viernes, 22 de noviembre de 2013

30 años de la recuperación democrática argentina

Por Otto Klappenbach La Ley 8.871, impulsada por Hipólito Yrigoyen y conocida como ley Saenz Peña, que estableció el voto masculino universal, obligatorio y secreto - sancionada el 10 de febrero de 1912 - inicia el período democrático moderno en la Argentina. En diciembre de 1924, con motivo de la celebración de los cien años de la batalla de Ayacucho, que puso fin a la guerra de la independencia americana iniciada el 25 de mayo de 1810 en Buenos Aires, Leopoldo Lugones pronunció las célebre conferencia en Lima donde anunció: Ha sonado otra vez, para bien del mundo, la hora de la espada. El presagio se concretó el 4 de septiembre de 1930 cuando el azote recurrente del golpe militar y el fraude se iniciaban en la Argentina contemporánea. En su discurso de despedida del año 1944 el entonces vicepresidente de la Nación coronel Juan Perón anunciaba que: La era del fraude ha terminado para siempre en la Argentina. Las elecciones de 1946 volvían a la normalidad institucional. El proceso democrático se perfeccionaría en la década de 1950 con la sanción de la ley del voto femenino y la ley Nacional Nº 14.037 que iniciaba a el proceso de provincialización de los territorios nacionales que concluyó con el l 26 de abril de 1990 con la creación de actual provincia de Tierra del Fuego, Tierra del Antártida e Islas del Atlántico Sur. Con el fin de los territorios nacionales se complementaba la democratización nacional al permitir que todos los habitantes de esos dilatados territorios pudieran elegir las autoridades locales, provinciales y nacionales. Con la Revolución de 1955 se interrumpe el proceso democrático y se establece un nuevo azote: la proscripción de los partidos populares. En este nuevo proceso de alteración democrática se destaca labor del Dr. Ricardo Balbín. El haber incluido a la Unión Cívica Radical en la conjunción de partidos, entre ellos el Justicialista, en lo que se denominó “La Hora del Pueblo” en 1972, a fin de unificar esfuerzo para acotar la denominada “Revolución Argentina”. Sus posteriores acuerdos y entrevistas con el general Juan Perón. La despedida que pronunciara en nombre de los partidos opositores en el sepelio de éste último. Y el aliento al presidente del justicialismo, Dr. Felipe Bitel, a volver a conformar la multipartidaria a fin de combatir el conocido como “Proceso Militar” a fines de los años 80, etc, fueron hechos que contribuyeron para que las fuerzas políticas pudieran unir sus esfuerzos en pro de la restauración democrática. La democracia argentina se restablece el 10 de diciembre de 1983, con la asunción del Dr. Ricardo Alfonsín como presidente constitucional. Constituye un agravio a nuestro pueblo lo expresado recientemente por el premio Nobel de literatura Mario Vargas Llosa que, al homenajear a Margaret Thacher, señaló: Si no hubiera sido en buena parte por ella, la dictadura militar argentina seguiría tal vez en el poder, aumentando su prontuario de crímenes. La restauración democrática que se inicia en Argentina hace treinta años constituye la culminación de un proceso en el cual al guerra de Malvinas es ajeno. Fue seguido por la restauración democrática del resto de los países de la región, que no habían tenido una guerra internacional. Fue un proceso en el que factores externos e internos lo determinaron y consolidaron Entre los primeros señalo la implosión de la Unión Soviética, el 25 de diciembre de 1991, que puso final a la guerra fría y al mundo bipolar. Dejando de dar consistencia a las doctrinas de la seguridad nacional y a los sueños revolucionarios de la guerrilla subversiva. En el orden interno he señalado la acción mancomunada de las fuerzas políticas argentinas. El proceso de la nueva democracia argentina se consolidada jurídicamente con la convención se reunió en Santa Fe, entre junio y agosto de 1994. Al decir de Alfonsín: “Fue una verdadera ágora, un taller de forja de la democracia argentina donde ser reivindicó el lugar de la política como diálogo, como espacio de formación de consensos y disensos, de identidades y de proyectos”. La Convención Constituyente incorporó a la Carta Magna los derechos humanos, sobre los cuales asienta su aporte original: ser para el futuro la “Constitución de los Derechos Humanos”. Quedó también consagrado por la Constituyente el derecho a resistencia a la opresión. La reforma establece la igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres El Habeas Corpus, y Habeas Data como la Acción de Amparo son garantías que quedaron incorporada expresamente al texto de la Constitución. Se consagra el sufragio universal, igual, secreto y obligatorio. Los partidos políticos son considerados “son instituciones fundamentales del sistema democrático”. Se considera el derecho de los ciudadanos a la iniciativa de presentar proyectos de ley. Se establece que: “todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano. La utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales”. Asimismo: “los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos”. También es importante la alteración jurídica de la escala normativa de la actual constitución, pues los tratados internacionales adquieren categoría supra legal. Especialmente las declaraciones americanas de los derechos y deberes del Hombre y la Universal de Derechos Humanos como la Convención de los derechos del Niño, el tratado de Costa Rica, etc. Se acotó el mandato presidencial y el período de los senadores; cuyo número se incrementó a tres por provincias; correspondiendo uno a la oposición. También se determinó que tanto el Presidente y el Vicepresidente como los Senadores fueran elegidos en forma directa por el pueblo. Y se estableció la doble vuelta para la elección de los primeros. Asimismo se estableció la selección de los magistrados por medio del Consejo de la Magistratura. La Convención Constituyente estableció la autonomía de la ciudad de Buenos Aires y la elección de su Intendente en forma directa por los ciudadanos de la misma. Se incorporan nuevas instituciones en el texto de nuestra Carta Magna: • El jefe de gabinete de ministros, con responsabilidad política ante el Congreso de la Nación, le corresponde entre otras facultades: ejercer la administración general del país. Expedir los actos y reglamentos que sean necesarios para ejercer las facultades que se le atribuye y de aquellas que le delegue el presidente de la Nación. Efectuar los nombramientos de los empleados de la administración, excepto los que correspondan al presidente. Enviar al Congreso los proyectos de ley de Ministerios y de Presupuesto nacional, previo tratamiento en acuerdo de gabinete y aprobación del Poder Ejecutivo. Hacer recaudar las rentas de la Nación y ejecutar la ley de Presupuesto nacional. Concurrir a las sesiones del Congreso y participar en sus debates, pero no votar. Producir los informes y explicaciones verbales o escritos que cualquiera de las Cámaras solicite al Poder Ejecutivo. • La Auditoria General de la Nación con autonomía funcional cuyo presidente se nombra a propuesta del partido opositor más importante. Tendrá a su cargo el control de legalidad, gestión y auditoría de toda la actividad de la administración pública centralizada y descentralizada. • El Ministerio Público a fin de defender los intereses generales de la sociedad. • El Defensor del Pueblo, cuya misión primera es la defensa y protección de los derechos humanos, es designado por el Congreso. Durante estos treinta últimos años la democracia argentina padeció de inestabilidades instituciones como la Semana Santa de 1987; las sublevaciones de Monte Caseros, el 16 de enero de 1988 y la de Villa Martinelli el 2 de diciembre de 1988. Varios presidentes acotaron sus mandatos constitucionales por razones de crisis político-económicas. Todas estas vicisitudes fueron superadas dentro del marco de la Constitución y la leyes, que fortalecieron la República. La democracia forma parte del ADN de la nacionalidad argentina. Nació con la Patria cuando, en aquel célebre cabildo abierto del 22 de mayo de 1810, la mayoría de los asistentes siguieron el voto de Cornelio Saavedra que al fundar la sustitución del Virrey por una junta popular dejó aclarado que: no quede duda de que el pueblo es el que confiere la autoridad o mando.

El peronismo y el nuevo Código Civil

RAMON CARRILLO DÍA INTERNACIONAL DEL NIÑO POR NACER Afiche de campaña (hacia 1950) Ministerio de Salud Pública de la Nación En virtud a la Reforma del Código Civil, y con el dictamen firmado el 20 de corriente, ratificando “que la vida humana comienza con la concepción”, principio solicitado por la Iglesia, envío antecedente que sobre el tema, contemplaba el gobierno del general Juan D. Perón, apoyado en la magnífica elaboración y propuesta del ministro Dr. Ramón Carrillo. El afiche que acompañaba la campaña y el resumen que acompaña, ponen de manifiesto la indubitable esencia cristiana del justicialismo, adelantándose a las nuevas concepciones que el mundo adoptara con posterioridad. Es justicia el reconocimiento a quienes desde la Argentina marcaran rumbo en los derechos del hombre desde como allí lo dice “desde antes de nacer”, y que el recuerdo de estas obras no disimulen el olvido de los verdaderos principios del justicialismo que muchos diera la impresión vienen padeciendo. Será justicia. Un abrazo peronista. José María Di Giorno Recordamos también que los “DERECHOS DEL RECIÉN NACIDO” y "NECESIDADES DEL NIÑO" –concebidos por nuestro Prócer de la Salud y publicados en su libro "Nace un Hijo" en 1951– sirvieron de base a la Asamblea General de las Naciones Unidas para elaborar y proclamar en 1959 la “Declaración de los Derechos del Niño”, resolución 1386 (XIV), del 20 de noviembre de 1959. MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA DE LA NACIÓN Resolución 41749 del 27/12/1951: "…Resuelve: que se distribuya gratuitamente la Primera Edición del libro “Nace un hijo” entre todas las madres argentinas, dando especial preferencia a las que trabajan, en oficinas, fábricas o talleres." (Memoria del MSPN, junio 1946 a mayo 1952, p. 419). "Estas páginas, dedicadas a las madres, sobre todo a las madres humildes, a las madres del pueblo, laboriosas y fecundas, han sido escritas con el pensamiento puesto en el porvenir de la Patria. Porvenir que cobra vida en cada uno de los niños que nacen de un extremo a otro de su inmenso territorio." (Ramón Carrillo; "Nace un Hijo". Prólogo, pág. 13) LOS DERECHOS DEL RECIÉN NACIDO I. Derecho a tener padre y madre. II. Derecho a ser deseado y recibido con alegría y tranquilidad. III. Derecho a que se le suministre el mejor alimento: la leche de su propia madre. IV. Derecho a que se le eduque desde su nacimiento. V. Derecho a que se investiguen las causas de su llanto. VI. Derecho a la luz, al sol y al aire libre. VII. Derecho a tener un ajuar adecuado y limpio. VIII. Derecho a dormir solo en su cuna. IX. Derecho a no ser juguete de los mayores. X. Derecho a la higiene. XI. Derecho a la asistencia médica. XII. Derecho a que sus padres sepan cómo se desarrolla. "Toda necesidad, en un niño, es un derecho. La idea de un derecho determinado es una abstracción del espíritu; la noción de necesidad es algo concreto, emergente de la biología." "Ahora señalamos las necesidades del niño en su avance, como niño, por los caminos de la vida." NECESIDADES DEL NIÑO 1. PREVISIÓN Necesita llegar a la vida con un máximo de seguridad y un mínimo de previsiones para su porvenir. 2. HOGAR Necesita un hogar bien constituido e ignorar las diferencias entre sus padres. 3. ASISTENCIA Necesita protección jurídica y sanitaria. 4. COMPRENSIÓN Necesita ser comprendido y tratado con amor y cariño. 5. ALEGRÍA Necesita jugar y gozar de la compañía de otros niños, para su esparcimiento. 6. NATURALEZA Necesita tener contacto con la naturaleza en un ambiente optimista. 7. ROPA Y TECHO Necesita poseer ropa higiénica y vivir bajo un techo confortable, protegido contra toda inclemencia del tiempo. 8. ALIMENTO Necesita una alimentación agradable, apropiada y suficiente. 9. EDUCACIÓN Necesita una educación formativa, intelectual, moral, social y física. 10. VOCACIÓN Necesita poder desarrollar sus nobles inclinaciones naturales y su propia vocación. 11. PATRIA Necesita tener Patria y amarla. 12. DIOS Necesita conocer a Dios y el eterno destino del hombre. "Velen los padres por el futuro del niño y resuelvan sus problemas, de cambiante naturaleza, a medida que transcurren los años, con el mismo celo." "Recuerden que no basta que el retoño del rosal haya prendido en tierra óptima; es preciso regar la tierra, darle apoyo hasta que se sostenga por sí mismo, podarle a tiempo y resguardarle siempre de los malos vientos. Así, y solamente así, él también dará rosas en el futuro." Ramón Carrillo (Nace un Hijo, 1951) Del material enviado por la Profesora Lic. Teresita Carrillo Presidente de la FUNDACION RAMÓN CARRILLO. Buenos Aires