputados reunidos en congreso,

El Dr. Passo respondió la sólida argumentación del fiscal español y según Mitre:
“Presentó a Buenos Aires como una hermana mayor que en una grave emergencia de familia asume la gestión de sus negocios, con el propósito de ser útil a sus administrados cuyos intereses por lo mismo que son comunes son solidarios, y deben ser mejor consultados por los hijos de un común origen, sin perjuicio de consultar a todos oportunamente...lo que equivalía a proclamar el derecho supremo del revolución en nombre de la necesidad o de la conveniencia, o sea de hecho. Esta fue la fórmula política de la revolución de Mayo”.


El Dr. Mariano Moreno en su artículo de la gaceta Sobre La Misión Del Congreso , expresó con claridad la hermenéutica de la Revolución:
"La disolución de la Junta Central...restituyó a los pueblos la plenitud de los poderes que nadie sino ellos podían ejercer desde que el cautiverio del Rey dejó acéfalo el Reino y sueltos los vínculos que lo constituían centro y cabeza del cuerpo social...Buenos Aires no debió erigir por si sola una autoridad, extensiva a pueblos que no habían concurrido con su sufragio a su instalación. El inminente peligro de la demora y la urgencia con que la naturaleza excita a los hombres a ejecutar cada uno por su parte lo que debe ser obra simultánea de todos, legitimaron la formación de un gobierno que ejerciese los derechos que improvisadamente habían devuelto al pueblo, y que era preciso depositar prontamente para precaverse los horrores de la confusión y la anarquía; pero este pueblo, siempre grande, siempre generoso, siempre justo en sus resoluciones, no quiso usurpar a las más pequeña aldea la parte que debía tener en la erección del nuevo gobierno; no se prevaleció del ascendiente que las relaciones de la capital proporcionan sobre las provincias; estableciendo la Junta, le impuso la calidad de provisoria, limitando su duración hasta la celebración del Congreso, y encomendando a éste la instalación de un gobierno firme, para que fuere obra de todos lo que tocaba a todos igualmente.".


Artigas, quien fue el primero en levantar las banderas del federalismo en el Río de la Plata, expresaba con claridad que “la soberanía particular de los pueblos, será precisamente declarada y ostentada como objeto único de nuestra Revolución”.
El 25 de Mayo de 1810, es decir el inicio de la insurrección hispanoamericana, es el aporte histórico más universal producido por los argentinos. La Revolución de Mayo nació bajo el signo de las autonomías regionales.
Juan Manuel de Rosas calificó, con agudeza, esa fecha como “El día de la Soberanía Popular".
Antes de la Junta de Mayo se habían constituido gobiernos autónomos en otras regiones. El 10 de agosto de 1809 hubo Junta de gobierno en Ecuador y el 19 de abril de 1810 se constituyó otra en Caracas. Pero todos esos movimientos emancipadores fueron sofocados.
El proceso insurreccional que se inicia en mayo de 1810 en Buenos Aires, no sólo marca un proceso irreversible en Sudamérica, sino que se irradió a lo largo del continente llevando las banderas revolucionarias argentinas en la gesta sanmartiniana.
La importancia de recalcar el origen medieval de las juntas populares se debe a que contribuye a aclarar las fuentes ideológicas de la Revolución de Mayo.
Para algunos autores como el Dr.Enrique Ruiz Guiñazú:
“La Revolución nació de un personal encuentro entre el dominio bélico de Napoleón en España cuya gravedad no es posible cercenar y un estado de conciencia cívica de madurez alcanzada tras un largo proceso hispanoamericano, rematado emotivamente por la doctrina de Rousseau e ideas y hechos de la revoluciones francesa y norteamericana con su imprevisible complejidad”.

Para el Dr. Ricardo Levene:

"La Revolución de 1810 está enraizada en su propio pasado y se nutre en fuente ideológicas hispanas e indianas. Se ha formado durante la dominación española y bajo su influencia, aunque va contra ella, y sólo periféricamente tiene resonancia los hechos y las ideas del mundo exterior a España e Hispano América, que constituía un orbe propio. Sería absurdo filosóficamente concebir la Revolución de Mayo como un acto de imitación simiesca, como un epifenómeno de la Revolución francesa o de la Revolución Norteamérica. El sólo hecho de su extensión y perduración en veinte Estados libres es prueba de las causas lejanas y vernáculas que movieron a los pueblos de América a abrazar con fé la emancipación" .

Como fue el sacerdote jesuita y filósofo neotomista español Francisco Suárez quien había enseñado a generaciones de españoles y americanos que la soberanía provenía de Dios y llegaba a la autoridad por intermedio del pueblo. Como, así mismo, volvía al pueblo, entre otras razones, por acefalía o tiranía, el padre jesuita Guillermo Furlong, en defensa del Doctor Eximio de la Compañía de Jesús sostiene que:
“Francisco Suárez fue el filósofo de la Revolución de Mayo, queremos expresar que fué él, y no otro, que dio a los hombres de 1810 la fórmula filosófica-jurídica con la que habrían de abrir, y en efecto abrieron, fácil brecha en el vetusto torreón del coloniaje; fue él, y no otro, quien extendió ante los próceres de 1810 el substráctum ideológico, razonado y firme, sobre el que habrían de levantar, y en efecto levantaron, una nueva estructuración; fórmula que hizo fácil, substractum que hizo seguro razonable, legítimo y noble, el que el viejo Virreinato del Río de la Plata diera por finalizada su subordinación a los reyes de España y se constituyera en nación soberana e independiente. "

Halperín Donghi sostiene que tanto la tradición española como el iluminismo tuvieron influencia, de manera distintas aunque encontradas, en la Revolución de Mayo:


“La presencia de elementos ideológicos tradicionales es entonces innegable en la Argentina que comienza su aventura revolucionaria, así como en todo el mundo hispánico atravesado por la crisis de que nuestra revolución es parte. Pero ese legado tradicional no debe interpretarse como un hilo nunca interrumpido que atraviesa a la entera historia de España, desde la Castilla medieval hasta la disolución de la unidad moderna. Por el contrario, se trata de una tradición que acaba de ser redescubierta... el redescubrimiento implica a la vez un repensamiento; examinada a la luz de los principios del naciente liberalismo constitucional y moderado, esa tradición -la más antigua, la más genuina y nacional de todas, termina por identificarse con las enseñanzas propuestas por un movimiento de honda renovación ideológica que avanza en la entera Europa.”

Es decir que en subconsciente colectivo español anidaba los viejas libertades forales, adormecidas por el absolutismo de los Austrias y Borbones, pero que Rousseau, Montequieu, Diderot, Volney, Raynal, etc despertaron.
El ejemplo de la Junta General del Principado de Asturias podría ser una sugerente prueba de lo sostenido por Halperín Donghi.
Alejado Moreno de la Junta en diciembre de 1810 cuando se incorporan a la Junta los representantes del interior constituyendo la conocida como Junta Grande, el proceso revolucionario transita un período de letargo. El centralismo porteño, liderado por Bernardino Rivadia, aprovecha las debilidades del nuevo organismo y lo disuelve constituyendo el Primer Triunvirato que expulsa de Buenos Aires a los representantes del interior.
El 9 de marzo de 1812 llegaba de Londres a Buenos Aires en la fragata inglesa George Canning, el teniente coronel de caballería José de San Martín, el capitán de infantería Francisco Vera, el alférez de navío José Zapiola, el capitán de milicias Francisco Chilavert, el alférez de carabineros Carlos de Alvear, el subteniente de infantería Antonio Arellano y el primer teniente de guardias valonas barón de Holmberg.
A los cinco días de su llegada el gobierno le encargó a San Martín encomendándole la creación del denominado regimiento de Granaderos a Caballos.
Dice José María Rosa:
Mientras disciplinaba a los granaderos e instruía a los cadetes, San Martín, Alvear y sus compañeros de viaje crearon la Logia Lau¬taro, entidad secreta a semejanza de la de Londres con el propósito de ejercer una influencia decisiva en los medios militares y políticos.

Desde su constitución, entre mayo y junio de 1812, hasta la batalla de Cepeda, el 1º de febrero de 1820, La Logia Lautaro condujo el proceso revolucionario iniciado en mayo de 1810.
Sus ideas centralizadoras y monárquicas fueron opuestas al credo de Mayo: liberal, republicano y federal. Las políticas nacidas en este ideario iniciaron las guerras civiles en nuestro país.
Con todas sus contradicciones, fue el gobierno que originó la escuadra naval que al mando de Brown logró la recuperación de Montevideo y la creación del Ejército de los Andes que al mando del general San Martín proyectó la revolución a medio continente.
A pesar de sus originarias reticencias finalmente consagró en Tucumán, forzada por San Martín, nuestra Independencia.
Cuando el último Director Supremo elegido por la logia, José Rondeau, fue derrotado en la batalla de Cepeda por los caudillos federales López y Ramírez, se dio la paradoja que los dos más importantes miembros fundadores de Lautaro, San Martín y Alvear, estaban implícitamente el primero, explícitamente el segundo, consustanciados con las fuerzas federales.
La logia destituye al Triunvirato rivadaviano en la revolución del 8 de octubre de 1812 y designa al conocido como Segundo Triunvirato, quien convoca a la denominada Soberana Asamblea del Año XIII.
En la sesión del miércoles 9 de junio la Asamblea toma la determinación de rechazar los diputados de la Banda Oriental del Uruguay debido a que sus poderes eran: “absolutamente nulos por incontestables principios”.
Tangencialmente la idea de si la soberanía había retrotraído a los pueblos o a la nación, como consecuencia de la vacancia del poder español en 1810, se plantea al tratar la moción hecha por Carlos María de Alvear:
“Los diputados de las provincias unidas, son diputados de la nacion en general, sin perder por esto la denominación del pueblo á que deben su nombramiento, no pudiendo de ningun modo obrar en comision.”

Desde el primer momento del proceso que conduciría a la independencia, la representación política, correspondiendo a las características corporativas de la sociedad rioplatense y a la dominante función política de la ciudad fue concebida según la figura del mandato imperativo. Esto es el diputado como apoderado del pueblo que lo elegía, portador de sus instrucciones que delimitaba estrictamente su comportamiento al estilo antiguo de la representación de las ciudades en las cortes castellanas.
En Artigas vemos su inclinación a la figura jurídica del mandato imperativo de la representación política
Mientras que los centralistas pretendían imponer un concepto de representación libre, que convertía a los miembros de Congreso constituyente en diputados de la nación, negaban la calidad soberana de los pueblos que los habían elegido.
Artigas convocaba consultaba las grandes decisiones a convocatorias a congresos provinciales o federales integrados por diputados elegidos popularmente semejante a las tradiciones congresos españolas de procuradores de ciudades y villas. (Congreso de la Arena, Tres cruces, de Montiel, de Oriente)
Sostiene Chiaramonte:
“La cuestión de la representación fue, entonces, central a los conflictos políticos de la primera mitad el siglo por cuanto constituía uno de los rasgos definitorios de la posesión o carencia de calidad soberana de los “pueblos”… Con la citada resolución de la Asamblea del año XIII los partidarios de un Estado centralizado, y por tanto enemigos de la unión confederal, querían conferir a la representación política la calidad de emanar de una supuesta nación preexistente que por medio de una asamblea constituyente decidía al respecto de la forma de organizar su existencia mientras para los pueblos afectados, como más tarde para las provincias, tal medida significaba negarles la liberad de pactar, al desaparecer el requisito previo de su consentimiento para ingresar al estado que se quisiera formar”.

El mandato imperativo que el congreso oriental de Las Tres Cruces, en base a las sugerencias de Artigas, dio a sus diputados ante la Soberana Asamblea se conocen como “las instrucciones de Artigas”.
Las versiones sobre las mismas difieren entre dieciocho y veinte directivas. Debían impulsar la independencia de España, constituir una confederación por pacto recíproco. Establecer el sistema republicano, representativo con división de poderes en ejecutivo, legislativo y judicial. La capital de la confederación no podía ser Buenos Aires. Se establecerían trabas legales al despotismo militar y protección arancelaria a la producción nacional que pudiera perjudicarse por la competencia extranjera.
Estas instrucciones, simples, concisas, claras, se esparcieron como reguero de pólvora por nuestro territorio. Cualquier gaucho las entendían. Constituyeron el credo federal rioplatense.
Se ha dicho que el catecismo católico es más importante que la Suma Teológica de Santo Tomás. Bueno, las instrucciones de los diputados orientales a la Asamblea del XIII, o simplemente las instrucciones de Artigas, fueron más importante para el Río de la Plata que el Federalista de Hamilton, Madison y Jay.
La Asamblea del año XIII no sancionó ninguna constitución, pero se estudiaron cinco proyecto constitucionales, tres de carácter centralizador y dos federales.
El eminente constitucionalista uruguayo Alberto Demichelli expresa que:
“Estas dos grandes corrientes políticas - la unitaria y la federal- llegan juntas al Río de la Plata vestidas con el prestigio de las dos revoluciones del siglo XVIII, la de Norteamérica con su federalismo al modo de Montesquieu y la de Francia, con el unitarismo de 1791, a la manera de Rousseau. La primera arraiga al principio en Montevideo, y la otra lo hace en Buenos Aires. Se diseña así sobre el ancho río la cruz de los caminos políticos del mundo, siendo menester operar en ellos con profunda sagacidad y cautela, para evitar posibles confusiones y extravíos. El federalismo llega con la clásica fórmula tripartita en su más rígida aplicación - al modo de 1787-con su Ejecutivo unipersonal o presidencial, su Legislativo doble integrado por las cámaras de senadores y de representantes, y su Poder Judicial independiente y múltiple, disperso en todo el territorio. Este sistema político es de tipo representativo ya que los tres poderes públicos encarnan a idéntico titulo la soberanía del Estado, que cada uno representa con igual derecho en su respectiva función especializada. Dentro de la Federación, el sistema es dual, aplicándose exactamente esas mismas fórmulas orgánicas tanto en el orden del gobierno nacional, que integra la Unión de los Estados, como en el orden del gobierno local o territorial, formado particularmente por cada Provincia o Estado. La división de poderes y la independencia política e igualdad jurídica de éstos son particularmente aptas para el desarrollo del sistema federal- representativo.
El unitarismo, en cambio, tiene exigencias orgánicas absolutamente opuestas. Se funda en la existencia de un "yo Común" del que emerge la voluntad general y la soberanía absoluta e indivisible del Estado. Admite la separación de los poderes públicos, pero aplica la fórmula de modo flexible, consagrando la primacía política del Cámara de origen popular, por ser el órgano publico que encarna en mejor grado la voluntad común. Es pues, de tendencia parlamentaria, y propende al unicameralismo legislativo. Por la misma causa, tiende a la organización pluripersonal del Poder Ejecutivo, con marcada inclinación al gobierno ministerial, confiado a los agentes de la asamblea del pueblo. Por este procedimiento, procura concentrar el poder en esa ultima, asegurando su predominio práctico dentro del Estado”.

La tendencia centralista habría de sancionar las constituciones de 1819 y 1826, que intentaron imponer a la fuerza contra la voluntad de las provincias. Todas fracasaron. La corriente federal habría de contraer, entre otros, los pactos del Pilar y Benegas de 1820, el Federal de 1831 y el de San Nicolás de 1853, que fueron los denominados “pactos preexistentes” que le dieron, exitosamente, vida a la Constitución Nacional, tal lo consigna su preámbulo,
La guerra civil se desató en el Río de la Plata producto de estas dos concepciones, la centralizadora de la logia de Buenos Aires y la federal de Artigas.
El proceso de transformación de las ciudades en provincia se inicia con el decreto del 19 de noviembre de 1813 por el cual el segundo triunvirato fracciona a la intendencias de Córdoba del Tucumán las provincias de Cuyo con capital Mendoza. Sigue La Rioja unida Córdoba.
Por decreto del mismo triunvirato, del 8 de octubre de 1814, fueron separadas Tucumán y Salta. Santiago del Estero y e Catamarca estarán con Tucumán. Salta Jujuy, Orán Tarija y Santa María estarán juntas con la provincia de Salta.
A principio de 1815 existían las siguientes provincias:
Provincia de Buenos Aires con dependencia de Santa Fe.
Entre Ríos;
Corrientes que comprendía Misiones
Tucumán (Santiago del Estero y Catamarca)
Salta (abarcando a Jujuy y Tarija
Estado Oriental,
Córdoba (abarcaba a La Rioja)
Cuyo (San Luís, San Juan y Mendoza)

En la asamblea el año XIII se convocó a las ciudades de Bs. As., Catamarca, córdoba, corrientes, entre Ríos Jujuy, Luján , Mendoza, La Rioja, Salta, San Juan, San Luis, Santa Fe, Santiago del Estero y Tucumán. Montevideo y Maldonado. Luego se agregó la representación de Misiones.
En el congreso de Tucumán se convocan a las provincias a proporción de 15,000 habitantes o fracción mayor de 7.500.
La Segunda etapa de la formación de las provincias se incia con Corrientes. El 20 de abril de 1814 el cabildo correntino declara la independencia de la Provincia bajo el sistema federativo.
Un Congreso Provincial de repre¬sentantes de la capital y departamentos dictó el 11 de diciembre la primera constitución correntina: el Reglamento Pro¬visorio de 1821, que reformado en 1824, duró hasta 1857.
Tras la muerte de Franciso Ramírez, el coronel porteño Lucio Mansilla asume de gobernador Entre Ríos y promulga Estatuto de 1822.
En Santa Fe Estanislao López es gobernador desde 1818, se mantuvo hasta su fallecimiento veinte años más tarde.
El Estatuto de Santa Fe de 1819, no obstante llamarse provisorio, re¬giría con pocas modificaciones hasta 1841.
A consecuencia de la sublevación de Arequito, el 5 de enero de 1820, el cabildo de Córdoba depuso al gobernador-intendente Ma¬nuel Antonio de Castro, nombrando gobernador y capitán general, autónomo, a Juan Bautista Bustos contra las pretensiones del coronel José María Paz.
Bustos reunió el congreso provincial que dio el Reglamento del 30 de enero de 1821.
La sublevación de la Ciudadela en noviembre de 1819 hizo que Bernabé Aráoz fuese elegido gobernador de Tucumán (San Miguel, Catamarca y Santiago del Estero) por un cabildo abierto de la capital de la provincia del 14 de noviembre "mientras la direc¬ción
El 27 de abril de 1820. Reunidos sola¬mente tres de los diputados de Tucumán y Catamarca (porque uno de esta última se retiró), votaron la Constitución de la República Federal de Tucumán el 24 de septiembre, aniversario de la batalla de Tucumán.
Santiago del Estero emancipada de Tucumán el 27 de abril de 1820, el general Juan Felipe Ibarra fue elegido gobernador en comicios populares. No se dictó un código constitucional.
Catamarca el 25 de agosto (1821) declaró su autonomía de la República de Tucumán en un cabildo abierto de 52 “vecinos expectables”. Se reco¬noció como gobernador al cabildo
Después de las convulsiones ocurridas en Cuyo por la rebelión de los Cazadores de los Andes en San Juan el 9 de enero de 1820, un cabildo mendocino de "la parte principal y respetable del vecinda¬rio" eligió gobernador a Tomás Godoy Cruz el 3 de julio.
La sublevación en San Juan del 1° de los Cazadores de los Andes puso a su jefe, el porteño Mariano Mendizábal, como "teniente-gobernador" de San Juan. El 1 de marzo se declara "la independencia de la Provincia”.
El 1 de marzo de 1820 se instaló el Cabildo-Gobernador de San Luis presidido por el doctor José Santos Ortiz. La costumbre hizo que al alcalde de primer voto se lo llamase gobernador: Ortiz, reelec¬to en el cargo, duraría —con intermitencias— hasta marzo de 1829 en que fue reemplazado por Prudencio Guiñazú.
En 1832 se dicta el Estatuto constitucional —una Junta Consultiva, nuevo nombre de la "Junta Electoral de Oficios Concejiles", cumplió las fun¬ciones de sala— y José Gregorio Calderón fue elegido gobernador. Duraría hasta 1840.
Desde la elección popular de Güemes el 6 de mayo de 1815, Salta se gobernó con virtual autonomía de Buenos Aires. Muerto el caudillo, el partido de los patriotas nuevos, enemigo de Güemes, eligió al coronel José Antonio Fernández Cornejo que gobernó con la cons¬titución de 1821 redactada por el doctor Facundo Zuviría, sobre el modelo de la nacional
La logia Lautaro había dirigido desde Buenos Aires los años iniciales de la Revolución de Mayo.
Fueron ellos los que crearon los ejércitos libertadores y declararon la independencia en Tucumán.
Consustanciados con las ideas europeas donde muchos de ellos habían sido educados, vivían funcionales a la cambiante situación de una Europa en transición. Sus distintos emisarios iban sugiriendo la política exterior.
Así que se negaron a declarar la independencia en el XIII, como la reclamaban las masas populares, por ser contraria a la política británica de garantizar la integridad de la monarquía española en su lucha contra Napoleón.
Buscaron un testa noble para coronarla en el Plata: el Príncipe Francisco de Paula y los franceses Luis Felipe de Orleans y Carlos Luis Borbón príncipe de Luca.
El vasallaje lusitano, que también fue objeto de especulaciones, no sólo le aseguraba la línea dinástica sino la eliminación de la resistencia de los pueblos libres. El congreso de Tucumán, principalmente los miembros de la comisión de Relaciones Exteriores, fueron los que acompañaron la política pro-portuguesa.
Terminaron en fracasos en parte por los mismos sucesos de Europa que trataban de corresponder y, principalmente, por la reacción de los pueblos libres liderados por Artigas.
René Orsi, en acertada síntesis, afirma que:
“los hombres que formaron el partido centralista, advertidos de la imposibilidad de contener el desenvolvimiento dialéctico de la insurgencia generalizada, decidieron retrogradar al pasado cuanto antes, ya fuere a través de un commonwealth a la española conforme a las gestiones de Sarratea y Rivadavia cerca de los ministros de Fernando VII o haciendo jugar preferentemente el proyecto de integración constitucional con el reino del Brasil, estructurado y convenido en secreto por Manuel José García, Nicolás Herrera, Gregorio Tagle e Ignacio Álvarez Thomas, y llevado adelante eliminando obstáculos durante el gobierno de Pueyrredón”.

El régimen directorial basaba su poder militar en dos ejércitos nacionales: el de los Andes creado por San Martín y el conocido como Ejército del Norte cuya dirección fue permanentemente fluctuando de jefes.
Artigas, cuyo protectorado comprendía las provincias de la Banda Oriental, Entre Ríos, Corrientes, Santa Fe, Santiago del Estero y Córdoba, sabía que no podía vencer a los directoriales porteños por la superioridad militar de los mismos.
San Martín envió una carta a Estanislao López y otra a Artigas pidiendo el fin de la guerra civil. En la que le escribe al López estampa por primera vez la frase quizá más de feliz de su vida y que debiera ser un dogma para todo soldado argentino:
“Mi sable jamás saldrá de la vaina por opiniones políticas”
Belgrano no permitió que las cartas llegaran a sus destinatarios. No quería que los federales supieran que el bando directorial no iba a contar con San Martín para reprimirlos.
El Ejército del Norte se subleva en la posta de Arequito en razón de que estaba formado en la mística de la lucha con el español y no quería volver las armas contra sus compatriotas.
El jefe de la sublevación, el coronel Juan Bau¬tista Bustos, declaró su neutralidad en la lucha que sostenían el Directorio y los representantes de Artigas, aunque daba por hecho la caída del gobierno de Buenos Aires.
Como bien lo expresa Joaquín Pérez:

“Conjuntamente con la determinación de San Martín de no intervenir con su ejército en la guerra se aclaraba el horizonte militar para los caudillos federales, perdía vigencia el plan de expectación ordenado por Artigas y quedaba el camino libre para marchar sobre Buenos Aires donde Rondeau, que sucedió a Pueyrredón, apresuradamente trababa de organizar un nuevo ejército.
En el campo directorial, la Logia Lautaro quedó en el descon¬cierto y anarquizada frente a la difícil posición en que la había dejado la pérdida de aquellos dos ejércitos. Tenían la sensación que políticamente habían sido superados por otro mundo de ideas, que dejando de lado las capas superiores había llegado al fondo mismo del sentimiento de las masas, reavivando su provincialismo y fer¬vorizando un ideal republicano que volvió el destino de la revolu¬ción al cauce de Mayo”.


El proceso revolucionario argentino, iniciado por la primera Junta, tiene su epílogo el primero de febrero de 1820 cuando los caudillos Ramírez y López atacan el campamento del director supremo José Rondeau en la cañada de Cepeda.
Una sola carga bastó para desmoronar a la administración directorial, que dirigía la Revolución desde sus comienzos, en lo que Diego Luis Molinari denominó “la batalla del minuto y la definición del siglo”.
Se iniciaba así la denominada anarquía del año XX que significa el fin del partido directorial y del sistema de las Intendencias y el nacimiento de las provincias, particularmente la de Buenos Aires que, rescatando sus autonomías, reconocen la pertenencia a la Nación.
El centralismo, como bien destaca Joaquín Pérez, se torna republicano y se transforma en el partido unitario:
“El gobierno dejará de ser resultado de “la parte más sana y principal de vecindario” para ser el objeto de la mira de todo el pueblo. La elección de Ramírez como Supremo Entrerriano será en el país la primera práctica del sufragio universal. Meses más tarde, la ley de Rivadavia la impondrá en la Provincia de Buenos Aires. En el año XX cuaja la democracia en el suelo argentino” .

Nace, obligada por los vencedores de Cepeda, la Provincia de Buenos Aires e irrumpe la campaña bonaerense que como bien alegó Rosas:
“hasta aquí ha sido la más expuesta y la menos considerada comience desde hoy a ser la columna de la provincia, el sostén de las autoridades”.

Rosas expresaba mejor que nadie el nuevo estadio de la economía bonaerense en los fines de los años X: la estancia. Es decir el establecimiento que en forma permanente, debido a la extinción del cimarrón, hubo que establecer en el desierto a fin de criar y comercializar el ganado. La clase de los ganaderos tenía intereses diferentes a la tradicional burguesía comercial de carácter importadora-exportadora de Buenos Aires que se beneficiaba con la preponderancia del puerto único.
La actividad de esa clase social era una de las causas econmicas de las guerras civiles pues los productos de importación arruinaban las producciones regionales.
Para los estancieros la guerra civil y los malones indios eran sus peores enemigos pues arrasaban con el ganado y diezmaban la población de la campaña.
Las designaciones en el Cabildo de Luján de los gobernadores Soler y Alvear a la par que la legislatura de Buenos Aires designaba a otros, expresan en forma patente la realidad de una provincia en la cual Rosas, que comienza su vida pública en este año XX, sería la nueva síntesis.
Se inician la secuencia de los pactos preexistentes con el del Pilar y Benegas. Y, con ellos, el proceso de sedimentación federal que culminará en la Constitución de 1853-1860.
La división de poderes, aunque anulada parcialmente por “los llenos de facultades”, se va abriendo paso en la tradición institucional argentina, de la que era ajena. Los cabildos últimos resabios de la administración colonial- dejarán paso a las legislaturas. Tiempo hacía que las audiencias se habían transformado en Cámaras de Apelaciones.
De allí la verdad de la afirmación de Ricardo Levene que:
“la “crisis” latente de la Revolución de Mayo, la lleva arrastrando penosamente en todo el transcurso de la primera década revolucionaria, para asociar, estrechamente el año 1820 al de 1810, como si fuera una unidad continua”.

En estos diez años en se extendió el proceso iniciado el 25 de mayo en Buenos Aires se puede distinguir, en mi modo de ver, tres aspecto fundamentales de la Revolución.
El primero es su doctrina expuesta, inicialmente, por Moreno en sus escritos en la Gazeta: independencia, república, federalismo, constitución.
El segundo aspecto lo constituye el hecho que las banderas de la Revolución fueron asumidas por las masas populares rioplatenses. José Gervasio de Artigas fue el primer caudillo.
El tercer componente es la temática militar. Antes los fracasos de las expediciones al alto Perú, de los inicios revolucionarios, San Martín señala el Pacifico, como el “camino de la patria”. El Libertador le da a Mayo el rumbo militar por el cual, al liberar a dos naciones hermanas, Argentina se libera a sí misma.
Para Emilio Ravignani:
“Los primeros 10 años de la historia rioplatense si bien acusan una lucha ente el centralismo porteño y el autonomismo uruguayo, y nunca éste último alcanzó las proyecciones de una independencia nacional y si ella se fue gestando paulatinamente, más se debió a la miopía de los hombres de Buenos Aires que al hondo sentir de los orientales”.

Señala René Orsi
“Artigas, presos o muertos sus mejores hombres, traicionado o abandonado por otros, se vio obligado a pedir asilo al doctor Francia, que gobernaba el Paraguay. Su misión había terminado, aunque sus ideas, aventadas como semillas desde sus alforjas, habían fructificado con emplendidez.
Su vida no fue la del reformador que, frustrado, cae y desaparece; por el contrario, Artigas fue la expresión genuina del instinto popular y su pensamiento, forjado en el lento fuego del sacrificio generó una corriente ideológica proyectada en el tiempo con una fuerza tal, que impregnó todos los problemas políticos de nuestra organización constitucional, en cuya solución final ha sido participe”.

Y para finalizar les voy a contar una anécdota. Cuando Uruguay se constituyó en nación independiente, los ingleses depositan en los bancos de Montevideo las ganancias de sus inversiones en América del Sur. De esta forma Uruguay se transformó en un país muy rico. Como todo nuevo rico quiso tener alcurnia. Para ello consideraron que debían tener un héroe nacional, como Argentina lo tenía a San Martín; Chile a O’Higgins, o Venezuela a Bolívar, y hacerle una estatua. Los ojos uruguayos se volvieron al denostado caudillo Artigas cuyos restos descansaban en Paraguay. Lo repatriaron, mandaron a hacer su estatua ecuestre a Europa. Cuando el senado uruguayo discutió lo que se iba a escribir en el pedestal de la estatua de Artigas, algunos legisladores propusieron ponerle General José Gervasio de Artigas. Pero les objetaron que Artigas no usaba el título de general sino el de Protector de los Pueblos Libres, y ellos comprendían las provincias argentinas de Entre Ríos, Corrientes, Santa Fe, Santiago del Estero y Córdoba. Entonces pensaron ponerle el líder del federalismo. Pero la república uruguaya se constituyó en estado unitario. Otros propusieron el del libertador del Uruguay. Pero muchos dijeron que Artigas nunca quiso separar la Banda Oriental de las Provincias Unidas. Síntesis le pusieron en el pedestal: ARTIGAS.
Una última reflexión: Artigas es tan uruguayo como argentino. San Martín tan argentino como uruguayo, chileno y peruano. O’Higgins tan chileno como argentino. Bolívar y Sucre tan venezolanos como colombianos, como peruanos o bolivianos. Ellos se consideraban americanos. La geografía que transitaron era exuberante a los límites de las naciones que contribuyeron a dar vida independiente. Por ello Artigas es el gran prócer del federalismo rioplatense. Es un orgullo que sea también tan argentino como oriental.
Muchas gracias y hasta pronto.








APUNTES ANEXOS A LA CLASE DICTADA EL MARTES 7 DE FEBRERO EN LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOMAS DE ZAMORA POR EL DR. FERNANDO KLAPPENBACH INVITADO POR LA CÁTEDRA DEL DR. JORGE VILLAVERDE
“...capitanes de ensueño y de quimera rompiendo para siempre el horizonte, persiguiendo el sol en su carrera” Manuel Machado

El descubrimiento del Río de la Plata
Américo Vespucio, desde 1505, propuso llegar a la Especería por la vía del poniente, pues sostenía que debía haber un paso que permitiese su navegación. Fernando de Aragón se entusiasma con la idea de buscar un paso que abriera la ruta a las Molucas.
Cuando es Vespucio designado Piloto Mayor preparó la empresa bajo los capitanes Vicente Yañez Pinzón y el pilotazgo de Juan Díaz de Solís.
El sigilo de la expedición era tanto que para conservarlo, los expedicionarios no debería arribar a La Española en su viaje de ida.
La desarmonía entre Pinzón y Solís llevaron al fracaso la empresa. Si bien el Rey puso en prisión a Solís por haberse apartado de sus instrucciones. A mediados de 1511 ya había recuperado su libertad.
Cuando Vasco Nuñez de Balboa en 1513 descubre el Mar del Sur, la teoría de Vespucio cobra realidad. Fernando vuelve a encargar a Solís la misión de descubrir
“lo que está a espaldas de Castilla del Oro (Actual Colombia) y de allí en delante…que ninguno sepa que yo mando dar dineros para ello, ni tento parte en el viaje; antes bien, habeís de decir y publicar que vos y vuestros hermanos y gente van a vuestra costa”.

Partió Solís de San Lúcar el 8 de octubre de 1515 en tres pequeñas naves.
Quizá para medir las longitudes, el 20 de enero de 1516, costeó la orilla oriental y entró al estuario que denominó “mar dulce”.
Al decir de Ernesto Palacios “A Juan Díaz de Solís le tocó la gloria (y la desventura) del descubrimiento” de nuestro litoral. Al ver Solís en la orilla oriental un puerto adecuado que parecía señalado por un promontorio, bajaron y tomaron posesión plantando una cruz, y al tañer de las trompetas lo bautizaron “Puerto de la Candelaria”. Era el sitio que años después sería fundado Montevideo. Volvieron a embarcar y fondearon en una isla par dar sepultura al despensero Marín García que acababa de morir. Al seguir navegando observaron “gente que con mucha atención estaba mirando pasar el navío, y con señas ofrecía lo que tenía poniéndolo en el suelo”. Al ver estas demostraciones de amistad, Solís bajó a tierra, acompañado de algunos tripulantes. Los indios, presuntamente guaraníes, lo mataron y despezaron los cadáveres y se los comieron en la idea que se apropiaban de sus propias fuerzas e inteligencia. La tripulación desde los barcos vio la escena y espantados resolvieron el regreso.
Curiosamente dos españoles que bajaron con Solís, Melchor Ramírez y Enrique Montes, convivieron con los indígenas y sirvieron de intérpretes guías a las expediciones de Diego García y Gaboto.
Posiblemente el sigilo hacía que no tuvieran demasiados conocimientos de los fines de la misión y prefirieron volver a España.
Una de las carabelas naufragó frente a San Catalina y entre sus dicieocho tripulantes figuraba Alejo García.
Recién con Magallanes, que salió de San Lúcar el 20 de setiembre de 1519, se encontraría, en forma casual, es estrecho que lleva su nombre. El Rey Católico murió sin poder saber del descubrimiento que tanto buscó.
Magallanes murió en las Filipinas en manos de los salvajes. Es reemplazado por Juan Sebastián Elcano quien, tras cargar las ansiadas especies en las Malucas, dio la vuelta al cabo de Buena Esperaza y regresó al puerto de partida el 7 de setiembre de 1522.
Elcano vuelve a emprender una expedición con el mismo propósito que Carlos V puso al mando de fray García Jofre de Loayza que parte de La Coruña en junio de 1525. Encontraron ambos la muerte en la travesía fruto del hambre y las epidemias. Las penalidades de la expedición determinaron el abandono de España de la ruta de occidente para concentrarse en América cuyas riquezas asombraban a Europa.

LA CONQUISTA DEL RIO DE LA PLATA
La fama de lo que entonces se conocía como tierras del Río de la Plata no era por cierto para tentar la nadie. La tragedia de su descubridor, la geografía desolada, los indios hostiles. Hacia otros rumbos volaba la ilusión hispánica: Nueva España, conquistada por Cortés. El Perú dominado por Pizarro.
El territorio que actualmente comprende la República Argentina se fue descubriendo y poblando al impulso de dos espejismos: La Leyenda del Rey Blanco y la Ciudad de los Césares:

La leyenda del Rey Blanco:
Era una transposición austral de la leyenda del Dorado, en la cual el monarca legendario estaría revestido de oro. Según José M. Rosa ambas parecen originadas en los Incas. La sierra o montaña de plata era el cerro plata de Potosí descubierto estando ya los españoles en posesión del alto Perú. Es de destacar que los indígenas americanos no sabían trabajar la plata.

La expedición de Alejo García:
Alejo García, que como se expresó era tripulante de la expedición de Solís y naufragó en la isla de Santa Catalina, supo de esta leyenda y alrededor el año 1521 salió, con cuatro o cinco compañeros, de la isla de Santa Catalina y se internaron el continente. Cruzan las selvas y los ríos Paraná y Paraguay entran al Chaco y llegan al alto Perú donde encuentra abundantes metales, especialmente plata del cerro potosino, que los hace cargar por indios guaraníes. De regreso encuentra la muerte con sus compañeros por los feroces indios payaguás.
Algunos de los indios que lo acompañaban llegaron a San Catalina y dieron la versión del viaje y de las riquezas. Como señala Rosa “lo que no pudieron decir los indios o no lo comprendieron los españoles, fue la enorme distancia a recorrer”.

La expedición de Sebastián Gaboto y Diego García:
Gaboto parte hacia las Malucas vía estrecho de Magallanes el 3 de abril de 1526 desde San Lúcar de Barrameda, solventada por los comerciantes andaluces..
Diego García salió para las Molucas, vía estrecho de Magallanes, de La Coruña el 15 de enero de 1527, costeada por la burguesía gallega.
Al llegar Gaboto a San Catalina vuelve a escuchar la leyenda del Rey Blanco y los relatos de la expedición de Alejo García. Resuelve abandonar el rumbo originario e internarse en el río descubierto por Solís y que por entonces se lo conocía con su nombre. Allí encuentra a Francisco del Puerto el único sobreviviente de la masacre de Solís y quien fuera adoptado por los indios. Del Puerto le confirma las noticias del Imperio de la Plata, río Paraná arriba.
El 9 de junio de 1527 funda el fuerte de Sancti Spiritus en la desemocadura del Río Carcarañá.
En enero llega a la boca del río Paraguay y lo remonta hasta tomar el Bermejo.
Al enterarse que Diego García había entrado igual que él por el Paraná decide encontrarse con el mismo.
Ganados por el desaliento ambos deciden volverse a España,
habiendo defraudados a los capitalistas que había financiados sus expediciones a la especiería.

El primer adelantado Don Pedro de Mendoza:
El 21 de mayo de 1534 firmó Carlos V en Toledo las “capitulaciones” con don Pedro de Mendoza otorgándole licencia para establecerse en todo el curso
del río de la Plata. Recibía el título de adelantado, gobernador y capitán general. Entre otras obligaciones debía construir tres fortalezas y “poner celo en el buen trato y adoctrinamiento de los indios”. Haría la jornada “ a vuestra costa y misión sin que en ningún momento seamos obligados a Vos pagar ni satisfacer los gastos”.
Repartiría con “la gente” los cuatro quintos de los “tesoros, oro y plata, piedras y perlas que se hubieren por vía de rescate (entre voluntaria)” correspondiendo el quinto restante al Emperador.
José María Rosa conjetura que el motivo principal que llevó a Mendoza a América no fue el enriquecerse, ya que era un hombre muy acaudalado, sino buscar el guayacán o “palo santo” cuya resina Frascator en su libro Syphilo sostenía curaba la sífilis que padecía el adelantado.
Alrededor de 1200 expedicionarios embarcan en once navíos el 24 de agosto de 1535 en San Lúcar de Barrameda. Nunca había salido para América una expedición más numerosa.
Aproximadamente el 2 de febrero del año siguiente funda a “las orillas del riachuelo de los Navíos e real de Santa María del Buen Aire”.
José María Rosa sostiene que Mendoza no fundó una ciudad pues no tenía atribuciones para ello, atribuyendo ese mérito a Juan de Garay que cuarenta años más tarde fundaría la ciudad de “La Santísima Trinidad”, en el mismo lugar elegido por Mendoza para erigir su poblamiento.
La multitud de integrantes de la misión hacía difícil la alimentación, especialmente cuando se enemistaron con los indios de la región que, al principio, colaboraron en la misma.
Ulrico Schmidl, soldado y viajero alemán que integró la expedición de Mendoza, relata que:
“Fue tal la pena y el desastre del hambre que no bastaron ni ratas ni ratones, víboras ni otras sabandijas; hasta los zapatos y cueros, todo tuvo que ser comido.
Sucedió que tres españoles robaron un caballo y se lo comieron a escondidas, ya sí que esto se supo se les prendió y se les dio tormento para que confesaran. Entonces se pronunció sentencia de que se ajusticiara a los tres españoles y se los colgara en una horca. Así se cumplió y se les ahorcó. Ni bien se los había ajusticiado, y se hizo la noche y cada unos se fue a su casa, algunos otros españoles cortaron los mulso y otros pedazos del cuerpo de los ahorcados, se los llevaron a sus casas ya allí los comieron. También ocurrió entonces que un español se comió a su propio hermano que había muerto”.

El Capitán Ayolas fue enviado hacia el norte para seguir la ruta de Gaboto, allí estableció la fortaleza de Nuestra Señora de la Buena Esperanza. Volvió al poco tiempo con las buenas noticias de haber encontrados indios que los había provisto de abundante maíz y pescado.
Mendoza, cuya enfermedad se agravaba, tuvo la intención de llevar más al norte la población a ese fin mandó nuevamente a Ayolas aguas arriba donde fundaría una fortaleza Nuestra Señora de la Candelaria (02/02/1537) y algo después a su seguimiento a Juan Salazar y Gonzalo de Mendoza. El primero fundaría una fortaleza que junto al Río Paraguay que llama Nuestra Señora de Asunción.
Mendoza no esperó el regreso de sus enviados, sintiéndose sin ánimos y próximo a la muerte, decidió volver a España. Le deja las últimas instrucciones a Ayolas: “cualquier novedad o alguna perla o joya si hubiéredes habido para mí que ya sabéis que no tengo nada que comer en España si no es hacienda que tengo que vender”. Falleció en alta mar.
El grueso de la expedición que permaneció en Buenos Aires se trasladó a Asunción convertida en la cabecera del adelantazgo.
En 1537 llega de España con la real cédula de autonomía y socorro Cabrera que, ante la presunción de la muerte de Ayolas, deja como reemplazante a Irala y la indicación que en caso de tenerse noticias de la muerte de Ayolas convocase a los pobladores a elegir gobernador. Este es el origen del autonomismo paraguayo.
El 16 de septiembre de 1541 Irala elegido gobernador, por la confirmación de la muerte de Ayolas, funda la ciudad de Nuestra Señora de Asunción en el mismo lugar y nombre que la fortaleza de Salazar.

El segundo adelantado: Álvar Nuñez Cabeza de Vaca:
El 10 de marzo de 1540 concluía Carlos V una capitulación otorgándole a Álvar Núñez Cabeza de Vaca el adelantazgo del Río de la Plata. Zarpó el 2 de diciembre de 1540 y llegó a San Catalina el 29 de marzo donde tuvo noticias de la muerte de Ayolas y decidió dejar parte de su tripulación que siguiera por agua hacia Asunción mientras él emprendía idéntico rumbo pero por la selva. En el trayecto descubrió las cataratas del Iguazú. El 11 de marzo llegó a Asunción después de atravesar cuatrocientas leguas de selvas y pantanos al decir de José M. Rosa “una de las más extraordinarias marchas de la historia”.
El 8 de septiembre con unos cuatrocientos españoles y mil indios se internó hacia el Perú. No pudo atravesar el Chaco y regresó con su expedición maltrecha a los pocos días.
El fracaso de la exploración y el desentendimiento con la población terminó con el conocido tumulto asuceno del 26 de abril que finalizó con su detención. Un año después es enviado con una carabela llamada Los comuneros a España donde fue condenado a destierro.

Los terceros adelantados: Los Sanabria
El 22 de julio de 1547 se firma la capitulación con Juan de Sanabria quien muere antes de emprender el viaje al Río de la Plata. Le sucede su hijo Diego quien la demora en partir. Su madre, Doña Mencia Calderón, en abril de 1550 se dio a vela, con sus hijas y doncellas para casar con los asucenos, un año y medio antes que Diego.
Doña Mencia Calderón podría ser considerada como la madre española del área del Río de la Plata, ya que fue su llegada a Asunción, junto con las esposas españolas de los conquistadores, el comienzo del establecimiento (con leves excepciones) de familias blancas -criollas, no mestizas- así como también de la estabilización de la vida familiar española. Su esposo, Juan Sanabria, falleció antes de poder ir al Río de la Plata para ejercer sus derechos como adelantado y cuando en virtud de heredar dicho cargo, su hijo Diego se viera imposibilitado para partir inmediatamente, Doña Mencia, cuya fortuna había sido invertida en la expedición, partió de España, en 1550, en nombre de su hijo, con tres barcos comandados por el tesorero real Juan Salazar y Espinosa y Hernando de Trejo con una pequeña fuerza armada y aproximadamente cincuenta muchachas españolas, incluyendo sus propias hijas, que esperaban encontrar maridos en la nueva tierra.
En 1564 Doña Mencia escribió un breve relato de las penurias sufridas en su viaje rumbo al Paraguay:
“Yo partí de San Lúcar de Barrameda el año cincuenta por capitán de una nave y dos carabelas dentro de ellas venían…cincuenta mujeres castas y doncellas para poblar la tierra. Mandaba V.A. por su Consejo Real de Indias que trajere esta gente y señoras y las mujeres doncellas al Río de la Plata y la entregase toda al gobernador”.
Nadie podía imaginar cuando zaparon, que el viaje iniciado tan alegremente iba a llegar a su destino casi seis años después. Esos sí, la travesía no fue nada monótono. Hubo desde motín de los tripulantes e en Las Palmas y dispersión de las naves en Guinea hasta abordaje de piratas franceses que milagrosamente, respetaron a las mujeres. No respetó la muerte, en cambio a la hijita menor de doña Mencia que no resistió el cruce del océano.

DiceLucía Galvez de Tiscornia:
“Nueve meses tardaron en llegar a Santa Catalina. No duraron mucho allí por la amenaza indígena y pasaron al puerto de Mbizá. Solo les quedaban dos naves .A la principal, la San Miguel, hubo que hundirla por su deterioro y la otra naufragó a la vista de todos muriendo varios tripulantes. Entre ellos estaba el capitán Becerra cuya mujer, Isabel y dos hijas Elvira e Isabel de Conteras asistieron impotente al naufragio. Debió esperar un año en Mbizá hasta construir un bergantín con los restos de las naves.
Luego de un dorado cautiverio en la isla portuguesa de San Vicente, y de fundar un poblado junto al río San Francisco, doña Mencia decide llegar por tierra a Asunción ante los reiterados y cada vez más intensos ataques de los tupíes.. Y sería difícil recorrerla las 400 leguas que separan San Francisco de la Asunción. : selva cerrada, selva virgen plagada de insectos y alimañas desconocidas, donde la muerte acecha a cada paso en los colmillos venenosos de las víboras, en la garras de los jaguares y en la flechas envenenadas de los tupíes. Algunos hombres se niegan considerándolo temeridad, pero todas las mujeres apoyan a doña Mencia y la caravana se pone en marcha”.

El grupo de Doña Mencia, conducido por Trejo, partió de Santa Catalina por vía terrestre y arribó a Asunción en 1556. Más tarde, muchos miembros de su grupo se trasladaron a Santa Cruz de la Sierra, en el límite oeste del Paraguay, pero la mayoría finalmente regresó al área del Río de la Plata.
Entre las nuevas familias allí establecidas, de las cuales habrían de surgir los futuros líderes criollos, se encontraban las de las hijas de Doña Mencia, quienes tempranamente se casaron con los oficiales comandantes de la pequeña flota.
Fernando de Trejo y Sanabria, posteriormente obispo de Tucumán, era hijo de María Sanabria y Hernando de Trejo e Isabel, hija de Isabel Sanabria (también conocida como Mencia) y Juan Salazar y Espinosa, se convirtió en esposa (en Santa Cruz de la Sierra) de Juan de Garay, quien luego fundó Santa Fe (1573) y restableció definitivamente Buenos Aires en 1580.
Doña María de Sanabria, una de las hijas de Mencia se casaría en segunda nupcias con Marín Suárez de Toledo de esa unión nacería Hernandarias, quien usó el apellido de su abuelo materno: Arias de Saavedra.
Diego Sanabria naufraga y no llega al Río de la Plata y el Emperador designa gobernador a Irala. A su muerte y por testamento ocupa el interinato su yerno Gonzalo de Mendoza.

El cuarto adelantado: Juan Ortiz de Zárate:
• Fundación de Santa Fe (corriente del Este)
Felipe II le otorga “por dos vidas” el título de adelantado en el Río de la Plata a Juan Ortiz de Zárate, antiguo compañero de Pizarro.
En el trayecto a Buenos Aires para esperar al nuevo adelantado Garay funda el 15 noviembre de 1573 Santa Fe.
En diciembre de 1574 se encuentra con Garay y juntos llegan a Asunción en febrero de 1575 donde al año muere. Legó el adelantazgo a quien se casara con Doña Juana la hija natural que había tenido con una princesa india.
Garay le encuentra a Doña Juana el marido Juan Torres de Vera y Aragón:

El último adelantado: Don Juan Torres de Vera y Aragón:
• Fundacion de Buenos Aires y Corrientes ( corriente del Este)
El Consejo de Indias negó a Vera la licencia para casarse y anuló el testamento de Ortiz de Zárate.
Torres de Vera y Aragón llega a Asunción donde Garay le reconoce el derecho al adelantazgo y acepta la indicación de:
“poblar en el puerto de Buenos Aires una ciudad titulándola del nombre que le pareciese, y tomar posesión de ella, y poner y nombrar justicia”

El 29 de mayo de 1580, domingo de la Trinidad, las naves de Garay entran al Riachuelo y Garay funda la ciudad con el nombre del santoral: Ciudad de la Santísima Trinidad. El nombre que Mendoza le había puesto al puerto prevaleció: Buenos Aires.
Garay muere en marzo de 1583.
En 1587 Vera y Aragón es nombrado gobernador del Río de la Plata en forma interina hasta que se resolviera su reclamo como Adelantado. El 3 de abril de 1588, con el apoyo de Hernandarias, funda San Juan de Vera en el “sitio que llaman de las siete corrientes”: el nombre del lugar fue el que prevaleció a su fundador.
Don Juan Torres de Vera y Aragón viaja a España a fin de reclamar sobre sus derechos. Se llega a una transacción: no ejercería el gobierno pero usaría el título honorífico de “Adelantado del Río de la Plata” que podía transmitir a su descendencia.
La audiencia de Charcas nombrará como gobernador de la Provincia Real del Río de la Plata dependiente del Virreinato del Perú a Fernando Zárate, a quien Hernandarias entrega el mando en 1592.

La leyenda de “la ciudad de los césares”
Gaboto envió para reconocimiento al capitán Francisco César que presumiblemente se internó en el actual territorio de Córdoba. Conocieron indios pacíficos, presumiblemente diaguitas, y tuvieron por ellos noticias de un fabuloso imperio lleno de tesoros en un lugar no determinado de la cordillera, cuyo monarca se vestía de plata y oro.
El viaje de Francisco César fue magnificado y deformado por la tradición y daría lugar a la leyenda de los Césares, según la cual el capitán había llegado a un lugar de riquezas donde nadie moría, sin querer regresar más con los españoles.

“La gran entrada” de Diego de Rojas
El gobernador de Perú Vaca de Castro decide enviar en mayo de 1543 a Diego de Rojas a fin de encontrar la ciudad maravillosa. Partió de Cuzco atravesaron la actual Bolivia. En territorio actual argentino Rojas toma hacia Tucumán pasa por Santiago del Estero y encuentra la muerte herido por una flecha envenenada de los indios. Toma el mando el joven capitán Francisco de Mendoza y se dirige a la actual provincia de Córdoba donde erigieron el fuerte malaventura.. Llegando al río Paraná a la altura de donde fue fundado el fuerte Sancti Spiritus. Decide volver a Córdoba y en una reyerta entre los expedicionarios muere. El resto de la diezmada expedición emprendió el regreso al Perú al mando de Heredia, donde arribó en septiembre de 1546.

• Fundación de Santiago del Estero (corriente del Norte)
La Gasca presidente de la audiencia de Lima forma otra expedición hacia los Cesares y de paso poblar una ciudad en la tierra que ya comenzaba a llamarse Tucumán. Encarga el mando a Juan Núñez del Prado quien en 1550 emplaza la Ciudad del Barco en homenaje a Barco de Ávila su villa nativa.
Francisco de Villagra exige a del Prado que abandone el territorio que pertenecía a la gobernación de Chile. Núñez del Prado funda la segunda ciudad del Barco en el nuevo Maestrazgo de Santiago veinticinco leguas al norte de la primera. El Virrey del Perú le ordena volver al emplazamiento original. Nuñez la emplaza a veinticinco leguas al sur de la primera Barco en 1552 sobre el río Estero
El gobernador de Chile Pedro de Valdivia envía a Francisco de Aguirre a que se apoderase de la ciudad del Barco III. En mayo de 1553 éste se apodera de la ciudad y la traslada media legua más arriba. Fue la primera ciudad argentina. Muchos historiadores sostienen que el fundador de Santiago del Estero como se la llamaría definitivamente, fue Nuñez del Prado pues Aguirre sólo trasladó de lugar una ciudad ya fundada.


• Fundación de Mendoza, San Juan y San Luis (corriente del Oeste)
Hurtado de Mendoza, nuevo gobernador de Chile, ordenó la fortificación del Tucumán por el doblamiento de tres nuevas ciudades: Londres en 1558 Córdoba del Calchaquí, en las ruinas de la Barco II, en 1559 y en 1560 Cañete en donde estaba Barco I. Juan Pérez de Zorita, teniente Gobernador de Santiago del Estero, realiza estas fundaciones en nombre de Mendoza.
Hurtado de Mendoza comisiona también al capitán Pedro del Castillo para poblar la región de Cuyo, quien funda Mendoza el 2 de marzo de 1561.
Al año siguiente el 13 de junio el Capitán Juan Jufré funda San Juan de la Frontera al norte de Mendoza.
Treinta años más tarde Luis Jufré, hijo del fundador, establece la ciudad de San Luis de Loyola de Medina del Río Seco en la punta de los venados


• Fundación de Tucumán, Córdoba ,Salta, Catamarca y Jujuy (Corriente del Norte)
Luis Francisco de Aguirre gobernador de Tucumán manda a su sobrino Diego de Villarroel a restaurar la destruida Cañete en el emplazamiento de la “Barco I” y el 31 de mayo de 1565 funda San Miguel del Tucumán.
El Virrey Toledo encarga a Jerónimo Luis de Cabrera fundar poblaciones entre Charcas y Santiago del Estero.
En junio de 1573 funda Córdoba de la Nueva Andalucía.
Nombrado por el Consejo de Indias gobernador de Tucumán Gonzalo de Aguirre ordenó el degüello del fundador de Córdoba acusándolo de conspirar contra el Virrey.
Al enterarse de estos incidentes el Consejo de Indias nombra gobernador de Tucumán a Hernando de Lerma quien funda el 16 de abril de 1582 San Felipe del Valle de Lerma en su honor. Después de su deposición como gobernador la ciudad comenzó a llamarse San Felipe del Valle de Salta o abreviadamente Salta.

• Fundación de Catamarca
En marzo de 1681 ocupó la gobernación de Tucumán don Fernando de Mendoza Mate de Luna quien fundó la ciudad de San Fernando de Catamarca en la margen derecho del río del Valle. Los pobladores se trasladaron a la margen izquierda pero, en octubre de 1683, la población se trasladó al la margen derecha en forma definitiva.
• Fundación de La Rioja y Jujuy (Corriente del Norte)
A mediado de julio de 1586 arribó a Santiago del Estero el nuevo gobernador Juan Ramírez de Velazco quien decidió continuar con la campaña pobladora y el 29 de mayo de 1591 fundó la ciudad de Todos los Santos de la Nueva Rioja. Al año siguientes, uno de sus capitanes erigió la de Nueva Madrid ( de vida efímera).
Poco después Velazco otorgó permiso a Francisco de Argañaraz para que levantara una población entierras jujeñas. El 19 de abril de 1593 fundó la ciudad de San Salvador de Jujuy.


La Real Ordenanza de Intendentes del Virreinato del Río de la Plata

El Inicio del constitucionalismo moderno:

El constitucionalismo moderno se inicia el 28 de enero de 1782 cuando Carlos III promulga la “Real Ordenanza para el Establecimiento e Instrucción de Intendentes de Ejército y Provincia en el Virreinato del Buenos Aires”.
Se adelantaba a la constitución de los Estados Unidos del 17 de septiembre de 1787.
Si bien la norteamericana es de carácter republicano con división de poderes, no por ello le resta la primacía a la firmada en el Pardo de carácter monárquico
Como bien señala María Laura San Martino de Dromi la ORDI contiene un preámbulo que explica las razones que determina al Rey su consagración.
Sus doscientos setenta y seis artículos consagran derechos y garantías características del proceso político institucional del Estado de Derecho contemporáneo.
En efecto señalo, a modo de ejemplo, el artículo 16 de la declaración de la igualdad ante la ley. La libertad de comercio en el art. 63. El derecho a ejercer toda industria lícita. Transitar libremente en el art. 63. El derecho a peticionar ante las autoridades está establecido en el art. 111. La garantía del Juez natural, el del debido proceso y la doble instancia está ampliamente resguardado a lo largo de la normativa intendencial. Como, así mismo, la inamovilidad de los jueces y la independencia jurisdiccional de los mismos en el artl.13.
La exigencia de la idoneidad en el cargo público está prescripta en el art.12. El derecho a la propiedad y la expropiación con justo precio (arts.64, 235, 238, 239 y 242). La protección contra el abuso judicial está consagrada en el artículo 17 y contra el impuesto confiscatorio en el art. 107.La igualdad tributaria está establecida en el art. 120.La previsión social está prevista en el art. 181.

Aspectos económicos de la Ordenanza de Intendentes:
En su aspecto económico el sistema de intendencias puede considerarse com- plementario de las reglamentaciones de libre comercio; se esperaba de los intendentes que fomentaran la agricultura y la industria de manera que la colonia aprovechara la expansión comercial de que ahora disponía.
La finanzas fueron la piedra de toque de la política de los Borbones el objeto común que impulsaba todo el esfuerzo reformista de los gobiernos españoles del siglo XVIII.
De ahí la importancia que los reyes borbones asignaron al desarrollo de la real hacienda y el cuidado que tomaron para mejorar su administración. Entre los numerosos testimonios de esta preocupación, ninguno es tan convincente como la bien conocida Instrucción reservada dirigida en 1787 por el rey a la Junta de Estado, exacto reflejo de las aspiraciones políticas de Carlos III y de su gobierno, en que se fija la esencia de su acción financiera, el aumento de la producción nacional y del consumo, la racionalización impositiva, y, como objetivo lejano el establecimiento de un impuesto único y equitativo

La división territorial del Virreinato de Buenos Aires:
En Virreinato se constituirá en adelante una sola Provincia -dividida en ocho Intendencias- que recibirá el nombre de su Capital y las que hasta el momento se titulaban provincias se llamarán en adelante partidos.
La intendencia de Buenos Aires será General de Ejército y Hacienda y abarcará el territorio de todo le Obispado del mismo nombre. Tendrá rango de superintendencia, y será delegada de la General de Real Hacienda de Indias, que residirán la Secretaría de Estado y en Despacho General de ellas.
En lo que hace las restantes intendencias estaría constituidas
l) Asunción de Paraguay que comprenderá el Obispado del mismo nombre
2) San Miguel de Tucumán con su Obispado;
3) Santa Cruz de la Sierra y su Obispado.
4) La Paz. en el Alto Perú y su Obispado mas la Provincias de Lampa, Carabaya y Azángaro.
Mendoza con el Corregimiento de ese nombre que incluye la Provincia de Cuyo;
La Plata, con el Arzobispado de Charcas, menos las provincias que componen la restante Intendencia.
7) Potosí, con las Provincias de Porco, Chayanta, Atacama, López, Chichas y Tarija.
Se crean dos gobiernos militares más -declaraciones 2,3 y 4 de la Real Orden de Reforma 1783- que son las jurisdicción de Moxos y Chiquitos, en la frontera con las posesiones portuguesas.
La división no fue definitiva, pues la declaraciones 2,3 y 4 de la Real Orden de Reforma 1783 tuvo en cuenta los informes elevados por personas conocedoras de cada región y así se dispuso l) Cochabamba sería la capital de esa intendencia en lugar de San Cruz de la Sierra. Ello significó la separación de la ciudad de Cochabamba de la Intendencia de la Plata; además La Plata recibía el nombre de Charcas; Mendoza desaparece como Intendencia y pasa a integrar la nuevamente formada del Córdoba del Tucumán, mientras con el resto del territorio se compone la Intendencia de Salta de Tucumán.
En definitiva el Virreinato quedó organizado de la siguiente manera:
Intendencias
l) Asunción del Paraguay (todo el Obispado);
2) Salta del Tucumán (Todo el Obispado de Tucumán, menos los corregimientos de Córdoba y la Rioja);
3)Cochabamba (Obispado de Santa Cruz de la Sierra más el corregimiento de Cochabamba);
4) La Paz (Obispado del mismo nombre mas las Provincias de Lampa, Carbaya y Azángaro);
5) Córdoba del Tucumán (anterior Intendencia de Mendoza) Mendoza, San Juan y San Luis, más las jurisdicciones de Córdoba y La Rioja);
6) Charcas (anteriormente La Plata), Arzobispado de Charcas, excepto Cochabamba, que pasa a ser capital de Intendencia , y las provincias que componen la Intendencia de Potosí);
7) Potosí (sin cambios);
8) Buenos Aires, con categoría de Superintendencia General de Ejército y Real Hacienda, y el Obispado del mismo nombre, hasta la Cordillera Nevada al oeste, y hasta el extremo sur del Continente , con sus islas vecinas.
Y cuatro gobernaciones militares: Montevideo, Misiones, Moxos y Chiquitos


EL SISTEMA DE LAS JUNTAS GUBERNATIVAS:
La Suprema Junta de Gobierno de Asturias" que ser organizó en 1808 sobre la base de la "Junta de Asturias" que aún existía al decir del Conde de Toreno "como una reliquia dichosamente preservada del casi universal naufragio de nuestros antiguos fueros" fue el modelo político institucional que fueron imitando las distintos reinos de España y América para dirigir la lucha por la independencia de los franceses.
Desde el momento que la Junta General del Principado de Asturias negó obediencia a quien desempeñaba la autoridad del regente-gobernador, constituyéndose de hecho en una asamblea popular- capaz de dirigir las primeras operaciones de separación frente a los poderes de la Corte y expresar su voluntad de incorporar a la insurrección los territorios limítrofes-, quedó libre el camino para una nueva formulación de orden político. El primer paso para esta senda se produce precisamente en las últimas horas del día 24 de mayo de 1810. El pueblo recobra un papel que había perdido e impone las autoridades que le merecen confianza.
La importancia de este hecho en la historia general de España es indudable. Por primera vez los cauces de designación de las autoridades cambian de signo y escogen la vida democrática de la elección, mecanismo innovador de la selección de los magistrados del país que rompe de modo decisivo el sistema tradicional
Como ha señalado Artola, la nueva Junta de Oviedo del 25 de mayo de 1808:
"al atribuirse al soberanía y declarar la guerra a Napoleón se constituía a si misma por mucha que fuese su fidelidad dinástica, en poder revolucionario, cuyas atribuciones se referían a una nueva legitimidad; la producida por la elección popular".

El Dr. Ricardo Zorrquín Becú sostiene que:
“El sistema de juntas fue aceptado tanto en su tierra como en América por considerárselas como única salida para mantener el aparato gubernativo consideración que creó un derecho nuevo: el de elegir juntas, que de España pasó a América.”.
Las juntas se crearon en nombre de la autoridad real ausente. Pero la legalidad de estas fueron fue largamente discutida. Solo las circunstancias favorecieron su desarrollo, pero ningún fundamento jurídico las amparaba. Ni se habían organizado por delegación del único soberano que ellas reconocían, ni eran la expresión de la voluntad nacional manifestada por medio de su órgano competente, esto es, de los diputados de los distintos estamentos reunidos en Cortes”. .

Dice Héctor Tanzi:
El sistema juntista de gobierno había advertido a los pueblos de América, de la posibilidad y oportunidad de darse un gobierno propio.

Así lo veía, a veinte años de estos acontecimientos, el historiador español Mariano Torrente:
“Desde el principio de esas conmociones de haberse observado en los ayuntamientos de Montevideo y Buenos Aires una estrecha correspondencia que arrojaba as mayores alarmas, i hacia sospecha que aquel fatal ejemplo se comunicara prontamente por todas las clases”.

Gaspar de Jovellanos sostenía que:
“Si bien la soberanía reside en la persona del rey, ella “no es un ente real; es un derecho, una dignidad inherente a la persona señalada por las leyes, y que no puede separarse en cuanto algún impedimento físico o moral estorbe su ejercicio” pero en tal caso “y durante el impedimento la ley, o la voluntad nacional dirigida por ella, sin comunicar la soberanía, puede determinar la persona o personas que deben encargarse del ejercicio de su poder .

Francisco Sagui afirma que:
“Desde que se publicaron las primeras noticias de los acontecimientos de la Península y del Sistema de Juntas gubernativas adoptado en ella, principió á pulular y manifestarse aqui entre los principales españoles europeos el codicioso deseo de un igual orden de gobierno en esta Capital; pero con especialidad D. Martín de Álzaga”.

Enrique De Gandía en su conocida obra Historia del 25 de Mayo, publicada en 1960, sostiene que:
“Es un hecho elemental e incuestionable que los gobiernos autónomos americanos nacieron de las Juntas provisionales que se establecieron en algunas ciudades. En el Río de la Plata los historiadores están conformes en reconocer la Junta del 25 de Mayo de 1810 como Primer Gobierno Patrio y por ello la llaman Primera Junta. No se detienen a considerar el error que comente, pues el 22 de mayo hubo otra junta y otro gobierno patrio; el 1ª de enero de 1809 se intentó crear la verdadera Primera Junta de Buenos Aires, y el 21 de septiembre de 1808 se erigió en Montevideo la innegable Primera Junta del Río de la Plata. Estos desconocimientos, aumentados con el olvidos de las revoluciones de Chuquisaca y la Paz, del 25 de mayo y 16 de Julio de 1809, que precedieron, en el virreinato a la Primera Junta del 22 de Mayo y a la Segunda Junta del 25 de mismo se mes, se agravan con la ignorancia absoluta del sistema de la Juntas creado en España a raíz de la Revolución del 2 de Mayo de 1808. Todos nuestros historiadores, sin excepción, han cometido errores enormes al eludir a las Juntas españolas. No obstante, la necesidad de conocer a fondo y comprender perfectamente el espíritu y el carácter de las Juntas peninsulares, y de las que, a su imitación, se crearon en América, es tan grande, tan fundamental, que sin ella no es posible tener una idea clara, exacta del problema de los gobiernos autónomos y de la guerra civil que se encendió entre los partidarios de las Juntas y los partidarios del Consejo de Regencia”

Liniers publica un bando explicando los acontecimientos del 1 de enero de 1809 y señala:
“Unos pocos infelices dirigidos por algunos espíritus inquietos y revoltosos, quisieron establecer la confusión y el desorden para trastornar los sagrados principios de nuestra constitución monárquica, queriendo erigir una Junta subversiva , y enteramente opuesta á la autoridad de soberana de nuestro muy amado Rey y Señor D. Fernando VII”.

El Modelo Original: “La Junta de Asturias”:
Una de las primeras hostilidades contra la ocupación francesa en España fue en Toledo donde el día 21 de abril de 1808 el pueblo se amotinó y saqueó la casa del corregidor. Incidentes similares se produjeron en esos días en otras provincias.
El 2 de mayo de 1808 el pueblo de Madrid estalló e una inmensa revolución en contra de la dominación francesa y este días es considerado por Carr como “eje simbólico del nacionalismo revolucionario”. Es el símbolo de la reacción popular contra la política de apaciguamiento seguida por las autoridades del Antiguo Régimen, frente aun pueblo ansioso de guerrear.

Después de los madrileños fueron los asturianos los que manifestaron la indignación antinapoleónica.
Dice Gomez de Arteche, uno de los más conocidos historiadores de aquellos sucesos:
"Cupo esa honra al noble solar de Asturias, cuna de la monarquía castellana. Los descendientes de aquellos animosos montañeses que habían comenzado la lucha de ocho siglos enarbolando el estandarte de la Cruz contra la media luna, son ahora los primeros en entablarla con el insigne capitán que en menos de diez años había sujetados los pueblos más inteligentes, a la par que bravos… Con el mismo lema de Independencia y con el mismo favor de la Virgen que sus padres veneraban en Covadonga, van a pelear para, con igual propósito y perseverancia, conseguir el mismo fin".

La reunión ordinaria trienal de la Junta General de Asturia se había reunido a principios de mayo de 1808 y sus cargos renovados. Estaban por ello presentes en Oviedo todos los diputados que la componía cuando el procurador general presentó a Toubes, en funciones entonces de regente-gobernador una solicitud de convocatoria extraordinaria.
La tarde 9 de mayo se reunió la Junta General del Principado. Y ante la gravedad de las circunstancias se amplió la convocatoria a gremios, claustro universitario, cabildo, miembros del clero y del gobierno.
Objetaron los militares asistentes las consecuencias desastrosas que para el Principado podría acarrear el inicio de una guerra contra los ejércitos de Napoleón, dado el desequilibrio de fuerzas, lo que hizo dudar a algunos de los reunidos. Entonces surgió la figura del marqués de Santa Cruz de Marcenado, cuya intervención fue decisiva.
Alzó su voz temblorosa, pero firme, para pronunciar aquel parlamento, considerado hoy como el más decidido impulso hacia el levantamiento asturiano:

"La tierra que pisamos -dijo- quisiera yo que se abriese a todos para que se sepultase en sus entrañas tanta pusilanimidad y cobardía. Quédense en su abyección y en egoísmo los que se resignen a ofrecer sus cuellos a las argollas, que les remachará el usurpador; pero yo marcharé solo a encontrar sus legiones en el confín de Pajares, con un fusil, cuya bayoneta clavaré en el primero que intente poner en él su planta. Me matarán y pisarán sobre mi cadáver, si no lo hiciesen pedazos, mas la posteridad sabrá que hubo un asturiano leal y bizarro, que murió resintiendo solo en la invasión de este noble suelo".

El impacto de estas palabras, reconstituidas por Álvarez Valdés en sus Memorias, fue tan intenso que allí se creó inmediatamente una comisión, formada por el propio marqués de Santa Cruz, el conde de Toreno y el alférez de navío Manuel Miranda, con el mandato de establecer un plan que sirviese "a la conservación de la monarquía y la defensa de la patria".
Al día siguiente se vuelve a reunir la Junta que resolvió aceptar el plan de poner un ejército de veinte mil hombres al mando del marqués Santa Cruz presentado por la Comisión nombrada el día anterior.
Las autoridades del Principado, fieles al Gobierno de Madrid, funcional a los franceses, se decidieron a obstaculizar el desarrollo de lo que iba tomando el carácter inequívoco de una rebelión, concertaron toda su fuerza sobre al asamblea y el día 13 de mayo, amenazando, con la presencia de las fuerzas francesas y con la represión de los agitadores, consiguieron dividir la junta y la Audiencia ordenó la confiscación de las armas ya entregadas, el cierre de la Universidad, y la suspensión de las sesiones de la Junta.
Al anochecer del día 24 de mayo, un ejército popular asaltó en Oviedo la Fábrica de Armas y el domicilio del general Juan Crisóstomo de La Llave, designado por Madrid para restablecer el orden en el Principado, y lo obligaron convocar una nueva Junta. Los nombres de cuyos miembros se contenía en una Nota de las demandas expresivas de la voluntad del pueblo de esta capital. Esta nómina incluía solo aquellos que se habían resistido la presión de la Audiencia.
Como se ha dicho “El abismo abierto entre la Real Audiencia y la Junta ilustra el perfil subversivo inicial de aquellos sucesos que quebrantarán de modo inexorable las instituciones del Antiguo Régimen”
Desde el momento que la Junta General del Principado negó obediencia a quien desempeñaba la autoridad del regente-gobernador, constituyéndose de hecho en una asamblea popular- capaz de dirigir las primeras operaciones de separación frente a los poderes de la Corte y expresar su voluntad de incorporar a la insurrección los territorios limítrofes-, quedó libre el camino para una nueva formulación de orden político. El primer paso para esta senda se produce precisamente en las últimas horas del día 24. El pueblo recobra un papel que había perdido e impone las autoridades que le merecen confianza.
La Suprema Junta de Gobierno de Asturias" que ser organizó en 1808 sobre la base de la "Junta de Asturias" que aún existía al decir del Conde de Toreno "como una reliquia dichosamente preservada del casi universal naufragio de nuestros antiguos fueros" fue el modelo político institucional que fueron imitando las distintos reinos de España y América para dirigir la lucha por la independencia de los franceses.

En las primeras horas del día 25 de mayo se celebró en el Salón Regencia la reunión de las personas convocadas de acuerdo con la relación que incluía la nota. Designado secretario de aquella, Argüelles Toral procedió a la lectura de los diez artículos de la misma que contenía las reivindicaciones del pueblo asturiano, en presencia del general La Llave.
Se declaraba la voluntad de los pueblos del Principado de sacrificar sus vidas en aras de la religión, la patria y el rey, y exigía a sus presentantes, por juramento, la declaración solemne de guerra a los franceses, a tiempo que establecía los medios para llevar a ésta adelante. Entre ellos, destacaban la creación de una suprema Junta de Gobierno con todos los atributos del poder soberano, que ejercía en nombre de Fernando VII, "mientras no fuese restituido al trono"; el envío a Londres para conseguir una alianza contra el emperador, la creación de un ejercito popular, financiado con las aportaciones de los ciudadanos más ricos; y el compromiso de convencer a las restantes provincias, para que se sumaran a la rebelión. Cuando hubo de procederse a la toma de juramento de los presentes, el general La Llave resignó el mando, con lo que la Junta allí constituía se convirtió automáticamente en la autoridad suprema el territorio del Principado y en la primera que, en el marco de la crisis de 1808, tomaba su legitimidad del pronunciamiento popular y, con ella, el poder.
La importancia de este hecho en la historia general de España es indudable. Por primera vez los cauces de designación de las autoridades cambian de signo y escogen la vida democrática de la elección, mecanismo innovador de la selección de los magistrados del país que rompe de modo decisivo el sistema tradicional. Estamos ante un poder cuya afirmación se produce sobre las cenizas de los autoritarios pilares del antiguo Régimen, que se asigna a sí mismo la titularidad de la soberanía, y encierra la raíz de aquella suerte especial de "gobierno federativo" donde situaba el conde de Toreno la inexpugnabilidad de la revolución española de 1808. Buena prueba de todo ellos son: 1) el nombramiento de general en jefe del ejército asturiano, recaído en el persona del marqués de San Cruz de Marcenado, a quien el pueblo había entregado días antes el mandado; 2) ese temprano empuje, al que ya hemos aludido, hacia una acción militar común a los territorios limítrofes de Santander, León y Galicia, que seguirán los pasos rebeldes asturianos: 3) el inmediato cumplimiento del mandato de situar una delegación en la corte del rey de Inglaterra, integrada por el entonces vizconde de Matarrosa, José María Queipo de Llano, el catedrático Andrés Ángel de la Vega Infanzón y el profesor sustituto de la Facultad de Derecho Fernando Álvarez de Miranda, en funciones de secretario, con el propósito de conseguir una alianza para hacer frente a la guerra; 4) y, sobre todo, la forma de ejercer el poder por la Junta Suprema, en los días siguientes, donde la dinámica política y el concurso ideológico de Flérez Estrada impulsaron a sus miembros a un radicalismo reformista que fue imponiendo sus condiciones a medida que se desarrollaban los acontecimientos.
Una de las primeras medidas tomadas, a instancia de Florez Estrada, en la temprana fecha del 27 de mayo, fue el establecimiento de la libertad de expresión y petición.

La Junta Gubernativa de España e Indias:
El 27 de mayo de 1808 se constituyó una Junta en Sevilla con el nombre de Junta Suprema Gubernativa de España e Indias.
Cada junta española se creía con derecho a mandar sobre América Las juntas de Galicia y Granada nombraron cada un aun virrey para el Rìo de la Plata. La Junta de Sevilla envió como emisarios: primero a José Manuel de Goyeneche y luego a Joaquín de Molina.

Juan Martín de Pueyrredón enviado por el Cabildo a España escribe dos cartas desde Cádiz con fecha 10 y 17 de septiembre de 1808, donde dice que el pueblo español tiene:
“tantos gobiernos quantas son sus provincias”…”las locas pretensiones de cada una de ellas a la soberanía: el desorden que todas se observa”.

Los desacuerdos parecieron disminuir cuando el 25 de septiembre de 1808 se instaló en Aranjuez una Junta Suprema Central Gubernativa del reino con representes del mayoría de las juntas locales. Estaba compuesta por treinta y cinco miembros o diputados vocales que representaban las provincias de la Península. Cada junta provincia había elegido dos representes, excepto Canarias, que envió uno solo. Esta junta terminó por instalarse en Sevilla, huyendo de los franceses, el 17 de diciembre de 1808.
El Consejo de Castilla fue, por sus títulos históricos, el más autorizado oponente, pero la Junta Central de Sevilla acabó por desplazarlo.

Esta Junta fue la dio la proclama del 22 de enero de 1809 que expresaba que:
“considerando que los vastos y preciosos dominios que España posee en las Indias no son propiamente colonias o factoría, como las de otras naciones, sino una parte esencial e integrante de la monarquía española…los reinos, provincias e islas que forman los referidos dominios deben tener representación nacional e inmediata a su real persona y constituir parte de la Junta Central Gubernativa del reino, por medio de sus correspondientes diputados”

La proclama establece el reglamento de elección de los diputados. El ayuntamiento de cada capital cabeza de virreinato debía constituir una terna de candidatos y sortear uno de los tres, el cual debía considerarse elegido.
Los representantes de América no debían pasar de diez
Julio V González ha descubierto que otro decreto que la Junta del 25 de mayo de Buenos Aires tuvo en cuenta otro decreto de la Junta Central del 6 de octubre de 1809, que establecía las calidades para ser diputado y ordenaba que debían intervenir en la elección todos los cabildos. Estas disposiciones eran de vieja raigambre en España.
Los diputados americanos no pudieron incorporarse a la Junta Central en 1809. La Junta nombró entonces como representante de América a don Miguel de Lardizábal y Uribe. Enseguida acudió al remedio e reconocer como representantes de América a veintiséis americanos que se encontrasen en España.
La Junta Central de Sevilla fue la que designó a Cisneros como virrey del Río de la Plata.


FILIACION IDEOLOGICA DE MAYO:

Fue Alberdi uno de los primeros en sostener que:
“La Revolución de América no era más que una faz de la revolución de España, como lo era ésta de la revolución francesa, como ésta lo era de la transformación porque pasa la Europa desde tres siglos.”

Vicente Sierra, a mediados del siglo XX sostenía un criterio parecido al tucumano:
“Lo primero que cabe advertir en la Revolución de Mayo es que no puede ser comprendida como un hecho local, puesto que fue la expresión, en un determinado ámbito del Imperio Español, de la crisis interna que aquejó a éste, determinando su fraccionamiento.”
En igual sentido Julio V González expresa:

“Si los argentinos emancipados se dieron una democracia liberal y no una autocracia; si proclamaron el principio de la igualdad y no del privilegio; si impusieron la soberanía del pueblo como origen y justificación de toda autoridad, y no la voluntad divina, o los derechos dinásticos, o las prerrogativas aristocráticas; si se entregaron los destinos de la Revolución a una junta popular, en vez de ponerla en manos de un dictador; si sólo fueron a depositar la tarea de constituir el Estado en un congreso representativo, y no en cuerpos o individuos con facultades discrecionales; si crearon instantáneamente las defensas del ciudadano contra los excesos del poder; si previnieron el despotismo dando categoría política a la opinión pública, colocada en función de control de la gestión de los mandatarios; si dieron sólida base al régimen republicano, reglamentando prolijamente las atribuciones de cada poder; si brindaron a los representantes del pueblo con los privilegios e inmunidades parlamentarias; si, en fin, la gloriosa Revolución nuestra tomó en la Asamblea del año XIII el contenido económico-social que le dieron sus leyes sobe abolición de la esclavitud, emancipación del indio, supresión de los mayorazgos y otras de índole semejante, fue porque los patriotas argentinos seguían paso a paso la obra de reconstrucción social y política, que contemporáneamente estaban cumpliendo los partidos españoles con su Revolución…
¿De qué España venía este caudal ideológico a fertilizar la tierra donde los revolucionarios indianos hacían la siembra de la libertad? ¿De la España feudal y absolutista de la corrupta monarquía borbónica o de la España popular y democrática del gran alzamiento? Apenas si hace falta decirlo. Al conjuro de la insurrección que sacudía el despotismo en el propio solar se abrió grávido el seno de la madre patria, para que los hijos de allende el mar cumplieran su destino ya escrito de constituirse en patrias nuevas.


Otros autores como Enrique Ruiz Guiñazú sostiene lo contrario:
"En síntesis, apostillamos el juicio personal nuestro diciendo que, nuestra Revolución nació de un personal encuentro entre el dominio bélico de Napoleón en España cuya gravedad no es posible cercenar y un estado de conciencia cívica de madurez alcanzada tras un largo proceso hispanoamericano, rematado emotivamente por la doctrina de Rousseau e ideas y hechos de la revoluciones francesa y norteamericana con su imprevisible complejidad”.


Influencia de la doctrina tradicional española en la Revolución de Mayo:
Posición del padre Guillermo Furlong:
“Al aseverar que Francisco Suarez fue el filósofo de la Revolución de Mayo, queremos expresar que fué él, y no otro, que dio a los hombres de 1810 la fórmula filosófica-jurídica con la que habrían de abrir, y en efecto abrieron, fácil brecha en el vetusto torreón del coloniaje; fue él, y no otro, quien extendió ante los próceres de 1810 el substráctum ideológico, razonado y firme, sobre el que habrían de levantar, y en efecto levantaron, una nueva estructuración; fórmula que hizo fácil, substractum que hizo seguro razonable, legítimo y noble, el que el viejo Virreinato del Río de la Plata diera por finalizada su subordinación a los reyes de España y se constituyera en nación soberana e independiente. "

Moreno editorializa en la Gazeta aparecida el 13 de noviembre:
“La disolución de la Junta Central ( que sino fue legitima en su origen, revistió al fin el carácter de soberana por el posterior consentimiento, que prestó la América aunque sin libertad ni exámen) restituyó á los pueblos la plenitud de los poderes, que nadie sino ellos mismos podía ejercer, desde que el cautiverio del Rey dexó acephalo el reyno, y sueltos los vínculos que lo constituían centro y cabeza del cuerpo social. En esta dispersión no solo cada pueblo reasumió la autoridad, que de consumo habían conferido á el Monarca, sino que cada hombre debió considerarse en el estado anterior á el pacto social, de que derivan las obligaciones, que ligan a el Rey con sus vasallos. No pretendo con esto reducir los individuos de la Monarquía á la vida errante, que precedió la formación de las sociedades . Los vínculos, que unen el pueblo á el Rey, son distintos de los que unen á los hombres entre si mismos: un pueblo es pueblo, antes de darse á un Rey; y de aquí es que aunque las relaciones sociales entre los pueblos y el Rey, quedasen disueltas ó suspensas por el cautiverio de nuestro Monarca, los vínculos que unen á un hombre con otro en sociedad quedaron subsistentes, porque no dependen de los primeros; y los pueblos no debieron tratar de formarse pueblos pues ya lo era; son de elegir una cabeza, que los rigiese, ó regirse á si mismo según las diversas formas, con que puede constituirse íntegramente el cuerpo moral. Mi proposicion se reduce, á que cada individuo debio tener en la constitución del nuevo poder supremo, igual parte á la que el derecho presume en la constitución primitiva de el que habia desparecido”.

El texto parece tener mayor influencia de los filósofos neotomistas como Vitoria o Suarez que de los ilustrados como Rousseau.. Para los primeros, siguiendo la concepción aristotélica tomista, el hombre nacía en sociedad. Aunque en Suárez la misma sea un acuerdo entre familias:
“Por eso dijo antes Aristóteles que el hombre es naturalmente un animal social y político. Pero contra este principio se arguye que esta propiedad del hombre cumplía suficientemente, parte por medio de la sociedad familiar, parte por medio de la mutua comunicación y amistad recíproca de varias familias o personas de distintas familias…El argumento fundamental debe consistir en que la reunión de hombres en ciudad no se da accidentalmente por razón solamente del pecado o de la corrupción de la naturaleza, sino que de suyo conviene al hombre en cualquier estado y pertenece a su perfección".
Afirma Gustavo Franceschi:
“La doctrina suareciana, más que contractual, debería ser llamada consensual...En síntesis: la sociedad, según Suárez, es una entidad moral, cuyo acto de fundación, por decirlo así, está constituido por la determinación voluntaria de los jefes de familia, que se resuelven a ejecutar actos permanentes que van mas allá del ambiente familiar, y que lo hacen porque así lo exige su naturaleza social, su inclinación a vivir en comunidades duraderas, para mayor bien de todos ellos.”.

Rosseau, afirmaba que:
“violado el pacto social, cada uno vuelve a sus primeros derechos y recupera su libertad natural, perdiendo la libertad convencional por la que renunció a aquélla.”
Es decir que la “vida errante”, al decir de Moreno, no era para nada indeseable en el ginebrino.

Ante la manipulación de las transferencias de soberanías entre las distintas instituciones con asiento en España, a fin de mantener los dominios americanos, la impronta innegable de Moreno afirma el 22 de septiembre en el periódico revolucionario:
“Los derechos de la Soberania son muy sagrados, para que se proceda con ligereza acerca de ellos: es igual crimen reconocer un soberano, que no presenta títulos legítimos de serlo que negar la obediencia á el que ha sido justamente reconocido”.

Gaspar de Jovellanos, polìtico y pensador contemporáneo de los acontecimientos de Mayo algunos de sus escritos fueron publicados en la Gazeta por Mariano Moreno.
Jovellanos diferenciaba soberanía de supremacía:
“Otro tanto se podría decir de la soberanía política, si por tal se entiende aquel poder independiente y supremo de dirigir la acción común que una asociación de hombres establece al constituirse en sociedad civil; porque desde entonces la soberanía ya no reside propiamente en los miembros de la asociación sino en aquel o aquellos agentes que hubiese señalado la Constitución para el ejercicio de aquel poder, y en la forma que hubiese prescrito para su ejercicio.
De aquí es que de ninguna nación constituida en sociedad civil se podrá decir con rigurosa propiedad que es soberana, porque no se puede concebir una Constitución en que el poder independiente de dirigir la acción común haya quedado en la misma asociación tal como estaba en ella antes de constituirse.
Si se considera el carácter o esencia de este derecho (resistencia a la opresión) se hallará de una parte, que es una porción de aquel poder absoluto e independiente que dijimos residir originalmente en toda asociación de hombres o padres de familia reunidos para constituirse en sociedad política, y de otra, que es, por su naturaleza, un poder independiente y supremo, puesto que en su caso es superior a todo poder constitucional.
Cualquier otro poder político tiene su origen en el pacto social; este solo es original, primitivo e inmediatamente derivado de la naturaleza. Es además, un poder político, pues que está reservado y asegurado en la Constitución. Si, pues, es supremo, y si dentro de su esfera y en todo lo que pertenece al logro de su objeto puede obrar, no sólo con total independencia, sino son superioridad a cualquier otro poder derivado de la misma Constitución.
Siendo distintos entre sí el poder que se reserva una nación al constituirse en monarquía del que confiere a monarca para que la presida y gobierne, es claro que estos dos poderes debería enunciarse por dos distintas palabras y que aceptada la palabra soberanía para enunciar al poder del monarca faltaba otra diferente para enunciar el de la nación.
Para evitar equivocaciones se podía adoptar otra palabra que indicase específicamente el poder nacional. ...Me parece que se podría enunciar mejor por el dictado de supremacía nacional que es en su caso más alta y superior a todo cuanto en política se quiera apellidar soberano o supremo.
Cuando una nación señala limites e impone condiciones al ejercicio de los poderes que establece, ¿cómo podrá creerse que, reservándose el poder necesario para hacerlos observar y cumplir, no se reservó el de establecer cuanto la ilustración y la experiencia le hiciese mirar como indispensable para preservación de los derechos reservado en el pacto?”.
“Si los argentinos emancipados se dieron una democracia liberal y no una autocracia; si proclamaron el principio de la igualdad y no del privilegio; si impusieron la soberanía del pueblo como origen y justificación de toda autoridad, y no la voluntad divina, o los derechos dinásticos, o las prerrogativas aristocráticas; si se entregaron los destinos de la Revolución a una junta popular, en vez de ponerla en manos de un dictador; si sólo fueron a depositar la tarea de constituir el Estado en un congreso representativo, y no en cuerpos o individuos con facultades discrecionales; si crearon instantáneamente las defensas del ciudadano contra los excesos del poder; si previnieron el despotismo dando categoría política a la opinión pública, colocada en función de control de la gestión de los mandatarios; si dieron sólida base al régimen republicano, reglamentando prolijamente las atribuciones de cada poder; si brindaron a los representantes del pueblo con los privilegios e inmunidades parlamentarias; si, en fin, la gloriosa Revolución nuestra tomó en la Asamblea del año XIII el contenido económico-social que le dieron sus leyes sobe abolición de la esclavitud, emancipación del indio, supresión de los mayorazgos y otras de índole semejante, fue porque los patriotas argentinos seguían paso a paso la obra de reconstrucción social y política, que contemporáneamente estaban cumpliendo los partidos españoles con su Revolución…
¿De qué España venía este caudal ideológico a fertilizar la tierra donde los revolucionarios indianos hacían la siembra de la libertad? ¿De la España feudal y absolutista de la corrupta monarquía borbónica o de la España popular y democrática del gran alzamiento? Apenas si hace falta decirlo. Al conjuro de la insurrección que sacudía el despotismo en el propio solar se abrió grávido el seno de la madre patria, para que los hijos de allende el mar cumplieran su destino ya escrito de constituirse en patrias nuevas.

Influencia del iluminismo en la Revolución de Mayo:
OPINION DE ALEJANDRO KORN:
"La filosofía moderna, en la forma que le dio la mentalidad francesa en el siglo XVIII, alcanza a informar el movimiento revolucionario de mayo, cuando en los países de su origen ya tramontaba. La influencia que le cupo ejercer entre nosotros, en realidad, fue póstuma.
Si la ultima generación del siglo XVIII ante las corruptelas del viejo régimen había clamado por libertad, la primera del siglo XIX, cansada de la anarquía e inestabilidad, clama por la autoridad capaz de devolver el sosiego al mundo y al espíritu atribulado".


Doctrinas eclécticas:
Halperìn Donghi sostiene que tanto la tradición española como el iluminismo tuvieron influencia, de manera distintas, en la Revolución de Mayo:


“La presencia de elementos ideológicos tradicionales es entonces innegable en la Argentina que comienza su aventura revolucionaria, así como en todo el mundo hispánico atravesado por la crisis de que nuestra revolución es parte. Pero ese legado tradicional no debe interpretarse como un hilo nunca interrumpido que atraviesa a la entera historia de España, desde la Castilla medieval hasta la disolución de la unidad moderna. Por el contrario, se trata de una tradición que acaba de ser redescubierta... el redescubrimiento implica a la vez un repensamiento; examinada a la luz de los principios del naciente liberalismo constitucional y moderado, esa tradición -la más antigua, la más genuina y nacional de todas, termina por identificarse con las enseñanzas propuestas por un movimiento de honda renovación ideológica que avanza en la entera Europa.”
“…Sin duda, pero ese tradicionalismo modernizador se mantiene escrupulosamente en el marco de una lealtad monárquica sin fallas; implica también el mantenimiento del lazo que une a España y sus Indias. Ahora bien, si en su punto de partida el movimiento de Mayo parece aceptar espontáneamente ese doble requisito, bien pronto su trayectoria ir revelando que orientación es diferente. Sin duda, aún entonces, como reflejo de vacilaciones no puramente tácticas, habrá de recordarse más de una vez la justificación que el movimiento prefirió en el momento inicial, pero junto con ella surgir n cada vez con creciente frecuencia otras más capaces de fundamentar no sólo la legitimidad inicial del proceso sino la del curso que éste fue tomando en forma cada vez más abierta.” .




“La América tiene
El mismo derecho
Que tiene la España
De elegir gobierno:
Si aquella se pierde
Por algún evento,
No hemos de seguir
La suerte de aquellos

Viva compatriotas
Nuestro patrio suelo
Y la heroica Junta
De nuestro Gobierno

Canción Patriótica, Eusebio Baldenegro

EL CABILDO ABIERTO DEL 22 DE MAYO:

Como bien señala Enrique Ruiz Guiñazú “El 22 de mayo es la fecha virtual del nacimiento de la Nación Argentina. En ese día se rubrica un acto trascendental, como lo fue efectivamente la asamblea popular que despojara de hecho y de derecho al representante del monarca del poder soberano”
Las noticias traídas de España, por los navíos Ingleses Misteloe y el John Paris, daban cuenta que los franceses se habían apoderado de la ciudad de Sevilla y la consecuente caída de la Junta Central allí erigida, que gobernaba los dominios de España en nombre del rey Fernando VII cautivo de Napoleón. Ello significaba la inexistencia de autoridad alguna en la península.
Pocos días después la Gaceta de la Junta Provisoria de Buenos Aires publica la Proclama impresa en Cádiz y dirigida “ a los Pueblos de América:”. En ella se da cuenta de la conformación de una junta popular en esa ciudad peninsular:
“Mas para que el Gobierno de Cádiz tuviera toda la representación legal y toda la confianza de los ciudadanos, cuyos destinos mas precioso se le confían, se procedió á petición del pueblo y propuesta de su Síndico, a formar una Junta de Gobierno que nombrada solemne y legalmente por la totalidad del vecindario, reuniese los votos, representanse las voluntades, y cuidase los intereses….Junta cuya formación deberá servir de modelo en adelante á los pueblos que quieran elegirse un gobierno representativo digno de su confianza. .
Es decir que la única ciudad que no había sucumbido a las fuerzas francesas en España, aconsejaba a los reinos de América como modelo, el procedimiento que ella había adoptado en la emergencia.
Estas circunstancias y ante la falta de apoyo militar obligó al Virrey Cisneros a aceptar la convocatoria a un cabildo abierto para considerar la situación producida por la acefalía del poder central.

Debates:
Atento que el acta capitular del cabildo de Buenos Aires no da cuenta de la existencia de debates el día 22 de mayo algunos historiadores desconocen que los mismos se hayan producido.
El Dr. Bartolomé Mitre fue quien reconstruyó los supuestos debates en su Historia de Belgrano . Según este autor habría sido el Obispo Lue quien abrió la discusión al sostener:
"Que mientras existiese en España un pedazo de tierra mandado por españoles, ese pedazo de tierra debía mandar en las Américas; y que, mientras existiese un sólo español en las Américas, ese español debía mandar a los americanos".

La opinión contestataria al prelado habría provenido del Dr. Castelli quien sostuvo que:
"América no dependía de España, sino del Monarca a quien había jurado obediencia ...Al pueblo corresponde reasumir la soberanía del monarca, e instituir en representación suya un gobierno que vele por su seguridad".

La refutación a Castelli fue hecha por el fiscal de la Audiencia Dr. Villota quien:

“aceptando hipotéticamente el punto de partida de que perdida la España la soberanía del monarca retrovertía a los pueblos de hecho o de derecho... no podía ejercerse por una sola provincia sino por todas las provincias representadas por sus diputados reunidos en congreso, abogando así el derecho de las mayorías legales, y negó a una simple minoría la facultad de estatuir por sí en lo que a todos interesaba y competía, comprometiendo a la comunidad en una serie de trastornos radicales, por lo que concluyó aconsejando debía aplazarse el voto hasta tanto que todas las partes pudiesen ser consultadas, sin perjuicio de que se asociasen al virrey dos miembros de la Audiencia, por ser una corporación que derivaba igualmente de la soberanía del monarca.”

El Dr. Passo respondió la sólida argumentación del fiscal español según Mitre:
“Presentó a Buenos Aires como una hermana mayor que en una grave emergencia de familia asume la gestión de sus negocios, con el propósito de ser útil a sus administrados cuyos intereses por lo mismo que son comunes son solidarios, y deben ser mejor consultados por los hijos de un común origen, sin perjuicio de consultar a todos oportunamente...lo que equivalía a proclamar el derecho supremo del revolución en nombre de la necesidad o de la conveniencia, o sea de hecho. Esta fue la fórmula política de la revolución de Mayo.”


INTERPRETACION DE MORENO EN SU ARTÍCULO DE LA GACETA " SOBRE LA MISION DEL CONGRESO"
"La disolución de la Junta Central...restituyó a los pueblos la plenitud de los poderes que nadie sino ellos podían ejercer desde que el cautiverio del Rey dejó acéfalo el Reino y sueltos los vínculos que lo constituían centro y cabeza del cuerpo social...Buenos Aires no debió erigir por si sola una autoridad, extensiva a pueblos que no habían concurrido con su sufragio a su instalación. El inminente peligro de la demora y la urgencia con que la naturaleza excita a los hombres a ejecutar cada uno por su parte lo que debe ser obra simultánea de todos, legitimaron la formación de un gobierno que ejerciese los derechos que improvisadamente habían devuelto al pueblo, y que era preciso depositar prontamente para precaverse los horrores de la confusión y la anarquía; pero este pueblo, siempre grande, siempre generoso, siempre justo en sus resoluciones, no quiso usurpar a las más pequeña aldea la parte que debía tener en la erección del nuevo gobierno; no se prevaleció del ascendiente que las relaciones de la capital proporcionan sobre las provincias; estableciendo la Junta, le impuso la calidad de provisoria, limitando su duración hasta la celebración del Congreso, y encomendando a éste la instalación de un gobierno firme, para que fuere obra de todos lo que tocaba a todos igualmente.".


La política inglesa con la juntas populares:
La objeción inglesa a la regencia de Carlota radica en su lejanía con la realidad hispana. Lo cual no es más que un pretexto, pues la casa de Sicilia, estando próxima, tampoco es del agrado inglés.
Si bien Canning le instruye al embajor británico en España Frere que debe alentar que la regencia esté en manos de la familia real española y no a cargo de “autoridades temporarias”, como las juntas populares españolas, sin embargo le ordena que:
“V.E. no se puede esforzar demasiado en desalentar cualquier tipo de gobierno por comités o por presidentes periódicos elegidos popularmente”.

En esto radica, en mi opinión, la mayor divergencia con Castlereagh que, empecidamente, es partidario de las autoridades proveniente de las casas reales.
De la lectura de las instrucciones a Frere, se infiere que Canning prefiere las juntas populares, aunque en apariencia se incline por alguna autoridad dinástica española. Es ocioso recordar que es ministro de Jorge III.
Canning percibe que la lucha efectiva contra Napoleón la mantienen las juntas populares españolas. Que la intromisión de las casas borbónicas complicaría la guerra en disputas que podían llevar al fracaso de la misma. Si como están las cosas van bien, para que cambiar. Es posible que su condición plebeya lo ayude a un pragmatismo que considera necesario. Por el contrario Castlereagh, perteneciente a la nobleza, tiene un instintiva desconfianza a los “presidentes periódicos elegidos popularmente”.
La aparente concesión a la elevación a la regencia española por parte del Obispo de Toledo es otra excusa. Un acuerdo entre todas las partes era impracticable en la España de aquellos días, donde el autonomismo había estallado en un sentido revolucionario y liberal.
Las instrucciones a Frere finalizan con una regla directriz que será permanente para Inglaterra con regencia a España y sus colonias:
“Su Majestad ha manifestado repetidas veces, del modo más solemne su determinación, en tanto concierna a su Majestad de mantener la integridad e independencia de la monarquía española. Su Majestad en ningún caso renunciará a ese compromiso. Pero no debe entenderse como que se involucra a su Majestades el caso desdichado del fracaso de la causa de España en Europa o/ en el caso aún más improbable de un compromiso entre España y Francia ya sea de prestar su asistencia para conservar las colonias a España subyugada, o de abstenerse, si se le solicita, de reconocer o aún ayudar su independencia”.

La amistad entre Castlereagh y Canning se quebró, en esos días, con un formal duelo para el cual debieron renunciar a sus cargos en el gabinete. El último quedó mal herido. En 1812 se reintegra Castlereagh al gabinete inglés como primer ministro. Canning recién logró volver, con idéntico cargo, cuando Castlereagh se suicida en 1821.
A pesar del alejamiento de Canning del gobierno inglés esta política se continúa sin alteraciones. Ella es la matriz de la conducta que Lord Strangford seguiría con referencia a la Junta de Gobierno de Buenos Aires, dos años después, y Wellesley con referencia a todas las colonias españolas en América que proclamaban la autonomía y aún la independencia. De esto último da cuenta la misión de Matías Irigoyen en Londres de 1810.

Rechazo a la incorporación a la Soberana Asamblea del año XIII de los diputados de la Banda Oriental del Uruguay:
Sesion del miércoles 9 de junio: El Redactor de la Asamblea, publica la determinación de la Asamblea de rechazar los diputados de la Banda Oriental del Uruguay debido a que sus poderes eran: “absolutamente nulos por incontestables principios”.
Tangencialmente la idea de si la soberanía había retrotraído a los pueblos o a la nación, como consecuencia de la vacancia del poder español en 1810, se plantea al tratar la moción hecha por Carlos María de Alvear:
• “para que se declarase que los diputados de los pueblos son diputados de la nacion, y que una vez constituidos en la Asamblea general, su inmediato representado es el todo de las provincias unidas colectivamente, quedando en consecuencia sujeta su conducta al juicio de la nacion, y garantida por esta misma la inviolabilidad de sus personas: discutido el punto con la debida reflexion, acordó la Asamblea constituyente el decreto que sigue:
Los diputados de las provincias unidas, son diputados de la nacion en general, sin perder por esto la denominación del pueblo á que deben su nombramiento, no pudiendo de ningun modo obrar en comision.”
Sostiene Chiaramonte:
“La cuestión de la representación fue, entonces, central a los conflictos políticos de la primera mitad el siglo por cuanto constituía uno de los rasgos definitorios de la posesión o carencia de calidad soberana de los “pueblos”… Con la citada resolución de la Asamblea del año XIII los partidarios de un Estado centralizado, y por tanto enemigos de la unión confederal, querían conferir a la representación política la calidad de emanar de una supuesta nación preexistente que por medio de una asamblea constituyente decidía al respecto de la forma de organizar su existencia mientras para los pueblos afectados, como más tarde para las provincias, tal medida significaba negarles la liberad de pactar, al desaparecer el requisito previo de su consentimiento para ingresar al estado que se quisiera formar”.


Desde el primer momento del proceso que conduciría a la independencia, la representación política, correspondiendo a las características corporativas de la sociedad rioplatense y a la dominante función política de la ciudad fue concebida según la figura del mandato imperativo. Esto es el diputado como apoderado despueblo que elegía, portador de sus instrucciones que delimitaba estrictamente su comportamiento al estilo antiguo de la representación de las ciudades en las cortes castellanas.
Dice Jovellanos:
“El origen de la representación popular es tan antiguo como nuestra Constitución, según se ve en la actas de los Concilios o Cortes góticas, cuyos decretos se promulgaban solemnemente ante el pueblo de la capital y eran aceptados y como sancionados por él.”

Siguiendo esta línea de pensamiento Mariano Moreno escribía en la Gaceta del 13 de noviembre de 1810:
“que debiendo considerarse el poder supremo que resulte de la elección, no un representante del Rey, que no lo nombró; sino un representante de los pueblos que por falta de Monarca lo han colocado en el lugar que aquel ocupaba por derivación de los mismos pueblos, debe recibir de los representantes que lo eligen la norma de su conducta, y respetar en la nueva constitución, que se prefixe, el verdadero pacto social, en que únicamente puede estribar la duración de los poderes, que se le confian.”

En Artigas vemos su inclinación a la figura jurídica del mandato imperativo de la representación política

Mientras que los centralistas pretendían imponer un concepto de representación libre, que convertía a los miembros de Congreso constituyente en diputados de la nación, negaban la calidad soberana de los pueblos que los habían elegido.

Dice Chiaramonte:
“La cuestión de la representación fue, entonces, central a los conflictos políticos de la primera mitad el siglo por cuanto constituía uno de los rasgos definitorios de la posesión o carencia de calidad soberana de los “pueblos”…Con la citada resolución de el Asamblea del año XIII los partidarios de un Estado centralizado, y por tanto enemigos de la unión confederal, querían conferir a la representación política la calidad de emanar de una supuesta nación preexistente que por medio e una asamblea constituyente decidía al respecto de la forma de organizar su existencia mientras para los pueblos afectados, como más tarde para las provincias, tal medida significaba negarles la liberad de pactar, al desaparecer el requisito previo de su consentimiento para ingresar al estado que se quisiera formar”.

Artigas convocaba consultaba las grandes decisiones a convocatorias a congresos provinciales o federales integrados por diputados elegidos popularmente semejante a las tradiciones congresos españolas de procuradores de ciudades y villas. (Congreso de la Arena, Tres cruces, de Montiel, de Oriente)

Contrariamente a las corrientes centralista, principalmente los unitarios y en particular Rivadavia que los abolió, Artigas le confiere principal importancia institucional a los cabildos. A ellos le confía el poder judicial en su Constitución Territorial y la responsabilidad de elegir tres delegados para la sala de de representantes (20 cabildos).
Artigas espresaba con claridad que “la soberanía particular de los pueblos, será precisamente declarada y ostentada como objeto único de nuestra Revolución”.

Corrientes ideológicas en la formación constitucional rioplatense:

Expresa el Dr. Alberbo Demichelli:
En verdad, la labor "práctica" de la Asamblea fue nimia y esporádica, dado que dispensó su actividad en decisiones "legislativas" intrascendentes, y en asuntos de política menuda sin estructurar la anhelada Carta que constituía el objeto mismo de su convocatoria y su propia razón de ser. No obstante, fue tan fecundo el "material" que se elaboró a raíz de su instalación, que en ‚l encuentra luego su verdadero cauce el constitucionalismo del Río de la Plata. Este precedente nunca se ha destacado bastante ni comprendido bien hasta ahora, permaneciendo aquellos decisivos proyectos iniciales punto menos que ignorados, sin que nadie les diera en ningún momento la importancia histórica y exegética que realmente tienen, tanto en sus recíprocas coincidencias en la bases orgánicas fundamentales, como en la perfilación misma de las dos grandes corrientes unitaria y federal, que nacen entonces y se encuazan luego en el tecnicismo constitucional de 1830 y de 1853.-
"Estas dos grandes corrientes políticas - la unitaria y la federal- llegan juntas al Río de la Plata vestidas con el prestigio de las dos revoluciones del siglo XVIII, la de Norteamérica con su federalismo al modo de Montesquieu y la de Francia, con el unitarismo de 1791, a la manera de Rousseau. La primera arraiga al principio en Montevideo, y la otra lo hace en Buenos Aires. Se diseña así sobre el ancho río la cruz de los caminos políticos del mundo, siendo menester oterar en ellos con profunda sagacidad y cautela, para evitar posibles confusiones y extravíos. El federalismo llega con la clásica fórmula tripartita en su m s rígida aplicación - al modo de 1787-, con su Ejecutivo unipersonal o presidencial, su Legislativo doble integrado por las cámaras de senadores y de representantes, y su Poder Judicial independiente y múltiple, disperso en todo el territorio. Este sistema político es de tipo representativo ya que los tres poderes públicos encarnan a idéntico titulo la soberanía del Estado, que cada uno representa con igual derecho en su respectiva función especializada. Dentro de la Federación, el sistema es dual, aplicándose exactamente esas mismas fórmulas orgánicas tanto en el orden del gobierno nacional, que integra la Unión de los Estados, como en el orden del gobierno local o territorial, formado particularmente por cada Provincia o Estado. La división de poderes y la independencia política e igualdad jurídica de éstos son particularmente aptas para el desarrollo del sistema federal- representativo.
El unitarismo, en cambio, tiene exigencias orgánicas absolutamente opuestas. Se funda en la existencia de un "yo Común" del que emerge la voluntad general y la soberanía absoluta e indivisible del Estado. Admite la separación de los poderes públicos, pero aplica la fórmula de modo flexible, consagrando la primacía política del Cámara de origen popular, por ser el órgano publico que encarna en mejor grado la voluntad común. Es pues, de tendencia parlamentaria, y propende al unicameralismo legislativo. Por la misma causa, tiende a la organización pluripersonal del Poder Ejecutivo, con marcada inclinación al gobierno ministerial, confiado a los agentes de la asamblea del pueblo. Por este procedimiento, procura concentrar el poder en esa ultima, asegurando su predominio práctico dentro del Estado.


La formación de las provincias argentinas:

Primera etapa:
Por decreto del 19 de noviembre de 1813 el triunvirato fracciona a la intendencias de Córdoba del Tucumán las provincias de cuyo con capital Mendoza. Sigue con Córdoba La Rioja.
Por decreto del triunvirato del 8 de octubre de 1814 fueron separadas Tucumán y Salta. Santiago del Estero y e Catamarca estarán con Tucumán. Salta Jujuy y , Orán Tarija y Santa María estarán con la provincia de Salta.
A principio de 1815 existían las siguientes provincias:
Provincia de Buenos Aires con dependencia de Santa Fe.
Entre Ríos;
Corrientes que comprendía Misiones
Tucumán (Santiago del Estero y Catamarca)
Salta (abarcando a Jujuy y Tarija
Estado Oriental,
Córdoba (abarcaba a La Rioja)
Cuyo (San Luis, San Juan y Mendoza.

En la asamblea el año XIII se convocó a las ciudades de Bs. As., Catamarca, córdoba, corrientes, entre Ríos Jujuy, Luján , Mendoza, La Rioja, Salta, San Juan, San Luis, Santa Fe, Santiago del Estero y Tucumán. Montevideo y Maldonado. Luego se agregó la representación de Misiones.
En el congreso de Tucumán se convocan a las provincias a proporciòn de 15,000 habitantes o fracción mayor de 7.500.
Segunda etapa:
Corrientes.
El 20 de abril de 1814 el cabildo correntino declara la independencia de la Provincia bajo el sistema federativo.
Un Congreso Provincial de repre¬sentantes de la capital y departamentos dictó el 11 de diciembre la primera constitución correntina: el Reglamento Pro¬visorio" de 1821, que reformado en 1824, duró hasta 1857.
Entre Ríos.
Tras la muerte de Ramírez, el coronel porteño Lucio Mansilla, hasta entonces a las órdenes del Supremo Entrerriano, se dicta el Estatuto de 1822.
Santa Fe.
Estanislao López, gobernador desde 1818, se mantuvo hasta su fallecimiento veinte años más tarde.
El Estatuto de Santa Fe de 1819, no obstante llamarse provisorio, re¬giría con pocas modificaciones hasta 1841.
Córdoba.
A consecuencia de la sublevación de Arequito, el 5 de enero de 1820, el cabildo de Córdoba depuso al gobernador-intendente Ma¬nuel Antonio de Castro, nombrando gobernador y capitán general, autónomo, a Juan Bautista Bustos contra las pretensiones del coronel José María Paz.
Bustos reunió el congreso provincial que dio el Reglamento del 30 de enero de 1821.

Tucumán:
La sublevación de la Ciudadela en noviembre de 1819 hizo que Bernabé Aráoz fuese elegido gobernador de Tucumán (San Miguel, Catamarca y Santiago del Estero) por un cabildo abierto de la capital de la provincia del 14 de noviembre "mientras la direc¬ción
El 27 de abril de 1820. Reunidos sola¬mente tres de los diputados de Tucumán y Catamarca (porque uno de esta última se retiró), votaron la Constitución de la República Federal de Tucumán el 24 de setiembre, aniversario de la batalla de Tucumán.
Santiago del Estero.
Emancipada de Tucumán el 27 de abril de 1820, el general Juan Felipe Ibarra fue elegido gobernador en comicios populares. No se dictó un código constitucional.
Catamarca.
El 25 de agosto (1821) declaró su autonomía de la República de Tucumán en un cabildo abierto de 52 'vecinos espectables". Se reco¬noció como gobernador el cabildo

Mendoza.
Después de las convulsiones ocurridas en Cuyo por la rebelión de los Cazadores de los Andes en San Juan el 9 de enero de 1820, un cabildo mendocino de "la parte principal y respetable del vecinda¬rio" eligió gobernador a Tomás Godoy Cruz el 3 de julio.
San Juan.
La sublevación del 1° de los Cazadores de los Andes puso a su jefe, el porteño Mariano Mendizábal, como "teniente-gobernador" de San Juan. El 1 de marzo se declara "la independencia de la Provincia" .
San Luis.
El 1 de marzo de 1820 se instaló el Cabildo-Gobernador de San Luis presidido por el doctor José Santos Ortiz. La costumbre hizo que al alcalde de primer voto se lo llamase gobernador: Ortiz, reelec¬to en el cargo, duraría —con intermitencias— hasta marzo de 1829 en que fue reemplazado por Prudencio Guiñazú.
En 1832 se dicta el Estatuto constitucional —una Junta Consultiva, nuevo nombre de la "Junta Electoral de Oficios Concejiles", cumplió las fun¬ciones de sala— y José Gregorio Calderón fue elegido gobernador. Duraría hasta 1840.
Salta.
Desde la elección popular de Güemes el 6 de mayo de 1815, Salta se gobernó con virtual autonomía de Buenos Aires. Muerto el caudillo, el partido de los patriotas nuevos, enemigo de Güemes, eligió al coronel José Antonio Fernández Cornejo que gobernó con la cons¬titución de 1821 redactada por el doctor Facundo Zuviría, sobre el modelo de la nacional de 1819.

Nacimiento de la Provincia de Buenos Aires:

La crisis del año xx:

LOS PROTAGONISTAS:


Los pueblos Libres

Nutría sus fuerzas en el instinto de las masas, y luchaban a través de sus caudillos por ver fundidas la armadura política del país en los moldes que representaban las ideas de “República y Federación”.
Las ideas del constitucionalismo norteamericano se hicieron carne en los pueblos libres rioplatenses.
Reconocían como Jefe a José Artigas a cuyo lado crecieron otros caudillos como Francisco Ramírez en Entre Ríos y Estanislao López en Santa Fe.
Artigas, quien bregó desde el inicio del proceso por mantener la unidad espiritual, política y territorial del estado que representaba a una nación preexistente a 1810, propugnaba un nuevo orden social e institucional en la medida que lo permitían la época y el escenario.
Los caudillos sostenían que existía una alianza militar ente el Director y el gobierno lusitano para acabar con la existencia republicana federal. Que también se hacía gestiones ante las potencias europeas con el firme propósito de coronar un monarca en el plata y que se gobernaba despóticamente desde Buenos Airea al resto de las Provincias.
Señala René Orsi que:“En la misma línea de pensamiento sobresalen otros contemporáneos que encarnaron como el caudillo federal, aunque en diferente escala, la acendrada vocación transformadora, el sentido de una ejecutoria nacida al calor del ideario geopolítico que había impulsado a los españoles a establecer el virreinato de Buenos Aires. Ellos sobre todo son José Moldes, Manuel Dorrego, Francisco Antonio Cadioti, José Antonio Cabrera, Eduardo Pérez Bulnes, Miguel Calixto del Corro. Miguel Barreiro, Vicente Pazos Kanki, Manuel Luis Oliden, Joaquín Suárez, Domingo French, Juan Agustín Maza, Manuel Moreno y Andrés Guacurari” .

Los Directoriales:
La logia Lautaro había dirigido desde Buenos Aires los años iniciales de la Revolución de Mayo.
Fueron ellos los que crearon los ejércitos libertadores y declararon la independencia en Tucumán.
Consustanciados con las ideas europeas donde muchos de ellos habían sido educados, vivían funcionales a la cambiante situación de una Europa en transición. Sus distintos emisarios iban sugiriendo la política exterior.
Así que se negaron a declarar la independencia en el XIII, como la reclamaban las masas populares, por ser contraria a la política británica de garantizar la integridad de la monarquía española en su lucha contra Napoleón.
Buscaron un testa noble para coronarla en el Plata: el Príncipe Francisco de Paula y los franceses Luis Felipe de Orleans y Carlos Luis Borbón príncipe de Luca.
El vasallaje lusitano, que también fue objeto de especulaciones, no sólo le aseguraba la línea dinástica sino la eliminación de la resistencia de los pueblos libres. El congreso de Tucumán, principalmente los miembros de la comisión de Relaciones Exteriores, fueron los que acompañaron la política pro-portuguesa.
Terminaron en fracasos en parte por los mismos sucesos de Europa que trataban de corresponder y, principalmente, por la reacción de los pueblos libres liderados por Artigas.
René Orsi, en acertada síntesis, afirma que “los hombres que formaron el partido centralista, advertidos de la imposibilidad de contener el desenvolvimiento dialéctico de la insurgencia generalizada, decidieron retrogradar al pasado cuanto antes, ya fuere a través de un commonwealth a la española conforme a las gestiones de Sarratea y Rivadavia cerca de los ministros de Fernando VII o haciendo jugar preferentemente el proyecto de integración constitucional con el reino del Brasil, estructurado y convenido en secreto por Manuel José García, Nicolás Herrera, Gregorio Tagle e Ignacio Álvarez Thomas, y llevado adelante eliminando obstáculos durante el gobierno de Pueyrredón”.

Los estancieros:
Rosas expresaba mejor que nadie el nuevo estadio de la economía bonaerense en los fines de los años X: la estancia. Es decir el establecimiento que en forma permanente, debido a la extinción del cimarrón, hubo que establecer en el desierto a fin de criar y comercializar el ganado. La clase de los ganaderos tenía intereses diferentes a la tradicional burguesía comercial de carácter importadora-exportadora de Buenos Aires que se beneficiaba con la preponderancia del puerto único.
La actividad de esa clase social era una de las causas de las guerras civiles pues los productos de importación arruinaban las producciones regionales.
Para los estancieros la guerra civil y los malones indios eran sus peores enemigos pues arrasaban con el ganado y diezmaban la población de la campaña.
Al constituirse la provincia de Buenos Aires, en el año XX, la campaña bonaerense reclama la representación institucional que le corresponde en la misma. Las designaciones de los gobernadores en el cabildo de Luján expresan esta voluntad de la campaña que Buenos Aires se resiste a aceptar, acostumbrada, desde la administración española, a no compartir el poder.
Rosas es la figura que al decir de Levene “encarna el concepto de la unidad de la campaña y la ciudad” . De allí la importancia que el joven estanciero cobrará en la crisis del XX donde comienza su vida pública.


LOS ASPECTOS MILITARES:
La desaparición de los ejércitos nacionales:
El régimen directorial basaba su poder militar en dos ejércitos nacionales: el de los Andes creado por San Martín y el conocido como Ejército del Norte cuya dirección fue permanentemente fluctuando de jefes. Este último se subleva en la posta de Arequito en razón de que estaba formado en la mística de la lucha con el español y no quería volver las armas contra sus compatriotas.
El jefe de la sublevación, el coronel Juan Bau¬tista Bustos, declaró su neutralidad en la lucha que sostenían el Directorio y los representantes de Artigas, aunque daba por hecho la caída del gobierno de Buenos Aires.
Como bien lo expresa Joaquín Pérez: “Conjuntamente con la determinación de San Martín de no intervenir con su ejército en la guerra se aclaraba el horizonte militar para los caudillos federales, perdía vigencia el plan de expectación ordenado por Artigas y quedaba el camino libre para marchar sobre Buenos Aires donde Rondeau, que sucedió a Pueyrredón, apresuradamente trababa de organizar un nuevo ejército.
En el campo directorial, la Logia Lautaro quedó en el descon¬cierto y anarquizada frente a la difícil posición en que la había dejado la pérdida de aquellos dos ejércitos. Tenían la sensación que políticamente habían sido superados por otro mundo de ideas, que dejando de lado las capas superiores había llegado al fondo mismo del sentimiento de las masas, reavivando su provincialismo y fer¬vorizando un ideal republicano que volvió el destino de la revolu¬ción al cauce de Mayo”.


El ejército de Rondeau:
Tomó Rondeau el mando el ejército de observación al mando de Viamonte compuesto de veteranos, mal adiestrados y esclavos comprados a último momento y sin instrucción. No pasan de 1500 hombres .

El ejército de Juan Ramón Balcarse:
Estaba formado por la infantería del ejército de Rondeau que se salvó casi intacta de la derrota de Cepeda al mando de Balcarse quien la condujo hasta San Nicolás. Apoyaba al partido directorial

El ejercito de Soler
El ejército de Soler: Durante el breve interregno del Director sustituto D. Juan Pedro Aguirre se crearon dos ejércitos uno “Exterior” al mando del general Miguel E. Soler, y otro “Interior” bajo las órdenes de José Viamonte. Apoyaba al partido federal.

“Los colorados del Monte”:
En su primera memoria de Rosas de febrero de 1819 propone la creación de la "sociedad de Labradores y Hacendados", para actuar conjuntamente con la policía del campo".
Rosas no era partidario de las expediciones militares contra el indio, pero sí de una colonización de tipo militar.-
Por 1820 Rosas escribió su segunda Memoria: “la campaña de Buenos Aires necesitaba disfrutar de la felicidad de la paz”. Ricardo Levene afirma que: “En el desorden de ese medio social de la campaña de 1820 "que hoy lloramos", nacieron los conceptos enunciados de Juan Manuel de Rosas sobre la necesidad del orden y las garantías a la propiedad, la conquista del campo vacío entre las estancias y las tolderías, la formación de una milicia regular, el trato pacífico con los indios y el procedimiento ejecutivo, con facultades extraordinarias, delegadas en favor de los hacendados y labradores”.
El Director Supremo Martín de Pueyrredón dictó el 30 de abril de 1819 una resolución que autorizaba a los hacendados a “levantar y costear” a sus expensas una fuerza veterana, a disposición de ellos, para cubrir la línea de fronteras, situándola en localidades avanzadas a la nueva demarcación, teniendo en cuenta lo aconsejado en la “memoria” de Rosas.
Esto fue el origen de los “colorados del Monte” fuerzas veteranas que Rosas supo organizar y disciplinar y que aumentó notablemente su poder en la campaña, y que, como se verá, ante la desaparición de los ejércitos nacionales, gravitaría en forma decisiva en los conflictos del año XX.

El ejército de Pagola:
Estaba formado por las tropas de infantería salvadas de la derrota de Soler en Cañada de la Cruz. Contaba aproximadamente con 600 hombres. Apoyaba al partido federal.

LA BATALLA DE CEPEDA
El primero de febrero de 1820 Ramírez y López atacan el campamento de Rondeau en la cañada de Cepeda. Una sola carga basta para desmoronar a los directoriales en lo que Diego Luis Molinari denominó “la batalla del minuto y la definición del siglo”. Solo la infantería al mando de Balcarse logró escapar a San Nicolás y salvarse del desastre.
Aún cuando Artigas no tomara personalmente la dirección de la campaña sobre Buenos Aires, ocupado como estaba entonces en la jefatura de su invasión al propio territorio de los lusitanos, y sobre quienes acababa de obtener el triunfo de Guirapuitá, no por eso dejaba de ser el comandante su¬premo de la campaña.
Ramírez, que actuaba en calidad de jefe militar de las fuerzas triunfantes en Cepeda, reconocía su dependencia de Artigas y seguía sus órdenes, según él mismo específicamente lo declaraba y lo hacia constar en diversos documentos.
Así, en el cambio de oficios que precedió a la batalla, Ramírez y López expresaban al Director Rondeau el 13 de noviembre de 1819: “S. E. el general Artigas por el clamor de los pueblos nos manda exigir del Directorio, antes de entrar en avenimiento alguno, la declaratoria de guerra contra los portugueses que ocupan la Banda Oriental, y el establecimiento de su gobierno elegido por la voluntad de las provincias, que administre por base el sistema de la Federa¬ción, por el que han suspirado todos los pueblos desde el principio de la revolución”.
A esta muestra de aquella subordinación a las órdenes de Arti¬gas, podemos añadir otra más contundente. Refiriéndose a las ten¬tativas de paz que propició Rondeau poco antes de Cepeda, le escribe Ramírez a Artigas, el 27 de diciembre de 1819: "Ciertamente que Rondeau solo quiso salir de los apuros en que lo ponía mi aproxima-ción a Luján, cuando me propuso la entrevista que acepté porque estaba en nuestros intereses como insinué a V. E. en mis anteriores; entonces y siempre no admitiré otra paz que la que tenga por base la declaración de guerra contra el rey don Juan, como V.E. quiere y manifiesta en su oficio último".
Estas palabras de Ramírez no dejan un asomo de duda respecto de su dependencia de Artigas y de las instrucciones terminantes que tenía de exigir la declaración de guerra a los portugueses para recuperar la Banda Oriental.
López les hizo saber a los dirigentes porteños en forma clara y ter¬minante el pensamiento federal: “nuestras pretensiones son jus¬tas, y sin ellas no hay libertad: desaparezca de entre nosotros el Congreso y Directorio de Buenos Aires para que libre aquel pueblo benemérito de la horrorosa opresión a que se halla reducido, elija un gobierno que poniéndolo a cubierto de los males que lo devoran pue¬da acordar con los de las otras provincias cuando conduzca al bien de todas…En vano será que se hagan refor¬mas por la administración, que se anulen constituciones, que se ad¬mita un sistema federal; todo es inútil si no es la obra del pueblo en completa libertad”.
También proclamaron a la provincia, en forma que daba en tie¬rra con toda aquella propaganda que los presentaba como semibár¬baros, que entrarían a saco en Buenos Aires: " Marchamos sobre la capital, no para talar vuestra campaña, multar vuestras personas, ni para mezclarnos en vues¬tras deliberaciones, sí para castigar a los tiranos cuando fuesen tan necios, que os hagan pretender el mando con que casi os han vuel¬to a la esclavitud. Apenas nos anunciéis, que os gobernáis libremen¬te, nos retiraremos a nuestras provincias a celebrar los triunfos de la nación, y a tocar los resortes de nuestro poder para que no se di¬late el día grande en que reunidos los pueblos bajo la dirección de un gobierno paternal establecido por la voluntad general, podamos asegurar que hemos concluido la difícil obra de nuestra generación política”.

EL NACIMIENTO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES:
La imposición de los vencedores de Cepeda de terminar con la administración directorial determinaron la disolución del “Congreso de la independencia, que había manchado su gloria de julio de 1816 con sus hechos posteriores” como, asimismo, la renuncia del Director Supremo Rondeau.
Los caudillos no aceptaron la autoridad del director sustituto Juan Pedro Aguirre ni la comisión pro-paz designada por el Cabildo.
"Hoy hé recibido la muy estimable comunicación de V. S. S. de 10 del corriente -decía Ramírez- y aunque me complacería en que V. S. S. llegasen a este Cuartel General a poner en ejecución los encargos del Exmo. Cabildo, debo advertir a V. S. S., para evi¬tarles las incomodidades de una marcha infructuosa, que mientras sus poderes no emanen de la autoridad que el pueblo de Buenos Aires elija en completa libertad, no escucharé proposición alguna de avenimiento”.
El cabildo cediendo la presión de los federales convoca a un cabildo abierto que elige a los componentes de la nueva legislatura. Nacía la Provincia de Buenos Aires.
Inmediatamente se llevó a cabo la votación, al término de la cual resultaron electos como representantes del pueblo de la ciudad los ciudadanos siguientes: Juan José Anchorena, Juan Pedro Aguirre, Vicente López, Victoria García de Zúñiga, Tomás Anchorena, Juan José Paso, Antonio José Escalada, Manuel Obligado, Vicente Anastasio Echeverría, Sebastián Lezica. Manuel Luis Oliden y Manuel Sarratea. Los más votados, Juan José Anchorena y Vicente Anastasio Echeverría, reunieron, 50 votos cada uno, y Manuel Obligado, al totalizar 9 votos, quedó también consa¬grado como representante de una ciudad de 60.000 habitantes, sin que ello fuera óbice para que el Cabildo y el editor de la "Gaceta", extremasen los términos al ponderar aquella elección "popular".
Advierte Pérez que: “Estos doce representantes electos, salvo Sarratea y OIiden, pertenecían a las filas del partido directorial, aunque en su mayor número a la parte más moderada del mismo”.
Dice Levene: “Tal Junta de Representantes se había constituido consultado la voluntad de una parte del pueblo de la Capital, sin intervención alguna de la campaña. Así es que en su primera sesión- la madrugada del día 17- en seguida de nombraron presidente de la misma a un hombre representativo de la Revolución de Mayo Juan José Paso, se eligió gobernador provisional a Manuel de Sarratea hasta que pudiera reunirse el voto de la campaña. Este nombramiento fue bien recibido, aunque debe admitirse que se desplegaron para realizarlo influencias eficaces del lado de los vencedores”.

EL GOBIERNO DE SARRATEA:

El 18 de febrero era designado por la Junta como gobernador don Manuel de Sarratea, que era un ex miembro del partido directorial, ex triunviro y agente diplomático en Río de Janeiro, Londres, y Madrid. Debía su nombramiento al espaldarazo de López y Ramírez y no al hecho que tuviera ascendencia política o militar en la Provincia.
El juramento que prestó Sarratea meses después - el 2 de mayo- dice así "Juráis por Dios nuestro Señor, por estos Santos Evangelios y prometéis a la Patria reconocer la Soberanía de la Provincia en la presente Junta de Representanes obedeciendo y haciendo ejecutar todas las órdenes y demás resoluciones que emane de ella?.

El Tratado del Pilar:
Con los “plenos poderes” dados por la Junta de Representantes, el gobernador de Buenos Aires Manuel de Sarratea llega al campamento de los federales el 22 de febrero donde al otro día se redacta y se firma el Tratado de la Capilla del Pilar.
Las cláusulas más significativas del mismo las podemos condensar en las siguientes:
Artículo 1°: Que el voto de la nación y muy en particular en las provincias de su mando respecto al sistema de gobierno que deba regirlas, se ha pronunciado en favor de la federación...A este fin elegido que sea por cada provincia popularmente su respectivo representante, debe los tres reunirse en el convento de San Lorenzo de la provincia de Santa Fe a los sesenta días contados desde la ratificación de esta convención..."
Artículo 2°: Cesan las hostilidades, desde hoy retirándose las divisiones beligerantes de Santa Fe y Entre Ríos a sus respectivas provincias.
Artículo 3°: Los gobiernos de Santa Fe y Entre Ríos recuerdan a la heroica provincia de Buenos Aires, cuna de la libertad de la nación el estado difícil y peligroso a que se ven reducidos aquellos pueblos hermanos por la invasión con que los amenaza una potencia extranjera que con respetables fuerza oprime la provincia aliada de la Banda Oriental.
“…Dejan a la reflexión de unos de los ciudadanos tan interesados en la independencia y felicidad nacional…y aguardan de su generosidad y patriotismo auxilios proporcionados a lo arduo de la empresa”.
Artículo 7°: La deposición de la antecedente administración ha sido la obra de la voluntad general por la repetición crímenes, con que comprometía la libertad de la nación...ella debe responder en juicio público ante el tribunal que al efecto se nombre.-
Artículo 10°: Las partes contratantes están convencidas de todo los artículos son conformes con los sentimientos y deseos del Exmo. Capital general de la Banda Oriental D. José Artigas ...han acordado remitirle copia de esta acta...."
Capilla del Pilar a 23 de febrero de 1820. Manuel de Sarratea , Francisco Ramirez; Estanislao López.-
Es así como la persona política de Ramírez aparece firmando el tratado con el título de "Gobernador de la provincia de Entre Ríos", sin que nunca hasta entonces, salvo en el armisticio celebrado con Soler algunos días antes, el 17, asumiera Ramírez tal título y categoría. Siempre se le había conocido como "Comandante General del Arroyo de la China" y subordinado de Artigas. Desde Buenos Aires, en los documentos de la época, se le denominaba generalmente "Representante de S. E. el Jefe de los Orientales", o simplemente "General del Ejército Federal". Ahora aparecía en el tratado del Pilar arrogándose por sí y ante sí, el título y jerarquía de "Gober¬nador de la Provincia de Entre Ríos".
Además de este nombramiento, se observa igualmente la su¬gestiva disminución de categoría con que se designa a Artigas en el tratado. Ya no es el Jefe o "Supremo Protector de los Pue¬blos Libres", como le llamaban sus adictos. Ahora simplemente se le confería el titulo de "Exmo. Sr. Capitán de la Banda Oriental", delimitando su gobierno y derecho sobre este territorio que ya sabían ocupado por los portugueses, de modo que lo colocaban en la innocua situación de no tener mando sobre nadie.
Se le daba la opor¬tunidad de ratificar el tratado, expresándose que la incorporación de la Banda Oriental a las demás provincias federadas "se miraría como un dichoso acontecimiento", pero si no lo ratificaba, las posi¬ciones no cambiaban desde que -repetimos- no le reconocían man¬do efectivo sobre ninguna Provincia.
Los territorios de Corrientes y Misiones, al no figurar mencio¬nados en el tratado, ya entraban en los planes de Ramírez para in¬corporarlas al mecanismo de la República de Entre Ríos, que proyectaba erigir después de ésta su rápido encumbramiento.
Artigas, que había sido el organizador y jefe supremo de la guerra contra el Directorio, había sido relegado totalmente en la hora del triunfo, según lo denunciaban vivamente el salto de categoría de Ramírez, el incumplimiento de sus órdenes sobre la guerra a los portugueses, y la depreciada jerarquía con que se la designaba en el tratado.
Artigas le escribe a Ramírez en abril con severos términos “El objeto y fines de la Convención del Pilar celebrada por V.S. sin mi conocimiento y ni autorización no ha sido otro que confabularse con los enemigos de los Pueblos Libres para destruir su obra y atacar al Jefe Supremo….al ver este atentado….he corrido a salvar la provincia entrerriana de la influencia ominosa de V.S. y de la facción directorial entronizada en Buenos Aires, que ya destinan a entregarla también al yugo portugués…. No es menor crimen haber hecho el vil tratado del Pilar sin haber obligado a Buenos Aires que declarase la guerra a Portugal, y entregase fuerzas suficientes y recursos bastantes para que el Jefe Supremo y Protector de los Pueblos Libres pudiese llevar a cabo esa guerra y arrojar del país al enemigo aborrecible que trata de conquistarlo. Esta es la peor y más horrorosa de las traiciones de V.S.”
Al deliberadamente obliterarse las instrucciones de Artigas de declarar la guerra a Portugal es la prueba de que en el Pilar se adoptó una política de paz con dicha potencia.
Todos sabían que Artigas no prestaría su asentimiento a tal tratado, por lo que allí mismo se acordó su desplazamiento político, según lo denunciaba patentemente la letra del articulo 10.
Lucio Mansilla en sus memorias póstumas dejó escrito que “En un momento de expansión y confianza con Ramírez, le dije que juzgaba que Artigas no ratificaría el tratado reservando la idea de que tampoco le daría un solo peso ni una tercerola. Ramírez me contesto que si Artigas no aceptaba lo hecho, lo pelearían; y si era de mi agrado me invitaba a la pelea. Conversé acerca de ello con el gobernador Sarratea y le manifesté la idea de acompañar a Ramírez con el fin de trabajar por el tratado, haciendo lo que conviniera según como el caso se presentase. Sarratea aceptó y me dio licencia temporal”.
El obvio rechazo de Artigas, trajo la guerra.
Al decir de René Orsi “El sol de las campañas guerreras de Artigas se iba ocultando en el horizonte patrio y cayó una y diez veces bajo las tacuaras de sus propios discípulos”.

La derrota de Tacuarembó:
La causa de este eclipse político de Artigas, que se decretaba tan expresivamente en el tratado del Pilar, hunde su raíz y toma fuerza en la completa derrota que sufriera el Supremo Protector en manos de los portugueses en Tacuarembó, el 20 de enero de 1820 poco después de haber inaugurado auspiciosamente su campaña sobre los mismos con el triunfo de Guirapuitá.
La derrota de los directoriales en Cepeda y el aniquilamiento de Artigas en Tacuarembó, fueron dos batallas que separadas apenas por el transcurso de doce días, modificaron de cuajo el panorama politico-militar en el Rio de la Plata.
Joaquín Pérez entiende que “no existe un renunciamiento o una traición a Artigas, como se dejan decir algunos historiadores, sino que en la actitud de Ramírez hay una reafirmación y concretamiento del ideario artiguista. En lo que difirieron -y ello llevaba implícita la ruptura y la guerra entre ambos- fué en el plantea¬miento de la solución al problema emergente de la ocupación por¬tuguesa de la Banda Oriental”.
Empero, esta disensión no significa que con la firma del tratado Ramírez relegara del ideario artiguista o lo hubiera mutilado en su aspecto doctrinario. Todo lo contrario, en Pilar se afirmó la existencia de la nacionalidad y quedaron plasmados los principios de la organización institucional para el país que tomaba la forma Republicano-Federal, como inquebrantablemente lo había sostenido Artigas. Se preconizaba también la reunión de un Congreso en San Lorenzo, con diputados de todas las Provincias para tratar los pro¬blemas inherentes a la organizaci6n definitiva de la nación, como también había sido el pensamiento de Artigas. Si hasta parecía con¬vertirse en realidad la quimera del año XIII.
Es cierto que no se estipulaba la declaraci6n de guerra a los portugueses para conseguir la restitución de la Banda Oriental, pero tampoco se echaba al olvido este territorio. Se la denominaba "provincia aliada", oprimida por una potencia extranjera, y se le invitaba a Artigas a suscribir el tratado, se le reconocía con derecho a nombrar un diputado al Congreso de San Lorenzo. Su incorporación a las demás provincias federadas, dice el artículo 10° "se miraría como un dichoso acontecimiento"
Pero esto no es todo. Recordemos que en el artículo 3° a la par que no se alude a una declaración de guerra a los portugueses, se piden auxilios para defenderse de una posible invasión de los mismos.
Joaquín Pérez se pregunta si existía la posibilidad de que Portugal invada el litoral argentino: “Por cierto que sí. Debemos recordar que la propia invasión a la Banda Oriental en 1816 había sido ordenada con la connivencia del gobierno direc¬torial y que la historiografía de ambas orillas del Plata ha probado fehacientemente este aspecto de la desgraciada política exterior del Directorio. Podríamos hacer un esquema documental sobre el tema hasta llegar el oficio del Director Rondeau dirigido a su representante en Río de Janeiro, con fecha 31 de octubre de 1819, ordenándole gestionar de esa corte la invasión y ocupación tempo¬raria del territorio del país hasta la 1ínea del Paraná, vale decir, que se pedía. a los portugueses la ocupación temporaria de Entre Ríos, Corrientes y Misiones.
Con fecha 14 de julio de 1818, el general Lecor, jefe de las fuerzas portuguesas de ocupación de la Banda Oriental, escribía a Pueyrredón, entonces Director supremo de las Provincias Unidas del Río de la Plata, anunciándole que Artigas había ordenado a Ramírez la recluta del mayor número posible de tropa para destinarlas a sus futuras operaciones. Con el objeto de impedir su realización, por el peligro que ello implicaba el general portugués le proponía a Pueyrredón el siguiente plan: “Me ha parecido oportuno proponer a VE, que para nuestra recíproca utilidad se sirva enviar en esta coyuntura para Entre Ríos algunas fuerzas de su ejército, con el objeto de ocupar aquel territorio, y de impedir las violentas reuniones, con que son vejados aquellos Pueblos, cortando así a D. José Artigas la esperanza de tales socorros. Si con todo VE no halla inconveniente adherir a este mi arbitrio, será necesario, que yo mande pasar parte de mis tropas a la margen derecha del Uruguay, para que allí operen en combinación con las que persiguen a Artigas en la margen izquierda y traten de remover los auxilios que Ramírez pueda proporcionarle. La naturalidad de esta medida excluye por sí sola toda sospecha desagradable; pero, esto no obstante, quiero cortar con esta contestación cualquier equívoco y siniestra aplicación que se le quiera atribuir”.
El 17 de setiembre del mismo año, Pueyrredón contestaba este oficio de Lecor aceptando en un todo su propuesta. Empezaba por decir: “Conducido por los mismos principios que expone VE en su nota oficial del 14 de julio último, he despachado tropas con destino al Entre Ríos, que se hallan estacionadas en el Rosario esperando una oportunidad para dirigirse a los puntos donde más convenga…Sin embargo como el interés recíproco de ambos gobiernos demanda imperiosamente que Artigas sea perseguido hasta el caso de quitarle toda esperanza de obrar el mal a que lo inclina su carácter; acepto gustoso el arbitrio que propone VE y convengo desde luego en que pasen a la margen derecha del Uruguay las tropas al mando de VE que quiera destinar al expresado objeto”.
Pueyrredón exigía algunas condiciones como ser la de que los portugueses no se mezclaran en al administración de la zona a ocupar, la que debía ser evacuada en el término de seis meses”.
Puede observarse que en nada se detenía el Directorio con tal de acabar con aquel azote bíblico, como llamaban a Artigas.
Desde antiguo – sostiene JoaquínPérez- que los portugueses deseaban una oportunidad semejante a la que les brindaba esta invitación de Rondeau, y vista su victoria en Tacuarembó, las perspectivas se les presentaban por demás promisorias. Si se detuvieron en la línea del Uruguay sin pasar a Entre Ríos, fue porque conocieron la derrota de Rondeau en Cepeda y su enorme repercusión política, como que significó el triunfo de las ideas de Artigas en el Río de la Plata y la caída de todos los hombres que manejaron la política de contradanza de la Logia Lautaro. Cruzar en estas nuevas circunstancias el Uruguay hubiera significado una operación militar de resultados imprevisibles. Por ello, prefirieron optar por una política de expectativa.
No obstante, este peligro de la invasión de los portugueses seguía existiendo y latía en el ambiente. Ramírez no podía saber al momento de la firma del tratado la actitud que asumiría el ge¬neral Lecor después de haber vencido a Artigas, y por eso este temor impregna la redacción del artículo 3° pidiendo armas a Buenos Aires”.
El 4 de marzo Sarratea entregó a Ramírez 25 quintales de pólvora, otros tantos de plomo, 800 fusiles y 800 sables.
El acta de sesión de la Junta de Representantes, ratificatoria del tratado del Pilar, no se ha hallado, por lo cual no hay constancia expresa que Buenos Aires se hubiese comprometido en secreto a la entrega de armas, pólvoras, municiones y dinero a los federales.
Uno de los documentos que refieren a este aspecto es el acta del Cabildo del 15 de marzo en la que consta la presencia de algunos miembros de la Junta de Representantes para tratar un oficio de Ramírez en el que pide nuevos auxilios económicos, y en cierto pasaje dice: "que cuando los tres Gobiernos de esta Ciudad Santa Fe y Entre Ríos firmaron el tratado de paz el veinte y tres de febrero último se había acordado secretamente por separado, para no inspirar alarma al gobierno portugués, que se daría al de Entre Ríos por remuneración de sus servicios e indemnización de gastos, por los auxilios que había prestado para deponer la facción realista opresora del País "500 fusiles, 500 sables, 25 quintales de pólvora, 50 de plomo" y que se repetirá según las necesidades de que el ejercito; considerando en tal suplemento el interés de esta ciudad y las demás Provincias de la Federación en sostener la libertad de Entre Ríos. De tal documento se esclarece que la Junta de representantes no trató ningún pacto secreto del Pilar; pero sus miembros estaban informados por el gobernador que el contenido del articulo 3° del Tratado público votado por la Junta obligaba a Buenos Aires a dar auxilios a Entre Ríos y Santa Fe, que se especificaron, como lo pedían los jefes del ejercito federal, para evitar alarmas en el gobierno de Brasil”.
Días después y ante el pedido de Ramírez, el Cabildo y la Junta le autorizaron una nueva entrega del doble de armas y municiones”

LA IMPORTANCIA INSTITUCIONAL DEL PACTO DEL PILAR
Adolfo Saldías sostiene que el tratado "Más que un pacto de circunstancias para terminar el estado de guerra, es un tratado que echa la primera base de la futura organización nacional. Y esa base se robustece con el consenso nacional, perdura en el tiempo, se asienta definitivamente, y tanto que la Convención del Pilar es la inicial del famoso pacto Federal del año 1831, el cual es, a su vez, el punto de arranque de la Constitución federal-nacional que rige actualmente a la República Argentina".
En el tratado de Pilar, ratificado por la Junta de Representantes, algunos artículos no reflejaban únicamente el problema político que se sintetizaba en la protesta de las partes contratantes de que el voto de la nación respecto al sistema de gobierno que debía regular era en favor de la federación. El problema económico, también estaba en discusión y se resolvía por el nuevo principio de la libre navegación de los ríos Uruguay y Paraná para las Provincias amigas, la cual abría el litoral al comercio interior y exterior.

EL INTERREGNO DE BALCARSE:
El partido directorial, momentáneamente excluido del poder, había reaparecido su influencia a través de la Junta de Representantes y esperaba la columna que Juan Ramón Balcarce había salvado de Cepeda para tener una fuerza que sirviera de base a sus nuevas especulaciones políticas. El 1° de marzo Balcarse y su tropa entran a Buenos Aires. El 6 estalla la revolución y al decir de Levene: “Balcarce, impuesto momentáneamente por una pueblada de elementos jóvenes y representativos -directoriales o partidarios de la unidad de régimen- fue Gobernador con facultades omnímodas, conferidas directamente por aquella exaltada multitud. Este sector del pueblo era la parte labrada de la sociedad y hacía ahora un dictador para que procediera sin consultar con nadie, como antes se había gestionado la venida de un monarca para concluir con la anarquía”.
Ante la irreductible posición de Ramírez que no abandonaría la provincia ni suspenderían sus armas mientras no sean repuestos Soler y Sarratea, en la no¬che del 11 de mayo, abandonado de todos y pasadas sus tropas al ejército de Soler, Balcarce se embarcó hacia Montevideo, acompañado de una raleada comitiva. Alvear, que en calidad de ami¬go personal le había acompañado en todos estos sucesos, se ocultó en la ciudad.
El breve interregno de Juan Ramón Balcarse sirvió para que, como se verá enseguida, funcionarios de la administración derrocada en Cepeda se incautasen de la documentación más comprometedora a la misma en relación a su connivencia con los portugueses.
Joaquín Pérez señala: “Así acabó la contrarrevolución directorial. No se necesitó lucha armada porque les faltó apoyo popular y fuerza de voluntad para llegar a tanto. Sin embargo, esta contrarrevolución abortada era un síntoma elocuente de la reacción de aquella clase homogénea, que volvería nuevamente al ataque en la primera oportunidad. Desecha por la fuerza de la opinión pública, se reharía con nuevas figuras y volvería al ataque sin apearse de sus pretensiones de dirigir los destinos nacionales. Más que la fuerza de las ideas, la fuerza de las cosas del país la vencería más tarde”.

FINAL DEL GOBIERNO DE SARRATEA
Sarratea tomó medidas para reconocer los ganados existentes en varios puntos, devolviéndolos a sus dueños y repartiéndose proporcionalmente a los quebrantos de cada uno. Inauguraba un procedimiento de gobierno que constituiría más tarde la base económica de dominación de Rosas.
El 14 de abril el Gobernador mandaba a incoar, a los miembros del Congreso y Directorio caídos, el juicio público que exigía el artículo séptimo del Tratado del Pilar. Daba un Manifiesto explicativo y el auto cabeza del proceso que arrojaba los tremendos cargos de haber propiciado la ocupaci6n portuguesa de la Banda Oriental, y de haber trabajado secretamente por la coro¬nación de un monarca europeo en nuestras provincias.
Abierto el proceso y designado el Dr. Juan Bautista Villegas como fiscal, se buscaron afanosamente los papeles que sirvieran para documentar los cargos, aunque no se lograron los resultados que se esperaban. Se había llegado tarde, muchos de los documentos habían desaparecido.
El 17 de abril el ministro de gobierno y hacienda, Manuel Luis Oliden, informaba al Gobernador que mucha correspondencia faltaba de los archivos secretos de su secretaría y de la del Congreso, y “es excusado detenerse a dudar, ni por un momento que todo debió ser traspuesto por el Oficial Mayor de relaciones exteriores D. Justo Nuñez: al menos él y su Secretario debería dar razón de su existencia y ambos están prófugos.” Este misterio de los papeles desaparecidos lo aclaró el portero del ministerio, al declarar que Justo Núñez acompañado de los ofíciales Garrigó y Varela, todos cesantes en sus puestos con anterioridad, en uno de los días del gobierno de Balcarse se habían introducido en la Secretaría de Gobierno, en el despacho que había sido de Núñez, que era donde también se guardaba el archivo de relaciones exteriores, y había estado toda una mañana en él. De aquí puede deducirse el destino que tuvieron los papeles más comprometedores.”
El 29 de abril Tomás de Anchorena publicó una violenta excusación contra Sarratea donde aclara su inculpabilidad en el “alta traición” y a la vez acusa al gobernador por la tentativa monárquica del infante Francisco de Paula en 1815 cuando Sarratea se desempeñaba como representante del Directorio en Londres. Se constituye la Junta aprobando las actas de todos los presentes pese al veto del gobernador. El 1° de mayo ordena a Sarratea que entregue las causas, pues se debe procesar, no solamente a los participantes en la negociación del príncipe de Luca, sino a “todos los complicados en intrigas monárquicas”.
El día 2 de mayo Sarratea envía las causas pedidas por la Junta. El cuaderno 1° era el proceso formado a los congresales y directores por el crimen de haber negociado un Rey y fundado "una dinastía clandestinamente", el "tenebroso proyecto". El segundo cuaderno era continuación del anterior. El tercero comprendía demandas contra Juan Pedro Aguirre relacionadas con el embarco de Pueyrredón. El cuarto trataba otras demandas contra Pueyrredón y su secretario Vicente López por la expatriación de los coroneles Domingo French y Manuel Pagola. El cuaderno quinto y ultimo, reservado, era la indagación abierta para descubrir la existencia y acuerdos de la logia de Caballeros de América e individuos que la componían".
El mismo día Saratea renuncia “por la decadencia de su salud”. Poco después escapará a Entre Ríos, según José M. Rosa, para librarse de Soler y Anchorena.

EL GOBIERNO DE RAMOS MEJIA:
La Junta acordó reemplazar a Sarratea, el 2 de mayo, por el presidente de la misma don Ildefonso Ramos Mejía, sin mayores antecedentes hasta entonces, para desempeñar el cargo a la espera de la oportunidad de nombrarse el gobernador propietario
Con el nombramiento de Ramos Mejía en el cargo de Go¬bernador interino, el partido directorial se apoderó firmemente del mando político de la Provincia. Su próximo objetivo sería quitarle a los federales la jefatura del ejército.
El día 4 de mayo ordenó poner en libertad a los directoriales presos; esta primera resolución que firmaba Ramos Mejía más que su pri¬mer acto era su mejor definición. También fue reconocido Miguel Zañartu -notorio enemigo de los federales- en el carácter de representante diplomático por Chile.
También la Junta resolvió que no tenía facultades para juzgar a los miembros de la anterior administración. Dice el acta del 4 de mayo, hasta "que algún día se lograra la creación de una autoridad nacional suprema" que lo tratase.
El día 10 se resolvió fijar sesión par designar el diputado al congreso de San Lorenzo, según lo acordado en el Tratado del Pilar. Recayó la representación en Matías Patrón, nombrándose a Juan José de Anchorena y Victorio García de Zuñiga para que redactasen las instrucciones. Al indagar a la junta éste último sobre los alcances del tipo de federación no consiguió definición alguna.
En el manifiesto que la nueva Sala dirigió a las provincias en septiembre de 1820 se manifestó en favor de la unidad de régimen y no por la federación.

La primera constitución provincial
Nicolás de Anchorena presentó un reglamento de siete artículos, en el que se establecían las restricciones a la autoridad del Gobernador que fue tratado en varias sesiones. Era asunto de proyecciones institucionales: cualquiera fuera su carácter, un cuerpo orgánico de leyes o un reglamento circunstancial.
Por el articulo primero el Gobernador no ejercería jurisdicción alguna, civil ni criminal de oficio, ni a petición de parte, no pudiendo alterar el sistema de la administración de justicia, pero podía hacer detener a las personas sospechosas de perturbar el orden, habiendo opinado algunos miembros que “esa especie de supresión de seguridad individual” fuera aplicada por el gobernador con acuerdo del Consejo.
Por el artículo segundo se estatuía que en los momentos de conflicto o inmediatos de una alarma, el gobernador podría hacer empréstitos sin tasa ni medida con acuerdo del Consejo, pero no fuera de este caso, aprobándose una observación según la cual, durante el tiempo de la delegación, que era de ocho meses, podrá contratarlos solamente hasta 200.000 pesos. Por la misma disposición carecía de facultades para imponer pechos, contribuciones, ni aumentos de derechos de ninguna clase, directa ni indirectamente.
Por el artículo tercero no podrá emitir más papel que el se le había fijado, pero estaba autorizado a destinar, con acuerdo del Consejo, para gastos ejecutivos de la defensa de la provincia, los 60.000 pesos aplicados al pago de créditos pendientes. Por el artículo no podía crear nuevos empleos, ni promover grados de coronel mayor, ni prebendas eclesiásticas, ni aumento de sueldos.
El artículo sexto le impedía al gobernador celebrar tratados de paz o declarar la guerra sin aprobación de la Junta y sólo en caso de invasión podría adoptar las medidas para la seguridad de la provincia. El último artículo preveía que en caso de acefalía ejercería el cargo el Presidente del Consejo, debiendo darse cuenta a la Junta para que resolviera lo conveniente.
La creación del Consejo con voto consultivo y resolutivo tenía un importante antecedente en el Consejo de Estado, instituido por el estatuto de enero de 1814.
El Consejo se integraría con tres miembros, pero se designaban también dos suplentes, pudiendo ser todos ellos de la Junta o fuera de ella, y tendría voto resolutivo en la materia tratada en el Reglamento y en lo demás voto consultivo.
Fueron designados Andrade, Tomás de Anchorena y Paso, eran miembros de la corporación, dispensándoles de la asistencia diaria a sus sesiones en virtud de la preferente atención que deba darse a los negocios del Consejo, pero quedaba al arbitrio de la Junta hacerlos concurrir.
Como bien señala Ricardo Levene “Este reglamento dictado ente el 29 y 30 de mayo y las disposiciones adoptadas en sesiones siguientes, es la primera constitución escrita de la Provincia de Buenos Aires” .
Se pensó que era inevitable la dictadura frente a la guerra civil y para "precaver males de mayor bulto y trascendencia" la legalizaron, pero no por simple y absoluta delegación de facultades extraordinarias, sino limitándola, señalándole atribuciones y aún rodeándola de un Consejo. A pesar de todo la Provincia tendrá que pasar inevitablemente por aquellas etapas de la anarquía y la dictadura que se intentaba salvar .
Comenta Levene que “La dirección de los acontecimientos están en manos de Tomas de Anchorena o de Ildelfonso Ramos Mexía, que no se sobrepone a sus propias pasiones. Con inspiración patriótica combaten a los "anarquistas" más que a la anarquía, proyectan una carta constitucional de la Provincia, pero no tiene la visión del horizonte político que es el presente y el porvenir de todas las provincias y lo que es más grave, no se desprenden de su pasado inmediato, se empeñan obcecadamente en volver al gobierno del círculo, o la minoría depuesta, no obstante sus reiteradas renuncias”.
Ramos Mejía nombró a Soler aquel mismo día 24 de mayo: "General en Jefe del Ejército Exterior".
Esta conducta del partido directorial era la expresión cabal de su debilidad en el terreno militar. Absorbió esta vez la lección pero cuando meses más tarde se decida a recorrer un camino idéntico, lo hará tratando de asegurarse previamente la preponderancia militar.
Soler no aceptó la designación del gobernador, pues subordinaba indirectamente al partido federal a sus enemigos de siempre y prefirió derrotarlo mediante un golpe militar.
Los más altos jefes y oficiales del ejército de Soler, acantonado en Luján, suscribieron un petitorio al Cabildo de la Villa en el que declaran: "A fin de precaver los graves males que indudablemente van a resultar a nuestra Provincia con el es¬candaloso paso que ha dado el Gobierno de Buenos Aires, despo¬jando sin justa causa al Sr. Brigadier Don Miguel Estanislao So¬ler de la autoridad que aquel pueblo y toda la Provincia le confió...es la voluntad general de la campaña que se reponga en el mando de Capitán General de las armas al expresado Brigadier Don Mi¬guel E. Soler, y se le tenga y reconozca por el Gobernador de la Provincia con existencia personal en el centro y a la cabeza de su ejército, pues sólo su infatigable celo es el capaz de ordenar, tran¬quilizar y poner en seguridad nuestra amable provincia”.
Reunido ese mismo día, el Cabildo de Luján acordó: “Que sien¬do los votos de esta corporación unos mismos con el Ejército que hace la presente comunicación, queda reconocido por este Ayunta¬miento de Gobernador y Capitán General el Brigadier General Don Miguel Estanislao Soler”.
Soler agradeció por oficio su designación y la confianza que le dispensaban, proclamó a la campaña jurando “salvarlos o perecer con ellos” y acto seguido dirigió todos los documentos a la Junta de Representantes, a la que encarecía "que a la mayor brevedad se resolviese lo más conveniente."
En consecuencia, los habitantes de la campaña reasumían el poder que delegaron en la Junta de Representantes y lo designaban gobernador al General Soler, pedían la disolución del Consejo para asesorar al Gobierno, reservándose el derecho de designar las personas que lo constituirían.

En la sesión del día 20 de junio la Junta de Representantes escuchó una diputación compuesta de un representante del general Soler y otro del Cabildo de Luján, quienes hicieron una exposición de las causales que mo¬tivaron el golpe militar, afirmando "que la campaña había adop¬tado esta medida en justa reparación del agravio inferido al Sr. Gral. Soler por este Gobierno, privándole del carácter de Gral de¬ mar y tierra que antes le estaba declarado: y porque vela que la actual administración hacia revivir la facción de las anteriormente depuestas".
Acto seguido la Junta aceptó la renuncia del Gobernador Ramos Mejía.

El día de los tres gobernadores:

El 20 de junio es el día famoso de los tres gobernadores, en que otros tantos parecían disputarse ansiosamente el mando, y sin embargo, los tres, el Gobernador titular, el Cabildo y el general Soler, no querían hacerse cargo de él.
Como los directoriales no tenían fuerzas militares para opo¬nerlas a Soler, la Junta de Representantes de Buenos Aires aceptó la renuncia del Gobernador Ramos Mejía, a quien se le ordenó asimismo depositar el bastón de mando en el Cabildo, y se previno a este cuerpo avisase al ge¬neral Soler que “podía entrar en la ciudad seguro de no encontrar la menor oposición”.
Igualmente acordaron "que en vista de todas las precedentes ocurrencias, especialmente de lo expuesto por la diputación del Sr. gral. Soler e ilustre Cabildo de Luján, de cuyo conjunto resulta desconocida, y nula la representación Provincial que hasta ahora ha investido esta H. J., por todos estos motivos y demás bien obvios que la premura del tiempo no da lugar a especificar, ha resuelto que de hoy día de la fecha, por unanimidad de sufragios, queda di¬suelta y ha expirado esta Corporación representativa de la Provin¬cia”.
Soler ofició al Cabildo diciendo que no entraría a Buenos Aires hasta que los representantes de ese pueblo no manifiesten libremente la voluntad de su representados hacia la persona del Gobernador y Capitán General que deba ser de la provincia, extrañándose mucho que la Junta se hubiese disuelto.
El Cabildo empezó esa misma noche las citaciones y al día siguiente, 22 de junio, reunidos en la Sala del Ayuntamiento los cabildantes con los siete miembros que se pudieron reunir de la disuelta Junta, acordaron comunicar a Soler su designación como Gobernador.
En consecuencia el Cabildo dispuso que a las 10 de la mañana debían "reunirse las Corporaciones, Jefes políticos y Militares en la Sala Capitular del Exmo. Ayuntamiento, para solemnizar como corresponde la recepción del Señor Brigadier General Don Miguel Estanislao Soler, del cargo de Gobernador y Capitán General para que ha sido electo." Al contrario de lo que afirma Mitre, la recep¬ción de Soler se solemnizó debidamente.

EL GOBIERNO DE SOLER:
López inició la invasión a Buenos Aires con el fin de derrocar a los directoriales nos lo dice claramente en el siguiente documento que dirigió por esa fecha al Cabildo de Santa Fe y que dice: "Si el año pasado teníamos datos fundados para creer era en-tregada nuestra patria a príncipes extranjeros, al presente los tene¬mos evidentes y no ignoramos ninguna de las bases sobre que es¬triban aquellos inicuos tratados. Si entonces no conocíamos a los cómplices, ahora podemos señalarlos con el dedo y con el mayor dolor de los buenos americanos los vemos otra vez en el poder y dis¬poniéndose para realizar sus proyectos. Las razones que resolvieron a V. V. S. S. a declarar la guerra contra el directorio de Buenos Aires son mucho más poderosos en el día al conocer que los trata¬dos de febrero [Pilar], nos fueron acordados únicamente para salir de los momentos difíciles a que los condujo el heroísmo de nuestras tropas, cuya sangre derramada por sostener los derechos de los pueblos no debe ser infructuosa y despreciada por los que ni un instante perdieron la comodidad de sus casas ni las ventajas de sus especulaciones. Lean V. V. S. S. con detención los doce artículos de la Convención y verán que ninguno ha sido cumplido religiosamente, y que tratan de eludirlos todos, porque como dice el general Soler al coronel Vidal en carta particular que he leído, "la Provin¬cia de Buenos Aires debe volver a ocupar el lugar preferente que por justicia le corresponde". ¿Por qué no ha venido el diputado a San Lorenzo? Por no dejarnos el poder que hemos adquirido a fuerza de fatigas, para que nuestro comercio no destruya el mono¬polio de Buenos Aires y para que no figuremos en la Nación y en el mando con aquella importancia que nos proporciona la localidad de nuestro territorio, su fertilidad y los esfuerzos admirables de nuestros conciudadanos. La intención es manifiesta, y si no ponemos remedio oportuno, la facción realista de Buenos Aires destruirá la parte sana de aquel benemérito pueblo, enterrará los liberales con quienes nos acordamos, jurándoles sostenerlos contra los opresores, y muy pronto las Provincias todas, irán arrastradas a besar la mano de ese extranjero que ya las ha comprado".
La situación había cambiado de golpe. Ya no eran los directoriales que habían determinado la invasión quienes estaban en el poder; ahora estaba Soler, un federal como ellos.
Soler pensó que ésta era la razón suficiente para que López detuviese la invasión, y el mismo 22 de junio, día anterior al de su juramento, le escribió diciéndole: "Yo puedo arreglar todo y detener la facción que está formándose, y poner en práctica los tratados del Pilar, pero para ello no es necesario que entren fuerzas de López en mi Provincia, pues sería. alarmada y repetir excesos de sangre de que sería responsable". Pagola le escribió en el mismo sentido.
Al día siguiente de posesionarse del mando y acorde con este pensamiento, Soler nombró una comisión para entrevistar a López, compuesta por Bruno de Rivarola y Gabino Blanco, en cuyas ins¬trucciones y decreto de nombramiento se decía: "Destruída como está la facción que los paralizaba los esfuerzos para un entendi¬miento con Santa Fe y Entre Ríos, no hay un principio que pueda deshermanar nuestros mutuos deseos; y al recibir el honor del mando, que no me ha sido posible rehusar, entra en mi primer deber extinguir partidos, que tienen en continua alarma a los Pueblos y asegurar de un modo estable y decoroso el tratado de paz estipulado con las Provincias federadas."
Pero ya era tarde para que López detuviese la invasión; pues aunque la había iniciado contra los directoriales, llevaba entonces más de una semana en camino y se encontraba en las cercanías de San Antonio de Areco. Además, producida la caída de los directoriales a consecuencia del putsch de Soler, la situación no había cambiado mucho a juicio de López, si se considera que tenía su pro¬pio candidato a Gobernador y que Soler no podía inspirarle mucha confianza, porque le sabía muy porteñista. También recibía los mejores augurios para la campaña, ya que escribía el 24 de junio a Santa Fe diciendo que continuamente llegaban avisos de Buenos Aires para que avanzase y que preferían a Alvear.
Soler resolvió dar batalla y delegar el mando político de la Capital en mano de una comisión del Cabildo, los alcaldes y síndico procurador. El ayuntamiento no aceptó porque no era posible separar de su seno tres individuos, pues los negocios se demorarían notablemente y el cuerpo quedaba desintegrado. Pero la razón fundamental de la negativa consistía en la conveniencia de que el Cabildo permaneciera alejado de los asuntos para intervenir y mediar en los casos que lo exigiera la salud publica. Soler repitió su decisión anterior pero el Cabildo por su parte no admitió el mando.
La batalla se dio el 28 en la Cañada de la Cruz. El triunfo de la caballería de López fue rápido y decisivo. Al igual que en Cepeda, se salvó la infantería a las Órdenes del coronel Manuel Pagola, llamado con su columna a seguir una conducta semejante a la de Balcarce en aquella oportunidad pero de un sentido político diametralmente opuesto.
Después de su derrota en la Cañada de la Cruz, Soler inten¬tó organizar una resistencia e impartió órdenes para reunir milicias que resguardaran la ciudad, evidenciando el propósito de reorganizar el ejército sobre el puente de Márquez.
La noticia de la derrota en Buenos Aires dividió la opinión en dos bandos, el pensamiento del Cabildo por un lado y el de Dorrego por el otro. Mientras éste, federal porteñista como era, opinaba por la resistencia activa y el apoyo amplio a Soler; el Cabildo defensor como siempre de los intereses de propietarios y comerciantes, lo que temía era una lucha cerca de la ciudad que pudiera traer la ruina y el saqueo, y aspiraba a una transacción con López.

El día de los seis gobernadores:
Se pregunta José María Rosa: ¿Quien es el gobernador legal de Buenos Aires? ¿Soler embarcado sin renunciar? ¿ Dorrego, su delegado? ¿el cabildo que ha restituido a Soler y “reasumido el gobierno de la Provincia” ¿Marcos Balcarse el comandante de armas? ¿Alvear, elegido en Luján y que desde Santos Lugares –donde se trasladó- lanzaba proclamas preparando su entrada a la ciudad? ¿Pagola posesionado del Fuerte?
Al 20 de junio Mitre lo ha llamado el día de los tres gobernadores - aunque en realidad no hubo ninguno- pero el 1 de julio habrá seis”.

EL GOBIERNO DE DORREGO:
El coronel Pagola, jefe federal que al frente de las fuerzas de infantería salvadas en Cañada de la Cruz, se sintió heredero del partido de Soler se dirigió a la Capital donde llegó el 30 de junio con 600 hombres y tomó las medidas para resistir a López. Afirma Joaquín Perez que “de hecho se convirtió en un dictador militar”.
El Cabildo, ante el movimiento de Pagola claro en el sentido de una resistencia activa a López, tenía que nombrar un jefe acorde con este pensamiento, y prefirieron a Dorrego, que lo sabían respetuoso de las decisiones de la institución antes que a aquél que les había llamado "traidores".
La Junta Electoral se reunió el 4 de julio y eligieron para el cargo de Gobernador propietario al general Rodríguez -que ya se perfilaba como el candidato de los estancieros y terratenientes de la Provincia- con¬siderándolo como el mejor defensor del orden contra el desorden continuo de ese año. La burguesía acomodada de la ciudad no tenía razones para oponerse, sino que por el contrario, le consideraba también como el mejor candidato, ya que por demasiado conocidos, no podía apoyar a uno de la anterior administración directorial. Sin embargo, Rodríguez se apersonó a la Sala donde expuso "los gra¬ves motivos que le impedían la aceptación del mando" y afirmó que sería más útil en la campaña. Hizo formal renuncia por escrito, e inmediatamente y por unanimidad, la Junta designó a Dorrego como "Gobernador interino de la Ciudad". Mientras Dorrego per¬maneciera en campaña, se eligió al coronel Marcos Balcarce como Gobernador sustituto.
Dorrego vence en San Nicolás sobre las tropas de Alvear y Carrera el 14 de agosto.

Carlos María de Alvear gobernador provisorio:
El 1° de julio Alvear instala en Luján su Junta de Representantes y se hace elegir gobernador y capitán general. De paso levanta “la injusta, inicua e ilegal proscripción” que pesaba sobre él desde 1815. Se trasladó a Santos Lugares y comenzó a lanzar proclamas al pueblo preparando su entrada a Buenos Aires. Es derrotado por Dorrego con la ayuda de Rosas y debe retirarse hacia donde estaba Estanislado López que terminó replegándose a su provincia.
Pasaban las fuerzas invasoras, en retirada, por el cami¬no de Luján, cuando la Junta de Diputados de la Campaña dio el pos¬trer grito de su existencia, replanteando el derecho de los pueblos de la campaña para asumir la dirección política de la Provincia.
En un Memorial fechado el l0 de julio y dirigido al Cabildo de Buenos Aires, expresaba la Junta de Diputados que aquél sería el "último paso conciliatorio" que daban en obsequio de la paz, reca¬yendo en caso contrario toda la responsabilidad sobre el cuerpo ca¬pitular. Señalaba que los pueblos de la campaña del norte, "viéndose acéfalos y en orfandad política", habían elegido por voto unifor¬me al general Carlos Alvear como Gobernador provisorio de la Pro¬vincia. Esta elección se justificaba ampliamente si se tenía presen¬te que dado el "estrecho vínculo" que lo unía con López y Carrera, "sólo aquél jefe puede sacar al país de la fluctuación en que se ha¬lla". Por eso fue de extrañar que hecha la invitación al Cabildo de Buenos Aires para que concurriera con sus sufragios, hubiese de¬negado "la base misma en que los Pueblos hacían estribar el edifi-cio de la tranquilidad pública".
Señala el Memorial que: "El Pueblo de Buenos Aires carece de elementos materiales y morales para reparar sus quiebras. Lo primero, porque sin el apoyo de la campaña no¬ podría montar una fuerza respetable de caballería, y lo segundo, porque aunque reconocía en la ciudad de Buenos Aires "la cuna de la libertad Americana", la anarquía había penetrado hasta la mis¬ma ciudad. Ese pueblo -decía- que estuvo mucho tiempo en po¬sesión de acriminar y pretender extinguir la anarquía de otros, se ve anarquizado a su turno".
Si la ciudad carecía de los elementos necesarios para consoli¬dar un orden basado en la paz con las fuerzas federales, entonces la campaña, en defensa de los intereses de la Provincia, debía to¬mar la iniciativa.
Proponía las siguientes ba¬ses para la conciliación: 1°) Que se reconociera a la campaña el de¬recho que había tenido de darse provisoriamente el gobierno que había creído convenirles; 2°) Que el pueblo de Buenos Aires nom¬brase libremente sus diputados para que en consorcio de los de la campaña eligiesen al Gobernador propietario de la Provincia; 3°) Que el pueblo de Buenos Aires no podía contrariar el voto de la ma¬yoría de los demás pueblos; 4°) Que la pluralidad haría sanción en las deliberaciones de la representación de la Provincia; 5°) "Los pueblos de toda esta campaña, deben concurrir a este Congreso pro¬vincial, cada uno con su diputado, pues no hay razón para que se les considere por el número de sus habitantes, sino como unos cuerpos morales, que en el actual estado de cosas, tienen todas las ventajas sobre el solo pueblo de Buenos Aires"; 6°) Que la base que había propuesto el Cabildo de exceptuar la candidatura de Alvear, era in¬admisible; y 7°) Que no habiendo culpables en las guerras civiles, sino vencedores y vencidos, se concediese una amnistía universal y efectivas garantías para el puntual cumplimiento de lo que se san¬cionase.
Al referirse a la "grande mayoridad de votos" en la elección de Alvear, que alegaba la Junta de Diputados de la campaña, recordaba el cómputo que se había hecho por la Gaceta algunos días antes y del que resultaba que los 14 Diputados que componían la precitada Junta, correspondían a una parte de la campaña Norte, que sumaba de catorce a quince mil habitantes, de lo que infería que cada Diputado representaba a mil habitantes. Con mismo derecho entonces, la ciudad de Buenos Aires "debería nombrar setenta y ocho diputados, según el último censo, para proceder con proporción, y entonces -se preguntaba el editor- ¿adónde a parar el nombramiento de Capitán General?". De todo ello resultaba que la verdadera "mayoridad de votos" estaba en la ciudad, la campaña del sud y la parte de la del Norte que había podido escapar a la dominación de la fuerza de López y sus aliados. En cuanto a lo de la "mayoridad moral", era un simple subterfugio.
Como bien advierte Levene: “Es preciso reconocer la importancia de estos episodios institucionales que llevaron a la proclamación de un gobernador de la Capital frente al de Luján y de una Junta de la Ciudad ante otra de la Campaña, que se trasladó de Luján a Santos Lugares. En ellos, además de la contienda sangrienta se advierte la lucha económica y política entre estas partes vitales, que integraban la autonomía de la nueva provincia”.

La derrota de Dorrego en Gamonal:
Después del triunfo en San Nicolás sobre las tropas de Alvear y Carrera el 14 de agosto, Dorrego invitaba a López a celebrar un armisticio, imponiendo como condición que Carrera saliera del país pues “él es la manzana de la discordia”. López no aceptó la oferta.
En las victorias de Dorrego había prestado una decidida ayuda el capitán de milicias Juan Manuel de Rosas. Éste, en el Manifiesto del 1° de octubre, dejó dicho que: “Los que dependían de mis inmediatas órdenes acreditaron en los triunfos de San Nicolás y Pavón que íbamos a salvar no a destruir”.
Rosas y Rodríguez no estaban de acuerdo con seguir la guerra en la Provincia de Santa Fé. Esta actitud – en el criterio de Joaquín Pérez- venia a ser la expre¬sión del pensamiento pacifista de los propietarios de la campaña bonaerense hartos de sufrir el saqueo de ejércitos amigos y enemigos .
Dorrego hizo regresar la infantería de San Nicolás y al frente de la caballería siguió la campaña, siendo derrotado por López en la batalla de Gamonal. Después de este combate, el Gobernador de Buenos Aires repasó el Arroyo del Medio y estableció su cuartel en San Antonio de Areco con la idea de proseguir la guerra contra López, que no traspasó la frontera de Santa Fé con Buenos Aires.
Dorrego era partidario de proseguir la guerra, y todos los intereses, tanto los de Buenos Aires como los de las demás Provincias, se oponían a ella.
Es decir que Dorrego era resis¬tido abiertamente por el partido directorial en Buenos Aires y por el Gobernador santafesino. No obstante, tenía el ejército de la Pro-vincia bajo su mando, y como meses antes lo hiciera Soler, podía ahora Dorrego hacer funcionar el Cabildo de Luján. Dado que no quería repetir el error de otras veces, se explica que la Junta hiper¬trofiara sus facultades para evitar el licenciamiento de las milicias que reunían aceleradamente Rodríguez y Rosas, porque éstas ha¬brían de ser el punto de apoyo militar para sostener sus decisiones políticas.
Cuando en la sesión del 26 de setiembre se procedió a elegir un nuevo Gobernador interino, el general Rodríguez obtuvo 11 sufragios, contra 4 de Dorrego, 3 del coronel mayor Francisco Cruz, 1 de Marcos Balcarce y 1 de Manuel Obligado.
Sostiene Joaquín Perez que “Seducidos quizás por el papel que jugó después Rosas en la his¬toria rioplatense, mucho se ha dicho sobre la participación decisiva que habría tenido éste en la elección de Rodríguez como Goberna¬dor. Saldías, basado más que nada en algunas referencias de fa¬milia, dice que antes de la elección Juan José Anchorena había con¬ferenciado con Rosas respecto a la persona del futuro Gobernador de la Provincia y que don Juan Manuel se había decidido por Rodríguez. Que poco después volvió nuevamente de la ciudad Ancho¬rena, esta vez acompañado de García Zúñiga, Paso, Escalada y To¬más Anchorena, los que expresaron a Rosas votarían por Rodríguez y que así fue como se aseguró la elección de éste.
Esta afirmación de Saldías queda sin asidero si se cotejan con los sufragios emitidos por los representantes en el acuerdo del 26. En efecto se comprueba que Juan José Anchorena y Garcia Zúñiga vota¬ron por el coronel Cruz; Paso votó por Dorrego y que Tomás An¬chorena no fue electo representante, restando sólo Escalada, que fue el único de los citados que dio su voto por Rodríguez.
Cabe agregar que la parte de la campaña del sur, donde Rosas ejercía una influencia preponderante, no llegó con su voto a inter¬venir en esta elección, porque electo el mismo Rosas representante por la región de San Vicente de la Matanza, Fortín de Navarro, Remedios, Samborombón, Guardia del Monte, Guardia de los Ranchos y Guardia de Chascomús, se había excusado de admitir el cargo da¬da la proximidad de su salida a campaña, motivo por el que tam¬bién se excusaron el alcalde José Hilarión Castro y el capitán Ale¬gre que le seguían en el orden de votos, debiéndose aceptar final¬mente en calidad de suplente a Mariano Fernández que recién se incorporó a la Junta el 7 de octubre de aquel año, cuando Rodrí¬guez ya había sido designado Gobernador. También se debe agregar que Ignacio Correas, que representaba a Magdalena, Ensenada, Laguna del Sauce y Quilmes, votó por Balcarce, de modo que concluimos que toda la campaña del sud o no participó en la elección o votó en contra de Rodríguez, con lo que parece diluirse la influencia que pudo haber tenido Rosas en la elección del nuevo Gobernador interino.”
Por otra parte, Dorrego tuvo el voto de la parte de la cam¬paña del norte que estaba bajo la órbita de su ejército. Además del representante por San Isidro, donde Dorrego tenía su casa de campo, votaron por él, Rudecindo Linares que representaba a Arre¬cifes, Rojas, Salto, Pergamino y el Fortín de Areco, y Salvador Aguirre que representaba a la villa de Luján.
De los 11 votos que obtuvo Rodríguez, 4 eran de representantes de la campaña y los otros 7 de representantes de la ciudad, aunque es preciso hacer notar en todo esto, que los intereses de una y otra parte estaban íntimamente vinculados y que, por lo común, los grandes propietarios y terratenientes de la campaña vivían en la ciudad, a través de los cuales quizá Rosas pudo ejercer esta in¬fluencia, aunque no se conocen datos fehacientes para asegurar¬la.

GOBIERNO DE MARTIN RODRIGUEZ
Con la elección de la Junta de Representantes y la designación de Rodríguez, el partido directorial se apoderaba nuevamente del gobierno político de la Provincia .
Empero, no podía escapar al criterio de los directoriales el tremendo efecto que habría de producir entre los federales dicho nombramiento y el consiguiente desplazamiento de Dorrego. Tanto es así, que sin dar tiempo a que ninguna reacción se manifestase, en la misma sesión de la Junta del 26 y acto seguido del nombra¬miento de Rodríguez, se acordó en forma unánime dirigir un Ma¬nifiesto al pueblo de la Provincia por el que claramente se le ad¬vertía que esta vez el gobierno directorial se juzgaría en una re¬presión violenta de cualquier tentativa de cambiar los hechos.

La Revolución de los federales:
No obstante la temida contrarrevolución de los federales se produjo al día siguiente de la destitución de Dorrego.
Pagola se había sublevado en Retiro obligando al Gobernador Rodríguez a escapar al amparo de la noche.
Horas más tarde, en la madrugada del 2, los revolucionarios se instalaron en la sala capitular, pusieron en libertad al Dr. Agre¬lo, que sería el tribuno de la nueva situación, y mandaron citar a los cabildantes Se hicieron presentes el Alcalde de ler Voto Dolz, y los regidores Videla, Zavaleta, Isasi y Villanueva, ante quienes -dice el acta- "se presentaron en la sala una porción de hom¬bres reclamando la elección de los Representantes para la última Junta de la Provincia, y la que ésta hizo para Gobernador y capitán general de ella en la persona del brigadier Dn. Martín Rodríguez por ser de la facción destruída del Congreso y Directorio, enemiga de la libertad de los Pueblos y de los Patriotas contra quienes ha¬bía desplegado desde su ingreso al mando la misma sanguinaria persecución que ha marcado todos los pasos de aquélla; pidiendo en su consecuencia que el Cabildo reasumiese provisoriamente el mando, y se procediese a la creación de un nuevo Gobierno que afianzase la libertad del país en las delicadas circunstancias en que nos hallamos, y sofocase para siempre las aspiraciones de los faccio¬sos que se han propuesto envolver los pueblos unos con otros y perpetuar por todos los caminos la guerra desastrosa y mutuas rivali¬dades".
Rosas llegó a Buenos Aires el 1° de octubre con sus Colorados del Monte. Había dicho a sus tropas: “La campaña que hasta aquí ha sido la más expuesta y la menos considerada comience desde hoy a ser la columna de la provincia, el sostén de las autoridades”.
Rosas sofocó la insurrección y restableció el gobierno legítimo. Se ganó los aplausos del pueblo y los honores del gobierno.
El caos de 1820 –dice Levene- selló la unión definitiva entre Rosas y aquella minoría patricia salvada con su concurso.
Después de la revolución de octubre se siguió una política interior de mano fuerte en la Provincia de Buenos Aires, las medias y resoluciones, todas de trascendencia, se van dictando en forma acelerada.
No debemos olvidar que, aunque había terminado la lucha en la ciudad con la toma de la plaza de la Victoria, quedaba por conocer todavía la posición que adoptaría Dorrego, que a marchas forzadas se dirigía sobre Buenos Aires a la cabeza de un ejército de 1400 hombres.
Así se explica que este mismo día 6 de octubre, apenas finalizada la lucha en la plaza de la Victoria, la Junta de Representantes acordara por unanimidad facultar a Rodríguez por el término de tres meses, "con todo el lleno de facultades, y la mayor amplitud de ellas que sea necesario al logro de la única y suprema ley de los estados que es la salud del Pueblo". Esta es la segunda vez que esta corporación otorgaba facultades omnímonas a un Gobernador, pero como lo hace notar Levene, en esta oportunidad no se tiene en cuenta la regla¬mentación de los siete artículos con que se limitaron las mismas en el caso del Gobernador Ramos Mejía.
La serie de los gobernadores con omnímodas facultades comienza con Balcarse, que usurpó el cargo, continuando con los gobernadores legales Idelfonso Ramos Mexía y Martín Rodríguez en 1820, pero en estos dos últimos casos, sujeta aquella delegación a prescripciones de orden legal o acción de fiscalización constante.
La concentración de los poderes en la máxima autoridad puede ser vista en la actualidad como un despropósito democrático, pero no resultaba extraño en un medio acostumbrado a más de trescientos años de administración española que no supo de la división de los poderes resultante de la sedimentación institucional anglosajona.
En la sesión del día siguiente 7 de octubre , ante una consulta del Gober¬nador sobre si las facultades omnímodas se extendían "a relevar al Gobierno de los trámites que prescriben las leyes para la forma¬ción de causas", la Junta resolvió también por unanimidad, "que podrá proceder al juicio de los reos, e imposición de las penas por los medios que lo cercioren del delito y del delincuente sin dete¬nerse en la lentitud y trabas de las fórmulas ordinarias por exigirlo así la suprema ley de la salud pública de esta benemérita Ciudad y Provincia.
El 10 de octubre Rosas dirigió un “Manifiesto”: “Sin unión no hay patria. La representación de la provincia queda ya en el libre ejercicio de sus funciones: el gobierno legítimo reconocido y sostenido por la consiguiente división del Sud. Odio eterno a los tumultos! ¡Amor al orden! ¡Fidelidad a los juramentos! ¡Obediencia a las autoridades constituidas!”. Eran las líneas rectoras de su pensamiento político.

Pacto de Benegas:
Bustos, gobernador de Córdoba, al conocer la derrota de Dorrego en Gamonal pidió y obtuvo de la legislatura autorización para mediar una paz y convocar a las provincias a un Congreso General. Su intención era evitar la ruina económica de su Provincia a causa de la guerra civil.
Fueron designados el presbítero Dr. José Saturnino Allende y el Dr. Lorenzo Villegas. Las instrucciones se extendieron con fecha 7 de octubre y contenían nueve cláusulas. En la primera se les señalaba que debían empeñar “todo su celo y amor patrio en hacer valer y adelantar las razones de interés general y conveniencia pública en que ambas Provincias beligerantes depongan las armas y se reduzcan a su antigua quietud y sosiego”.
El 17 de octubre los comisionados llegaban al Rosario. Ese mismo día López le escribió a Rodríguez expresándole sus deseos de ajustar una paz.
Al día siguiente los comisionados hacían su presentación ante el gobierno de Buenos Aires, ofreciendo su intervención en la consecución de un acuerdo de paz e invitando a Buenos a concurrir a Córdoba con representantes para un Congreso General a establecerse en donde se resolviera.
El 23 de octubre la Junta de Representantes por unanimidad aceptó la mediación cordobesa y autorizó al Gobernador a llevarla adelante. Designándose una Comisión integrada con el alcalde de 1er voto Dr. Mariano Andrade y el Fiscal de Cámara Matías Patrón en calidad de adjuntos del gobernador sobre las bases cuya redacción se encargó a Paso, López y Gascón.
De los dos primeros artículos que estaban entre los llamados "esenciales" habían de derivarse los obstáculos que estuvieron a punto de hacer fracasar las negociaciones. El primero de ellos decía: Se establecerá como indispensable separar enteramente de toda inter¬vención, influencia, o conocimiento directo, ni indirecto de los nego¬cios entre esta Provincia, y la Ciudad, o Gobierno de Santa Fe, a D. Manuel Sarratea, a Dn. José Miguel Carrera, y Dn. Carlos Alvear, no permitiéndoles de ningún modo su permanencia en aquel terri¬torio, ni menos el que en él introduzcan, conserven, o extraigan nin¬guna fuerza armada a pretexto de coligados, o Jefes del Ejército de Santa Fe, denegándoseles todo auxilio". Por el segundo se expre¬saba: "No se convendrá de ningún modo en franquear a Santa Fe a título de paz, amistad, reparación de daños, ni otro alguno, arma¬mentos, municiones, vestuarios, dinero, ni cualquiera otro artículo, de ningún género, que perjudique el tesoro y propiedades de la Pro¬vincia".
El articulo 3° decía que la Provincia de Buenos Aires "reserva sus derechos y reclamaciones hasta la decisión del Congreso General sobre la dislocación y desmembración de su territorio causado por el Pueblo de Santa Fe. El artículo 8 señalaba: "No se admitirá de ningún modo artículo que prescriba, o indique la forma de Gobierno de las provincias en general, ni particular de cada una, como asunto privativo de la Soberanía.
La impresión que deja la lectura de estas instrucciones elaboradas por la Junta de Representantes, es la de que el partido direc¬torial se sentía en todo su vigor ahora que había sido vencido el partido federal porteño, y que estaba firmemente dispuesto a reto¬. Como bien señala Joaquín Pérez- indican que “el partido directorial parecía no haber aprendido nada en aquel año”.
El 20 de noviembre siendo las posiciones irreductibles y con las garantías de los comisionados cordobeses se arregló un armisticio pro 20 días en cuyo ínterin debía concretarse la paz, quedando libre, en caso contrario, de proseguir las partes con las hostilidades.
Rodríguez rechazó el armisticio “si se busca de buena fe la paz, una hora, un solo instante, sobra para sancionarla”
Al conocer la determinación del Gobernador de Buenos Aires Martín Rodriguez, López corrió a verlo y se reunió con él en la estancia de Benegas, sobre las márgenes del Arroyo del Medio.
Allí se concertó el acuerdo que se firmó dos días después, el 24 de noviembre, pasando a la historia con el nombre de "Paz de Benegas".
El texto de sus artículos es el siguiente:
1°…Habrá paz, armonía, y buena correspondencia entre Buenos Aires y Santa Fe, y sus gobiernos, quedando aquéllos y éstos en el estado en que actualmente se hallan; sus respectivas reclamaciones y derechos salvos ante el próximo Congreso Nacional.
2°…Los mismos promoverán eficazmente la reunión del Congreso dentro de dos meses, remitiendo sus Diputados a la ciudad de Córdoba pro el momento, hasta que en unidad elijan el lugar de su residencia futura.
3°…Será libre el comercio de armas, municiones, y todo artículo de guerra entre las partes contratantes.
4°…Se pondrán en plena libertad todos los prisioneros que existiesen recíprocamente pertenecientes a los respectivos Territorios, con los vecinos y hacendados extraídos de ellos.
5°….Son obligados los Gobiernos a remover cada uno en su territorio todos los obstáculos que pudieran hacer infructuosa la paz celebrada, cundiendo exactamente las medidas de precaución con que debe estrecharse los vínculos de su reconciliación y eterna amistad.
6°….El presente tratado tendrá la aprobación de los SS. Gobernadores en erl día, y dentro de ocho siguientes, será ratificad por las respectivas Honorables Juntas Representativas.
7°…Queda garante de su cumplimiento la Provincia mediadora de Córdoba, cuya calidad ha sido aceptada; y en su virtud suscriben los SS. que la representan, que tanto han contribuído consu oportuno influjo a realizarlo.

Se pregunta Joaquín Pérez: ¿Como fueron salvados los obstáculos a esta paz, que por un momento parecieron insuperables?
Con respecto al monto de las reparaciones que exigía López, el coronel y estanciero Juan Manuel de Rosas, típico representante de los agredidos intereses de la campaña bonaerense, tomó bajo su respon¬sabilidad y con el visto bueno de Rodríguez, el compromiso de entre¬gar 25.000 cabezas de ganado a Santa Fe. Aunque este compromiso no figura entre los siete artículos del Tratado, porque ello se habría considerado depresivo para la Provincia de Buenos Aires y viola¬torio de uno de los artículos "esenciales" aprobados por su Junta de Representantes, es indudable que contó con el asentimiento de Rodríguez, y afirmamos esto por el decidido apoyo que prestó el Gobernador a las tareas de Rosas y porque el gobierno de la Pro¬vincia fue quien tuvo a su cargo la parte principal en los desem¬bolsos. Rosas llegó a entregar a López 30.146 cabezas de ganado, reunidas entre distintos hacendados después de muchos esfuerzos.

Al otro obstáculo que se presentó en las negociaciones de Bene¬gas, a la presencia del general Carrera, se refería expresamente el art. 5° cuando decía: "Son obligados los Gobiernos a remover cada uno en su Territorio todos los obstáculos que pudieran hacer infruc¬tuosa la paz celebrada, cumpliendo exactamente las medidas de pre¬caución con que deben estrecharse los vínculos de su reconciliación y eterna amistad".

EPÍLOGO:

El año XX significa el fin del partido directoria y del sistema de las Intendencias y el nacimiento de las provincias que, rescatando sus autonomías, reconocen la pertenencia a la Nación.
Es el fin de la Logia Lautaro, con la paradoja que sus principales fundadores como Alvear y San Martín se los va a encontrar en el bando opuesto. Otra logia, la de Valdeper, orientará el proceso cuyo máxima figura será Bernardino Rivadavia
El centralismo, como bien destaca Joaquín Pérez, se torna republicano y se transforma en el partido unitario. “El gobierno dejará de ser resultado de “la parte más sana y principal de vecindario” para ser el objeto de la mira de todo el pueblo. La elección de Ramírez como Supremo Entrerriano será en el país la primera práctica del sufragio universal. Meses más tarde, la ley de Rivadavia la impondrá en la Provincia de Buenos Aires. En el año XX cuaja la democracia en el suelo argentino” .
Aparece la Provincia de Buenos Aires e irrumpe la campaña bonaerense que como bien alegó Rosas: “hasta aquí ha sido la más expuesta y la menos considerada comience desde hoy a ser la columna de la provincia, el sostén de las autoridades”.
Las designaciones en el Cabildo de Luján de los gobernadores Soler y Alvear a la par que la legislatura de Buenos Aires designaba a otros, expresa en forma patente la realidad de una provincia en la cual Rosas, que comienza su vida pública en este año XX, sería la nueva síntesis.
Se inician la secuencia de los pactos preexistentes con el del Pilar y Benegas. Y, con ellos, el proceso de sedimentación federal que culminará en la Constitución de 1853.
La división de poderes, aunque anulada parcialmente por “los llenos de facultades”, se va abriendo paso en la tradición institucional argentina, de la que era ajena. Los cabildos- últimos resabios de la administración colonial- dejarán paso a las legislaturas. Tiempo hacía que las audiencias se habían transformado en Cámaras de Apelaciones.
De allí la verdad de la afirmación de Ricardo Levene que la “crisis” latente de la Revolución de Mayo, la lleva arrastrando penosamente en todo el transcurso de la primera década revolucionaria, para asociar, estrechamente el año 1820 al de 1810, como si fuera una unidad continua.
Para Emilio Ravignani: “Los primeros 10 años de la historia rioplatense si bien acusan una lucha ente el centralismo porteño y el autonomismo uruguayo, y nunca éste último alcanzó las proyecciones de una independencia nacional y si ella se fue gestando paulatinamente, más se debió a la miopía de los hombres de Buenos Aires que al hondo sentir de los orientales”.
“Artigas –señala René Orsi- presos o muertos sus mejores hombres, traicionado o abandonado por otros, se vio obligado a pedir asilo al doctor Francia, que gobernaba el Paraguay. Su misión había terminado, aunque sus ideas, aventadas como semillas desde sus alforjas, habían fructificado con emplendidez.
Su vida no fue la del reformador que, frustrado, cae y desaparece; por el contrario, Artigas fue la expresión genuina del instinto popular y su pensamiento, forjado en el lento fuego del sacrificio generó una corriente ideológica proyectada en el tiempo con una fuerza tal, que impregnó todos los problemas políticos de nuestra organización constitucional, en cuya solución final ha sido participe indiscutible.”.

Los Territorios Nacionales:
Constitución Nacional:
Art. 13.- Podrán admitirse nuevas provincias en la Nación; pero no podrá erigirse una provincia en el territorio de otra u otras, ni de varias formarse una sola, sin el consentimiento de la Legislatura de las provincias interesadas y del Congreso.
Art. 75 ( ex 67): Corresponde al Congreso:
inc15.:Arreglar definitivamente los límites del territorio de la Nación, fijar los de las provincias, crear otras nuevas, y determinar por una legislación especial la organización, administración y gobierno que deben tener los territorios nacionales, que queden fuera de los límites que se asignen a las provincias.
La ley Nº 28 del 17 de octubre de 1862, dispuso que todos los territorios nacionales existentes fuera de los límites o posesión de las provincias sean nacionales. Hasta entonces las provincias de Buenos Aires y de Mendoza mantenían pretensiones sobre los territorios patagónicos y pampeanos.
El artículo primero establecía que pertenecía a la República como territorios nacionales aquellos que no comprendían los límites de las provincias,
Por el artículo segundo se pedía al Poder Ejecutivo que solicite a las provincias el envío al Congreso de la documentación que acredite los límites que las mismas reclaman como propios.
El senador Carlos Pelegrini sostuvo que los límites provinciales debían ser aquellos territorios que estuviesen poblados.
Algunas provincias no enviaron documentación alguna al Congreso. La de Buenos Aires reconoció que no podía precisar sus límites.
La ley del 5 de octubre de 1878:
Al prepararse la expedición al desierto volvió a surgir el problema de los territorios nacionales. En Buenos Aires el gobernador Carlos Tejedor sostenía que las leyes de 1862 y 1872 fueron medidas pro¬visorias para administrar el despoblado, sin que Buenos Aires hubiese renunciado a sus derechos sobre la mayor parte de pampa y Patagonia. Argumento semejante aducían Mendoza, San Luis, Cór¬doba y Santa Fe sobre las tierras contiguas a sus fronteras.
Como la financiación de la conquista del desierto se haría por un empréstito garantizado por las tierras que se incorporarían a la Nación, se hacía imprescindible declarar de modo indubitable que la zona (ira nacional y no provincial.
Se llegó a una transacción. Como la "frontera" se había extendido más allá de la línea de 1862 (estaba construida la zanja-Alsina), se reduciría el "territorio nacional" en beneficio de las provincias, pero éstas aceptarían como límites definitivos los que se establecieran.
E1 "territorio nacional" sería un cuadrilátero demarcado por el me¬ridiano 5o (de Buenos Aires) al este, el paralelo 35° al norte, el meridiano 10° al oeste y los ríos Negro y Barrancas al sur.
Con la ley Buenos Aires ganaba 2.000 leguas, otras tantas Mendoza, (lórdoba 1.600, San Luis algo más de 400 y Santa Fe 300.
Ley 1.532
En 1884 se dictó la ley 1.532 de Territorios Nacionales, creando tres jurisdicciones federales en el norte y seis en el sur. En el norte se crearon los territorios nacionales del Chaco, Formosa (en proyectos previos llamado "Territorio del Bermejo") y Misiones y en el sur La Pampa, Santa Cruz, Neuquén, Río Negro, Chubut y Tierra del Fuego. De este modo Formosa quedó separada de la gobernación (luego provincia) argentina de Chaco por el curso nuevo del río Bermejo (o río Teuco), al norte nuevos laudos rectifican los límites del Pilcomayo, obteniendo Paraguay nuevos territorios (entre el brazo llamado "Confuso" y el llamado "Porteño") así como la mayor parte de los Esteros de Patiño.
Las provincias posteriores a la Constitución Nacional:
Provincializaciones de los territorios nacionales:
La Pampa y Chaco
La Pampa pasó a ser provincia junto con la provincia del Chaco por Ley Nacional Nº 14.037, que fue sancionada por el Congreso Argentino el 20 de julio de 1951, siendo promulgada el por el Poder Ejecutivo Nacional el 8 de agosto del mismo año. El cargo de presidente era ocupado por Juan D. Perón, quien envió a la legislatura nacional el proyecto de ley, impulsado al mismo tiempo por una presentación que realizó Eva Perón al Senado de la Nación, en carácter de presidente del Movimiento Peronista Femenino. La ley acordaba la convocatoria a una Convención Constituyente, la que reunida para sancionar la constitución de la nueva provincia, resolvió otorgarle el nombre de su impulsora (Eva Perón hasta que en 1955 después del golpe militar autodenominado Revolución Libertadora se le devolvió la denominación de La Pampa el 29 de enero de 1952. lo que dio lugar a que Salvador Ananía se convirtiera en el primer gobernador provincial electo. Luego de este mando seguirían 17 gobiernos de facto, 10 gobiernos democráticos y 4 intervenciones federales.
Misiones:
El 10 de diciembre de 1953 por iniciativa del presidente Perón la ley 14.294 dispuso la provincialización del Territorio Nacional de Misiones.
Ley 14.408
El 15 de junio de 1955 el Congreso Nacional sancionó la ley N°14.408 promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional el día 28 por la cual se creó la Provincia del Neuquén, Formosa, Río Negro, Chubut y Patagonia. Por el decreto ley N° 4.347 del 26 de abril de 1957 se facultó a los comisionados federales a convocar al pueblo de las nuevas provincias para que elijan los convencionales que procederían a dictar sus constituciones.
Santa Cruz:
Durante el gobierno de Pedro Eugenio Aramburu, mediante decreto-ley N° 21178 del 22 de noviembre de 1956, se modificó la ley N° 14408, anulándose la Provincia de Patagonia y creándose la Provincia de Santa Cruz:
Tierra del Fuego
El 15 de abril de 1986 el presidente Raúl Alfonsín presentó un proyecto de ley en la Cámara de Diputados, por el cual propiciaba la provincialización del Territorio Nacional sin incluir a las islas reclamadas del Atlántico Sur ni al sector antártico. Ello motivó que la Legislatura fueguina emitiera una resolución el 29 de abril de 1986 pidiendo que la nueva provincia se erijiera incorporando a la misma la totalidad de la actual jurisdicción del territorio nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
El 14 de mayo de 1986 Alfonsín envió un nuevo proyecto que pretendía incluir en la ley de provincialización:
El territorio del sector antártico argentino, las islas Malvinas, las Islas Georgias del Sur y las Islas Sandwich del Sur mantendrán su actual estado de territorio nacional, que se denominará territorio nacional de la Antártida e Islas del Atlántico Sur.
El 1 de octubre de 1986 el proyecto recibió media sanción de la Cámara de Diputados, con el agregado de que cuando se den las condiciones de recuperación y ejercicio indiscutido de la soberanía nacional, se considerará la posibilidad de integrar a Tierra del Fuego con la Antártida y las Islas del Atlántico Sur.
El 21 de septiembre de 1988 el proyecto fue aprobado en el Senado, con el agregado de que esos últimos territorios se incorporarían a la provincia y quedarían sujetos a los tratados con potencias extranjeras que celebre el gobierno federal. El 26 de abril de 1990 la Cámara de Diputados aprobó las modificaciones del Senado convirtiéndose en la ley N° 23775. Pero el nuevo presidente, Carlos Menem, vetó parcialmente la ley mediante el decreto 905/90 del 10 de mayo de 1990, borrando del artículo N° 1 toda referencia a los límites, naciendo la nueva provincia con los límites que tenía como territorio nacional desde 1957, sin ser especificados por la nueva ley, ni actualizados los límites con Chile.
ARTICULO 1º.- Declárase provincia conforme a lo dispuesto en los artículos 13 y 67 inciso 14 de la Constitución Nacional, al actual territorio nacional de la Tierra del Fuego, Antártica e Islas del Atlántico Sur.
ARTICULO 2º.- En lo que se refiere a la Antártida, Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y demás islas subantárticas, la nueva provincia queda sujeta a los tratados con potencias extranjeras que celebre el gobierno federal, para cuya ratificación no será necesario consultar al gobierno provincial.